1. Comunidad Foral de Navarra
1.4. Subvenciones, ayudas y becas
ORDEN FORAL 67E/2023, de 26 de junio, del consejero de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se amplía el crédito destinado a la convocatoria de ayudas directas a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos suficientes, aprobada por Orden Foral 89E/2022, de 30 de noviembre, del consejero de Políticas Migratorias y Justicia.
Mediante Real Decreto 673/2022, de 1 de agosto, se reguló la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar la prestación de una ayuda económica directa a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos suficientes.
Mediante Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra el 23 de noviembre de 2022, se autorizó la aprobación en régimen de evaluación individualizada de una convocatoria de ayudas a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes.
Por Orden Foral 89E/2022, de 30 de noviembre, del consejero de Políticas Migratorias y Justicia, se aprobó la convocatoria de ayudas directas a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos suficientes.
En el apartado 3.º se autorizó un gasto de 592.523,16 euros con cargo a la partida F10001 F1100 4809 231900 "Subvención para ayudas económicas directas a personas con protección temporal de Ucrania sin recursos económicos" [Elemento PEP: E-22/000532-02 "Conflicto en Ucrania (F10)"] del Presupuesto de Gastos del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia para el ejercicio 2023.
El mismo apartado establece, en su párrafo segundo, que, además de la cuantía prevista anteriormente, la financiación de las subvenciones podrá verse aumentada con la ampliación de una cuantía adicional máxima de 227.542,70 euros con cargo a la misma partida, como consecuencia de la generación de crédito, en los términos previstos en el artículo 46.2, letra a, de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, y en el artículo 31.3, letra a), apartado 2.º, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
En ese caso, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto y sin necesidad de nueva convocatoria, los créditos finalmente disponibles se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, con carácter previo a la finalización del plazo establecido para la presentación de solicitudes de ayuda, sin que tal publicidad implique la apertura de nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver y notificar.
Por Resolución 280E/2023, de 26 de junio, de la directora general de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica, se autorizó la generación de crédito en la partida F10001 F1100 4809 231900 "Subvención para ayudas económicas directas a personas con protección temporal de Ucrania sin recursos económicos" [Elemento PEP: E-22/000532-02 "Conflicto en Ucrania (F10)"] del Presupuesto de Gastos del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia para el ejercicio 2023, por importe de 227.542,70 euros, afectados a la concesión de una ayuda económica directa a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes.
En consecuencia, el crédito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria ascenderá, como máximo, a un total de 820.065,86 euros, que se imputarán con cargo a la partida F10001 F1100 4809 231900 "Subvención para ayudas económicas directas a personas con protección temporal de Ucrania sin recursos económicos" [Elemento PEP: E-22/000532-02 "Conflicto en Ucrania (F10)"] del Presupuesto de Gastos del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia para el ejercicio 2023.
Visto el informe de propuesta, así como la conformidad de la Intervención Delegada.
En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y por el Decreto Foral 266/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia,
ORDENO:
1.º Incrementar en 227.542,70 euros el crédito autorizado para la convocatoria de ayudas directas a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos suficientes, con cargo a la partida F10001 F1100 4809 231900 "Subvención para ayudas económicas directas a personas con protección temporal de Ucrania sin recursos económicos" [Elemento PEP: E-22/000532-02 "Conflicto en Ucrania (F10)"] del Presupuesto de Gastos del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia para el ejercicio 2023.
2.º La presente orden no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes.
3.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Contra esta orden foral, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
5.º Trasladar la presente orden foral a la Dirección General de Políticas Migratorias, al Servicio Karibu de Acogida y Acompañamiento a Personas Migrantes, al Negociado de Gestión Económica y Contable y a la Secretaría General Técnica, todos ellos del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), a los efectos oportunos.
Pamplona, 26 de junio de 2023.–El consejero de Políticas Migratorias y Justicia, Eduardo Santos Itoiz.
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