BOLETÍN Nº 107 - 23 de mayo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 251/2023, de 8 de mayo, del director gerente del Instituto Navarro del Deporte, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para cubrir 80 plazas de residentes deportistas y residentes estudiantes en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe del Instituto Navarro del Deporte para el periodo comprendido entre la fecha de concesión de la plaza, nunca antes del 1 de septiembre de 2023 y, con carácter general, el 30 de junio de 2024, ambos inclusive.

La Subdirección de Deporte presenta un informe en el que se expone la necesidad de facilitar el máximo aprovechamiento de las posibilidades de uso de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe de Pamplona. Por ello, propone la aprobación de una única convocatoria que establezca las bases y criterios para cubrir 80 plazas para residentes deportistas y estudiantes en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe del Instituto Navarro del Deporte.

El periodo de la convocatoria abarca desde la fecha de concesión de la plaza, nunca antes del 1 de septiembre de 2023, y, como máximo, el 30 de junio de 2024; excepto en el caso de residentes deportistas, que podrá extenderse al mes de julio, siempre que justifiquen la necesidad de estancia por entrenamientos o competiciones que lo exijan y con la debida autorización del Instituto Navarro del Deporte.

Todas las personas residentes que cursen estudios reglados deberán abandonar la Residencia al finalizar su curso lectivo.

El objetivo de esta convocatoria es posibilitar la carrera dual, facilitando la compatibilidad entre la actividad deportiva y las ocupaciones académicas, personales y laborales. De ahí, la necesidad de establecer las bases y criterios para cubrir las plazas de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

Esta convocatoria va dirigida a deportistas y estudiantes en el orden de preferencia que se señala a continuación:

1.º Deportistas de Rendimiento de Navarra (Alto Nivel, Alto Rendimiento, Perfeccionamiento y Rendimiento de Base).

2.º Deportistas pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra.

3.º Deportistas de clubes navarros que tengan licencia deportiva con cualquier club deportivo con representación en categoría nacional y que sean referentes en Navarra, entendiéndose esto por ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra. El IND podrá valorar el caso de otros deportistas que tengan licencia en un club de categoría nacional pese a no ser referente.

4.º Personas estudiantes nacidas en Navarra o con empadronamiento en la Comunidad Foral antes del 1 de enero de 2023, y que precisen alojamiento en Pamplona para poder llevar a cabo sus estudios.

Las solicitudes serán estudiadas por la Subdirección de Deporte y la Subdirección de Infraestructuras y Desarrollo Estratégico, y posteriormente se propondrá la adjudicación de las mismas.

De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, de 10 de noviembre de 2017 (publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017), las personas que obtengan plaza de residente en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe por su condición de deportistas pertenecientes al Deporte de Rendimiento de Navarra, estarán exentos del pago de las cuotas de alojamiento. No obstante, deberán abonar los servicios de alimentación que realicen, de acuerdo con los precios establecidos por la empresa adjudicataria del contrato de gestión del Servicio de Cocina-Comedor del Centro.

Las personas residentes deportistas residentes que no tengan la condición de deportistas de Rendimiento de Navarra ni sean beneficiarias de ayudas o exenciones por parte del Instituto Navarro del Deporte, así como los residentes estudiantes, estarán obligadas al abono de los precios por el alojamiento y la alimentación tal y como se establece en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud de 10 de noviembre de 2017 y publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017, vigentes en la actualidad, y que están sujetos a posibles modificaciones.

Los requisitos para ser considerado deportista de alto nivel, alto rendimiento, perfeccionamiento o rendimiento de base (Niveles del Deporte de Rendimiento), están recogidos en diferentes disposiciones y resoluciones administrativas: Decreto Foral 9/2012, de 22 de febrero, que regula el Deporte de Rendimiento de Navarra. La Resolución 240/2015, de 30 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se modifican los requisitos técnicos-deportivos para el acceso a la condición del deporte de alto nivel de Navarra; y se regula la duración de la condición de deportista, técnico o juez de rendimiento de Navarra; las prestaciones de la Administración Deportiva de la Comunidad Foral a los deportistas, técnicos y jueces de rendimiento de Navarra. Orden Foral 329/2015, de 29 de mayo, del Consejero de Políticas Sociales, por el que se regula el procedimiento para acceder al deporte de alto rendimiento, al deporte de perfeccionamiento y al deporte de rendimiento base de Navarra.

La acreditación en el alto nivel viene determinada por la Resolución 112/2023, de 16 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte, (Boletín Oficial de Navarra número 65, de 31 de marzo). En el resto de niveles la acreditación de su condición se consigue mediante certificado emitido por el propio Instituto Navarro del Deporte a petición de la persona interesada.

A los efectos de la adjudicación de las plazas de esta convocatoria, la consideración de deportista de alto rendimiento, perfeccionamiento o rendimiento de base, se consigue, indubitadamente, cumpliendo con los requisitos que exige el Decreto Foral 9/2012, de 22 de febrero, la Resolución 240/2015, de 30 de marzo y la Orden Foral 329/2015, de 29 de mayo.

Estos requisitos son absolutamente objetivos, sin que quepan valoraciones subjetivas de la Administración Deportiva.

