BOLETÍN Nº 109 - 25 de mayo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 28E/2023, de 29 de abril, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba, la relación de inversiones incluidas provisionalmente con cargo a las disponibilidades presupuestarias y la relación de inversiones en reserva, para el periodo de planificación 2023-2025, dentro del apartado de Programación Local "Urbanización de travesías".

La Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales, que ha entrado en vigor con fecha 1 de abril de 2022, ha sido dictada al amparo de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de la Administración Local de Navarra como instrumento de cooperación económica con las entidades locales con la finalidad principal de garantizar la cobertura en todo el ámbito de la Comunidad Foral de los servicios municipales obligatorios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de esta Ley Foral, constituyen el Plan de Inversiones Locales, el conjunto de inversiones encaminadas a la instalación, mejora y renovación de infraestructuras y dotaciones, clasificadas en los apartados: Programas de Inversiones, Programación Local y Programa de Libre Determinación.

La planificación del apartado Programación Local será trienal para los periodos 2023-2025, 2026-2028 y siguientes, en su caso.

El Capítulo II, del Título II, está dedicado a Programación Local, determinando en el artículo 13, que este programa consta de las siguientes líneas de inversión:

a) Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales.

b) Pavimentaciones con redes.

c) Pavimentaciones sin redes.

d) Urbanización de travesías.

e) Dotaciones municipales y concejiles.

Conforme a lo establecido en el artículo 16, que detalla el procedimiento de inclusión provisional de las inversiones relativas al apartado de Programación Local, mediante Resolución 21E/2022, de 6 de mayo, del Director General de Administración Local y Despoblación, publicada en el Boletín Oficial de Navarra de fecha 30 de mayo de 2022, se aprobó la distribución inicial de cuantías entre las diferentes líneas de inversión de Programación Local, los requisitos de selección y priorización y los modelos de documentación para las solicitudes de inclusión al Plan de Inversiones Locales, para el periodo de planificación 2023-2025. En dicha Resolución se estableció un plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra para que las entidades locales interesadas pudieran presentar las solicitudes de inclusión en el apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales.

El citado artículo 16, establece que, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la selección y priorización de las inversiones, de acuerdo con los criterios indicados en el artículo 19 y el anexo III de la Ley Foral 8/2022, de 22 marzo y mediante Resolución de la Dirección General con competencia en materia de Administración Local, se aprobará una relación de inversiones del apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales que constará de:

a) Una relación de inversiones incluidas provisionalmente con cargo a las disponibilidades presupuestarias.

b) Una relación de inversiones en reserva.

c) Una relación de inversiones no admisibles por no cumplir los requisitos establecidos en la Ley Foral 8/2022.

Dicha Resolución, que puede sustituirse por resoluciones independientes para cada línea de inversión, se publicará en el Boletín Oficial de Navarra surtiendo ésta los efectos de notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por otra parte, conforme al artículo 3 de la Ley Foral 8/2022, la dotación del Plan es de 30.000.000 euros, para el ejercicio 2022 y para los ejercicios sucesivos, la dotación anual será la consignada como Fondo de Transferencias de Capital en el presupuesto del ejercicio precedente, incrementada en el Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

En la Resolución 21E/2022, de 6 de mayo, del Director General de Administración Local y Despoblación, se aprobó la distribución inicial de cuantías entre las diferentes líneas de inversión de Programación Local. Dicha distribución se realizó teniendo en cuenta una dotación para los años 2023-2025 de 30.000.000 euros, por lo que procede en estos momentos actualizar esta dotación conforme al incremento en el Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio de 2022, en lo que se refiere a la línea de inversión de Urbanización de travesías.

Según el artículo 18 de la Ley Foral 8/2022, para las inversiones relativas a la Urbanización de travesías, las solicitudes de inclusión provisional deberán ir acompañadas, además de la documentación requerida en el artículo 16.4 de la citada Ley Foral, una copia de la solicitud presentada ante la dirección general competente en materia de Obras Públicas comunicando la intención de la entidad local de reformar la travesía, o en su caso, documentación acreditativa de haber obtenido la conformidad de dicha dirección general, de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación.

