BOLETÍN Nº 124 - 13 de junio de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 31 de mayo de 2023, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de la obra "Conducción abastecimiento Lazagurría-Derivación Viana".

Con fecha 15 de septiembre de 2022, la Comisión Permanente de la Mancomunidad de Montejurra acordó aprobar el proyecto de la obra "Conducción abastecimiento Lazagurría-Derivación Viana", reconocer y declarar la utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el citado proyecto, implícita en la aprobación del mismo, y aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, sometiéndolo a información pública por plazo de quince días hábiles.

Transcurrido el plazo de información pública, la Comisión Permanente de la Mancomunidad de Montejurra, en la sesión celebrada el día 30 de marzo de 2023, realizó la aprobación definitiva de la expropiación para el proyecto citado, y se acordó declarar definitivamente la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto, aprobar la relación definitiva de los titulares de bienes y derechos con los que se seguirán los sucesivos y respectivos trámites, así como inadmitir las alegaciones presentadas. Asimismo, acordó solicitar al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia, a los efectos previstos en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los problemas de calidad en el agua abastecida a poblaciones como Viana han dado lugar a que desde la Confederación Hidrográfica del Ebro se hayan remitido diversos comunicados sobre los controles analíticos realizados en el río Ebro en un punto próximo a la toma del pozo aluvial de la población de Viana, indicándose en las citadas analíticas que los resultados son superiores a valores límite. En la actualidad el único tratamiento con las infraestructuras actuales es la desinfección por cloro sin posibilidad de filtración ni otros tratamientos físicos químicos que posibiliten la potabilización del agua frente a situaciones y problemas futuros. La única solución que garantice el agua de calidad y cantidad en Viana es la ejecución de la infraestructura necesaria para la conexión del sistema de abastecimiento de Lókiz con la red de alta de Viana, debiendo ejecutarse para ello las actuaciones "Conducción conexión Mues a derivación de Viana" y "Ramal de conexión a Viana", entre las que se encuentra incluida la obra "Conducción abastecimiento Lazagurría-Derivación Viana". La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto, se fundamenta en que, sin perjuicio de la necesidad perentoria de dar solución a los problemas detectados en la calidad del agua, con las actuales infraestructuras de bombeo disponibles se han dado situaciones de déficit de caudal durante el verano del año 2022, puesto que con los consumos en máximos históricos fue necesario realizar cortes de suministro a grandes consumidores (riegos y acometidas municipales, entre otros) para evitar el desabastecimiento de la población. Dada la situación actual de sequía generalizada es previsible que este tipo de episodios vuelva a repetirse en periodos venideros, incluso a muy corto plazo.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por la Mancomunidad de Montejurra y comprobada la existencia de la financiación suficiente en el remanente de tesorería de la mancomunidad para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de la obra "Conducción abastecimiento Lazagurría-Derivación Viana".

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

3.º Notificar el presente acuerdo a la Mancomunidad de Montejurra.

Pamplona, 31 de mayo de 2023.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

Código del anuncio: F2308488