BOLETÍN Nº 141 - 6 de julio de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 31 de mayo de 2023, por el que se aprueba el cambio de denominación de la entidad singular de población de Eguaras / Eguarats por la denominación única Eguarats.

En sesión ordinaria de fecha 29 de noviembre de 2022, el Ayuntamiento de Atetz acordó aprobar inicialmente que la entidad singular de población de Eguarats / Eguaras adoptara una denominación única. Dicha aprobación inicial fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 4, de 5 de enero de 2023. Posteriormente, en sesión celebrada el 10 de marzo de 2023, el ayuntamiento acordó aprobar definitivamente que dicha entidad singular de población con denominación bilingüe adoptara la denominación única correspondiente, es decir, Eguarats. Así, mediante instancia del 14 de marzo de 2023, el ayuntamiento solicitó que el Gobierno de Navarra aprobara dicha denominación única.

La Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Euskera, señala en su artículo 8.2 que la determinación de los topónimos de la Comunidad Foral corresponde al Gobierno de Navarra, previo informe de la Real Academia de la Lengua Vasca. Así, a solicitud de Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, Euskaltzaindia emitió el preceptivo informe en el que se confirma que la denominación en euskera propuesta, Eguarats, es correcta.

En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la consejera de Relaciones Ciudadanas,

ACUERDA:

1.º Aprobar el cambio de denominación de la entidad singular de población de Eguaras / Eguarats por la denominación única Eguarats.

2.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar la presente acuerdo al Ayuntamiento de Atetz, y trasladarlo a la Dirección General de Administración Local a efectos de su incorporación al Registro de Entidades Locales de Navarra, al Instituto de Estadística de Navarra a efectos de su incorporación al Nomenclátor, a Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera a efectos de su incorporación a la Base de Datos de la Toponimia Oficial de Navarra, y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Relaciones Ciudadanas a los efectos oportunos.

4.º Contra este acuerdo se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 31 de mayo de 2023.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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