BOLETÍN Nº 144 - 11 de julio de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ETXALAR

Aprobación definitiva de modificación de las ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Etxalar, en sesión celebrada el día 20 de octubre de 2022, aprobó inicialmente la modificación de tasas y precios correspondientes a varias ordenanzas municipales.

Publicado anuncio en el Boletín Oficial de Navarra de fecha 28 de noviembre de 2022, dicha modificación fue expuesta al público durante 30 días, sin que se formulara ninguna reclamación por persona interesada. Por tanto, las tasas y precios públicos se entienden aprobados definitivamente.

Etxalar, 1 de junio de 2023.–El alcalde, Miguel María Irigoien Sanzberro.

ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR UTILIZACIÓN DE LOCALES, CASA DE CULTURA, INSTALACIONES DE PISCINAS Y FRONTÓN MUNICIPALES

UTILIZACIÓN DE LOCALES Y FRONTÓN

Uso de locales (cursos, etc.):

3,55 euros por hora

Uso del frontón con alumbrado:

3,55 euros por hora

Uso del frontón con redes:

1,15 euros por hora

USO DE PISCINAS

Temporada

Menores de 7 años:

exento/as

De 7 a 10 años:

14,50 euros

De 11 a 16 años:

24,15 euros

Mayores de 16 años:

46,85 euros

Familiar (progenitores y menores de 16 años):

101,65 euros

Mensual

Menores de 7 años:

exento/as

De 7 a 10 años:

9,35 euros

De 11 a 16 años:

17,25 euros

Mayores de 16 años:

33,60 euros

Semanal

Menores de 7 años:

exento/as

De 7 a 10 años:

5,35 euros

De 11 a 16 años:

9,75 euros

Mayores de 16 años:

19,05 euros

Entradas

Menores de 7 años:

exento/as

De 7 a 10 años:

3,05 euros

De 11 a 16 años:

4,60 euros

Mayores de 16 años:

6,10 euros

ORDENANZA REGULADORA DE LOS APROVECHAMIENTOS COMUNALES

Roturaciones de terrenos comunales:

53,45 euros anuales por hectárea

Por lote de leña de hogar:

10,45 euros

Por piquete de arbolado para cierre de terrenos:

0,50 euros

Por captaciones de manantiales en terrenos comunales:

1,35 euros anuales por usuario/a

Para tomar parte en el sorteo de puestos de tórtola:

4,10 euros, IVA incluido

Puesto de tórtola:

6,10 euros, IVA incluido

Aprovechamiento de pastos

Por cabeza de ganado lanar:

0,25 euros anuales

Por cabeza de ganado equino:

0,50 euros anuales

Colmenas (al número de colmenas se aplicará la superficie a ocupar)

Hasta 10 colmenas

20,85 euros/año + 5,25 euros/año

Hasta 25 colmenas

41,70 euros/año + 7,85 euros/año

Hasta 50 colmenas

72,95 euros/año + 10,45 euros/año

Hasta 75 colmenas

104,20 euros/año + 15,65 euros/año

Hasta 100 colmenas

125,00 euros/año + 20,85 euros/año

Más de 100 colmenas

1,05 euro/m²/año + 31,25 euros/año

Ocupación de suelo comunal (bordas, leñeras y similares)

1,60 euros por cada m² ocupado

ORDENANZA REGULADORA DE TARIFAS POR SUMINISTRO DE AGUA Y SANEAMIENTO

Tarifas-Suministro de agua

Para el uso de las viviendas

El mínimo será de 30 m³ al trimestre, a razón de:

0,230 euros por m³

A partir de los 31 m³:

0,290 euros por m³

A partir de los 71 m³:

0,460 euros por m³

A partir de los 120 m³:

0,575 euros por m³

Saneamiento:

0,115 euros por m³ de consumo real de agua

Enganche a red pública

59,55 euros

Se deberá instalar un contador para cada vivienda

Para el resto de los usos: Industria, taller, comercio, bares, restaurantes, casas rurales, peluquerías, etc.

El mínimo será de 30 m³ al trimestre, a razón de:

0,265 euros por m³

A partir de los 31 m³:

0,330 euros por m³

A partir de los 71 m³:

0,525 euros por m³

A partir de los 120 m³:

0,660 euros por m³

Saneamiento:

0,115 euros por m³ de consumo real de agua

Enganche a red pública

59,55 euros

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL SUELO, VUELO Y SUBSUELO DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL

Mesas y sillas:

7,15 euros por metro cuadrado

Puestos y barracas:

7,15 euros por metro cuadrado

Circo o espectáculo ambulante similar:

162,40 euros por día

Contenedores de obras:

46,70 euros

Por apilar leña en la calle:

46,70 euros

Ocupación de vía pública (andamios, vallados, etc):

46,70 euros

Colocación de grúas en la vía pública:

46,70 euros

Entrada panadería:

248,70 euros

ORDENANZA DEL CEMENTERIO Y DE LA DISTRIBUCIÓN DE SEPULTURAS

Concesión sepultura

50,75 euros

Concesión panteón

101,50 euros

Limpieza de sepulturas

10,15 euros

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR CELEBRACIÓN DE CEREMONIAS CIVILES

Matrimonios civiles

Una persona o ambas personas contrayentes empadronadas en Etxalar

40,60 euros

Personas contrayentes no empadronadas en Etxalar

76,15 euros

Despedidas civiles por defunción (sin distinción de lugar de empadronamiento)

30,45 euros

Código del anuncio: L2310114