BOLETÍN Nº 133 - 26 de junio de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

SANGÜESA

Declaración de Servicios Deportivos de Sangüesa-Zangozako Kirol Zerbitzuak, S.L. como ente instrumental y encomienda de gestión

El Pleno del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2023 adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva establece lo siguiente:

1.–Declarar a Servicios Deportivos de Sangüesa-Zangozako Kirol Zerbitzuak, S.L. como ente instrumental del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza a efectos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Foral 2/2018 de 13 de abril de Contratos Públicos de Navarra. El ámbito al que se pueden circunscribir las encomiendas que se le realicen son las prestaciones que se recogen en el objeto social de la mercantil descrito en sus estatutos.

2.–Encomendar la gestión del servicio público de las instalaciones deportivas municipales del complejo deportivo de Cantolagua a favor de la Sociedad mercantil de capital íntegramente municipal Servicios Deportivos de Sangüesa-Zangozako Kirol Zerbitzuak, S.L. constituida como medio propio y servicio técnico de esta administración, según los siguientes requisitos:

–Se entiende por gestión de las instalaciones deportivas la asunción de todas las tareas necesarias para que dichas instalaciones deportivas cumplan el fin para el que han sido construidas, que es la práctica del deporte, ocio y esparcimiento.

–En concreto la gestión de las instalaciones deportivas municipales del Complejo Deportivo de Cantolagua pertenecientes al Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza por Servicios Deportivos de Sangüesa-Zangozako Kirol Zerbitzuak S.L. comprenderá, de forma enunciativa y no excluyente, las siguientes actuaciones:

  • Gestión de las actividades deportivas que se organicen y desarrollen en la Instalaciones deportivas municipales, excepto:
    • Las actividades de las Escuelas Deportivas Municipales y Clubs deportivos que hacen uso de las instalaciones que inicialmente serán gestionadas directamente por el Ayuntamiento a través de la Comisión Informativa de Deportes.
    • Otras actividades deportivas u espectáculos deportivos de carácter puntual, no periódico, que decida gestionar directamente el Ayuntamiento.
  • Trabajo administrativo: registro de usuarios y las actividades y deportes que frecuentan, cuantías, horarios de utilización, etc.
  • Mantenimiento de las instalaciones.
  • Publicidad de las competiciones que se celebren en actividades determinada.
  • Conexión y coordinación de la gestión de las instalaciones de los programas anuales con el Área municipal de Deportes y con el órgano de gobierno del Ayuntamiento competente en materia de deportes.
  • Selección del personal encargado de cada actividad.
  • En su caso, contratación de empresas deportivas especializadas.
  • Otras que se consideren pertinentes.

–Servicios Deportivos de Sangüesa-Zangozako Kirol Zerbitzuak S.L., queda obligada a aportar los medios humanos, materiales y técnicos así como la logística necesaria para el desempeño de las actividades y servicios que se le encargan mediante la presente encomienda de gestión, rigiéndose por los criterios de economía, eficiencia y calidad. En este sentido, Servicios Deportivos de Sangüesa-Zangozako Kirol Zerbitzuak S.L. tendrá a todos los efectos la condición de empresario respecto del personal a su cargo, ejerciendo respecto a este los poderes de dirección, control y disciplinario. Del mismo modo, quedará obligada a cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.

–Servicios Deportivos de Sangüesa-Zangozako Kirol Zerbitzuak S.L. procederá a la contratación de los medios, que no estén disponibles en la propia empresa y que sean necesarios para la gestión de los servicios acordados.

–La presente encomienda de gestión tendrá una vigencia de 5 años, desde el día de la fecha de su aceptación, prorrogándose de forma automática y por periodos iguales si no media denuncia expresa de alguna de las partes con una antelación mínima de un mes a la fecha del vencimiento del convenio o de cualquiera de sus prórrogas.

–Son causas de resolución de la presente encomienda de gestión, el mutuo acuerdo de las partes expresado por escrito, la imposibilidad sobrevenida de cumplir el contenido de la misma y el incumplimiento por cualquiera de ellas de las estipulaciones contenidas en la misma. El Pleno de la Corporación podrá renunciar a la encomienda o desistir de la misma, previa audiencia al Consejo de Administración de la Sociedad, de conformidad con los términos establecidos en la normativa vigente.

–Para que dicha encomienda surta efectos, deberá ser aceptada por la mencionada Sociedad, en los términos previstos en la normativa vigente.

–Las cuestiones que puedan plantearse durante el desarrollo de la actividad encomendada serán resueltas por el Pleno de la Corporación, previos los informes técnicos que sean procedentes. Los acuerdos adoptados para su resolución pondrán fin a la vía administrativa, y podrán ser impugnados ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.–Facultar a la Alcaldía para la firma y formalización de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de este acuerdo.

4.–Publicar anuncio, en caso de que sea aceptada la presente encomienda, en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Publicar la declaración expresa de ente instrumental en el Portal de Contratación con expresión del ámbito al que se pueden circunscribir los encargos.

Sangüesa / Zangoza, 14 de junio de 2023.–La alcaldesa, Lucía Echegoyen Ojer.

Código del anuncio: L2309154