BOLETÍN Nº 107 - 23 de mayo de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ORÍSOAIN

Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por expedición y tramitación de documentos

El Pleno del Ayuntamiento de Orísoain, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de febrero de 2023, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas expedición y tramitación de documentos del Ayuntamiento de Orísoain.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1.b) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el anuncio de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 52, de 14 de marzo de 2023, en la sede electrónica y en el tablón municipal del Ayuntamiento de Orísoain.

Transcurrido el periodo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, reparos u observaciones de cualquier tipo y en cumplimiento de las prescripciones contenidas en los artículos 325.1.c) in fine y 326 de la ley foral citada, la ordenanza referida se entiende aprobada definitivamente procediéndose, a la publicación de la misma a los efectos oportunos.

Orísoain, 4 de mayo de 2023.–El alcalde, Alexandre Duró Cazorla.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICIÓN Y TRAMITACIÓN DE DOCUMENTOS

Artículo 1. Fundamento.

La presente exacción se establece de acuerdo con lo dispuesto en la sección 7.ª, Capítulo IV, Título Primero de la Ley 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra, y en virtud de la autorización contenida en el artículo 12 de la misma.

Artículo 2. Hecho imponible.

El hecho imponible viene determinado por la actividad municipal desarrollada a instancia de parte, con motivo de la tramitación de los documentos que se expidan o de que entiendan la administración municipal o las autoridades municipales; a título indicativo, constituyen supuestos de hecho imponible:

1) Copias de planos y/o expedientes.

2) Búsqueda de documentación en archivos.

3) Tarjetas de armas y licencias por tenencia de animales peligrosos.

4) Informes y consultas.

5) Publicidad en prensa de anuncios de expedientes iniciados a iniciativa de interesados.

Artículo 3. Obligación de contribuir.

Nace la obligación de contribuir por el mero hecho de solicitar en interés propio, la expedición de cualquier documento en el que entienda o deba entender la administración municipal o las Autoridades municipales.

Artículo 4. Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos las personas naturales o jurídicas que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunden los documentos que se expidan o de que entiendan la administración municipal o las autoridades municipales.

Artículo 5. Exenciones.

Estarán exentos del pago de esta tasa, las mancomunidades o agrupaciones así como las entidades jurídicas que hayan creado para el cumplimiento de sus fines, y los distritos administrativos, en los que esté integrado el municipio.

Artículo 6. Base imponible.

La base imponible viene constituida por cada unidad de solicitud o actividad realizada.

Artículo 7. Tipo.

El tipo de gravamen será el que figura en el anexo de esta Ordenanza.

Artículo 8. Cuota.

La cuota será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen que figura en el anexo de la presente Ordenanza, o la cantidad fija señalada al efecto.

Cuando la cuota corresponda a un valor fijo este se actualizará con el IPC trimestral.

Artículo 9. Normas de gestión.

Se establecen como normas especiales de recaudación las siguientes:

Las tasas establecidas en la presente ordenanza deberán ser hechas efectivas en el momento de su expedición en la oficina municipal, la cual rendirá cuentas.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.–Será de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra y la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en materia de Tasas y Precios.

Segunda.–La presente ordenanza fiscal, una vez aprobada conforme al procedimiento establecido en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, entrará en vigor, produciendo plenos efectos jurídicos, al día siguiente de ser publicada íntegramente su texto en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO DE TARIFAS

Epígrafe 1.–Copias de planos y fotocopias.

Planos del Plan General o existentes en expedientes públicos, a realizar en el Ayuntamiento: el coste del servicio más el 10%.

Epígrafe 2.–Búsqueda de documento de una antigüedad superior a 25 años en los archivos municipales.

Por la búsqueda de documentación de una antigüedad superior a 25 años en los archivos municipales, por parcela catastral o, en su caso, por unidad urbanística: 30 euros.

Epígrafe 3.–Tramitación de tarjetas de armas y licencias de animales peligrosos.

Por cada licencia y/o tarjeta tramitada: 20 euros.

Epígrafe 4.–Informes y consultas.

4.1. Por respuesta a consultas y la tramitación de expedientes, que se realicen con respecto a cuestiones catastrales:

El coste íntegro de los informes que se emitan para la tramitación del expediente o consulta.

4.2. Por la expedición de informes de tasación de bienes para actuaciones urbanísticas solicitados por interesados:

El coste íntegro de los informes que se emitan para la tramitación del expediente o consulta.

4.3. Por respuesta a consultas ya sean urbanísticas o de otra índole, para el que sea necesaria la emisión de informe técnico:

El coste íntegro de los informes que se emitan para la tramitación del expediente o consulta.

4.4. Cuando la emisión del informe o la respuesta a la consulta precise una previa visita de inspección, se liquidará, además, el coste correspondiente a la visita de inspección que el técnico externo traslade al Ayuntamiento.

4.5. En cualquier caso, para emisión de todo tipo de informe solicitado que, debido a su complejidad, especificidad técnica o por cualquier otra circunstancia requiera recabar otro informe o asesoramiento técnico externo, se le añadirá el coste de realización del mismo.

Epígrafe 5.–Publicidad en prensa de anuncios de expedientes iniciados a iniciativa de interesados.

El coste íntegro del anuncio.

Código del anuncio: L2307154