Consta en el expediente informe del Servicio de Infraestructuras Locales de fecha 27 de febrero de 2023 poniendo de manifiesto la presentación, por parte de 20 entidades locales de 21 solicitudes, habiéndose presentado todas ellas en plazo, es decir, antes del 1 de agosto de 2022. Sólo se han considerado como solicitudes de la línea de Urbanización de travesías, aquellas que incluyen la renovación de todo el ancho de la calzada, además del resto de urbanización de competencia local. Todas las solicitudes de inclusión han sido admitidas. La puntuación asignada se ha otorgado, en primer lugar, en función del grado de necesidad de la inversión, variable que califica las solicitudes como inversiones urgentes, necesarias a corto plazo, convenientes o sin prioridad y en segundo lugar en función del indicador del volumen de aportaciones procedentes de los Planes de Inversiones Locales, de las que se ha beneficiado la entidad local. En el informe técnico, se ha detallado de forma pormenorizada la manera en la que se ha otorgado la puntuación correspondiente a cada apartado, por lo que queda debidamente motivada la propuesta de priorización y selección.

El Servicio de Infraestructuras Locales, propone realizar una reserva de hasta un 3% para hacer frente a inclusiones definitivas y abonos por el procedimiento de emergencia, según se determina en el artículo 4 de la Ley Foral 8/2022, así como una reserva para poder atender los incrementos de hasta el 10% previstos en el artículo 17 de esta misma Ley Foral.

En base al orden de selección y priorización, y a la disponibilidad presupuestaria, el Servicio de Infraestructuras Locales, para la línea de inversión de Urbanización de travesías propone la aprobación de una relación de 10 inversiones incluidas provisionalmente, correspondientes a 10 entidades locales y una relación de 11 inversiones en lista de reserva correspondientes a 11 entidades locales.

La propuesta se adecua a las condiciones recogidas en el apartado 1.D) del Anexo II de la Ley Foral 8/2022, en el que se regula la Base de cálculo del importe auxiliable y los límites de aportación máxima por entidad local considerándose auxiliables las actuaciones reguladas en el artículo 14.1.D). Según lo dispuesto en este Anexo, la aportación económica máxima no podrá exceder de 600.000 euros por entidad local.

Obran en el expediente informes del Servicio de Gestión y Cooperación Económica y del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las entidades locales de fecha 28 de febrero de 2023 avalando la propuesta formulada por el Servicio de Infraestructuras Locales.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales, y en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 263/2019, de 30 de octubre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

RESUELVO:

1. Actualizar las cuantías previstas en el apartado primero de la parte dispositiva de la Resolución 21E/2022, de 6 de mayo, del Director General de Administración Local y Despoblación, para la línea de Urbanización de travesías, conforme al incremento en el Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio de 2022, según el siguiente detalle:

2023

2024

2025

2023-2025

%

Urbanización de travesías

1.057.920,00

1.057.920,00

1.057.920,00

3.173.760,00

8%

2. Realizar una reserva de 287.514,96 euros de la cuantía asignada a la línea de inversión de Urbanización de travesías de Programación Local para hacer frente a inclusiones definitivas y abonos por el procedimiento de emergencia según se determina en el artículo 4 de la Ley Foral 8/2022, y poder atender los incrementos de aportaciones previstos en el artículo 17 de esta misma Ley Foral.

3. Aprobar la relación de inversiones incluidas provisionalmente en el apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales relativo a Urbanización de travesías, con cargo a las disponibilidades presupuestarias, con una aportación total de 2.886.245,04 euros (inversión IVA excluido de 4.019.591,74 euros), conforme al Anexo 1.

4. Aprobar la relación de inversiones en lista de reserva relativas a Urbanización de travesías, con una aportación total de 4.453.068,10 euros (Inversión IVA excluido de 9.517.549,70 euros), conforme al Anexo 2.

5. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, surtiendo ésta los efectos de la notificación, significando que contra la misma las Administraciones públicas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora del a Jurisdicción Contencioso-administrativa.

6. Establecer un plazo improrrogable de 2 meses, a contar desde la firma del correspondiente convenio de colaboración con la dirección general con competencias en materia de Obras públicas, para que las entidades locales titulares de las inversiones recogidas en el Anexo 1, presenten la documentación indicada en el artículo 17.1 de la Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales, y el convenio de colaboración formalizado al efecto.

Pamplona, 29 de abril de 2023.–El director general de Administración Local y Despoblación. La directora del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales (Suplencia temporal por Vacante del director general de Administración Local y Despoblación, de conformidad con la Orden Foral 3/2019, de 20 de agosto, del consejero de Cohesión Territorial), Ana Rodríguez Hidalgo.

ANEXOS

ANEXO 1.–Relación de inversiones incluidas provisionalmente sobre urbanización de travesías.

ANEXO 2.–Relación de inversiones en lista de reserva relativas a urbanización de travesías.

Los anexos a descargar están en formato PDF.

Código del anuncio: F2306971