Las normas básicas para un adecuado funcionamiento de la Residencia figuran en el Reglamento de Funcionamiento Interno aprobado mediante Resolución 173E/2022, de 13 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte.

Cabe explicar que los gastos ocasionados por la ocupación y funcionamiento de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, se encuentran ya presupuestados e incluidos dentro de las partidas de gasto correspondientes a los Centros adscritos al Instituto Navarro del Deporte, en los Presupuestos Generales de Navarra de 2023.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por el Decreto Foral 326/2019, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Navarro del Deporte, modificados por Decreto Foral 45/2021, de 2 de junio.

RESUELVO:

1.º Aprobar las Bases de la convocatoria para cubrir las ochenta plazas de residentes deportistas y residentes estudiantes en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe del Instituto Navarro del Deporte que se incluyen en el anexo I, para el periodo comprendido entre la fecha de concesión de la plaza, nunca antes del 1 de septiembre de 2023, y, como máximo, el 30 de junio de 2024, ambos inclusive, excepto en el caso de residentes deportistas, que podrá extenderse al mes de julio siempre que justifiquen la necesidad de estancia por entrenamientos o competiciones que lo exijan y con la debida autorización del Instituto Navarro del Deporte.

2.º Aprobar los modelos de solicitud y declaración responsable incluidos como anexos II y III, respectivamente.

3.º Publicar esta resolución y el anexo I en el Boletín Oficial de Navarra. Toda esta documentación, junto con el resto de anexos, quedará a disposición de las personas interesadas en la página web del Instituto Navarro del deporte, y en las dependencias del Instituto Navarro del Deporte, en la Residencia, Deportiva Fuerte del Príncipe y en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide.

4.º Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Cultura y Deporte, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

5.º Trasladar la presente resolución a la Sección de Administración y Gestión, a la Subdirección de Deporte, a la Subdirección de Infraestructuras y Desarrollo Estratégico, a la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, y a la Fundación Miguel Induráin a los efectos oportunos.

Pamplona, 8 de mayo de 2023.–El director gerente del Instituto Navarro del Deporte, Miguel Ángel Pozueta Uribe-Echeverría.

ANEXO I.–BASES REGULADORAS

1.–Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de adjudicación de las plazas de residentes deportistas y estudiantes en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe del Instituto Navarro del Deporte.

2.–Residencia.

Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, calle Goroabe número 36, 31005 Pamplona (Navarra).

2.1. El número de plazas disponibles es de 80.

2.2. Alojamiento: la presente convocatoria adjudica exclusivamente el alojamiento en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe para el periodo comprendido entre la fecha de concesión de la plaza, nunca antes del 1 de septiembre de 2023, y, como máximo, el 30 de junio de 2024, ambos inclusive, excepto en el caso de residentes deportistas, que podrá extenderse al mes de julio siempre que justifiquen la necesidad de estancia por entrenamientos o competiciones que lo exijan y con la debida autorización del Instituto Navarro del Deporte.

Todas las personas residentes que cursen estudios reglados deberán abandonar la residencia al finalizar su curso lectivo.

El Instituto Navarro del Deporte podrá determinar el cierre de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe en aquellos periodos vacacionales y/o fines de semana en los que la ocupación sea mínima, con el objetivo de rentabilizar recursos.

De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, de 10 de noviembre de 2017, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017, por el que se aprueba la actualización y el régimen de precios y tarifas máximos para la utilización de los centros adscritos al Instituto, las personas residentes deportistas de Rendimiento de Navarra estarán exentas del pago de cuotas de alojamiento.

2.3. Alimentación: la presente convocatoria no adjudica los gastos que suponen la alimentación.

Los precios actuales del servicio de comedor (IVA incluido) son los siguientes:

–Desayuno: 2,60 euros.

–Comida: 8,22 euros.

–Cena: 7,16 euros.

–Pensión completa: 17,98 euros.

No obstante, estos precios podrán estar sujetos a posibles modificaciones, que deberán ser aprobadas por el Instituto Navarro del Deporte.

Además, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución, 240/2015, de 30 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, podrían preverse ayudas para hacer frente al servicio de alimentación en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, dirigidas exclusivamente a residentes deportistas de alto nivel y de alto rendimiento. Las posibles ayudas podrán concederse en los términos y condiciones que se aprueben, en su caso, en las correspondientes bases reguladoras de la subvención y en función del crédito presupuestario disponible para tal fin.

En el caso de que se establezcan dichas ayudas, las cuantías a subvencionar podrían ser, como máximo:

–Alto Nivel: hasta el 100% del coste de la alimentación.

–Alto Rendimiento: hasta el 50% del coste de la alimentación.

Las personas residentes que no tengan la condición de deportistas de Rendimiento, ni sean beneficiarias de ayudas o exenciones por parte del Instituto Navarro del Deporte, estarán obligadas al abono de los precios por el alojamiento y la alimentación tal y como se establece en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud de 10 de noviembre de 2017 y publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017.

3.–Personas beneficiarias.

Podrán solicitar plaza en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe:

–Deportistas de Alto Nivel, Alto Rendimiento, Perfeccionamiento y Rendimiento de Base de Navarra cuya edad esté comprendida entre los 14 y 30 años, a fecha 31 de diciembre de 2022.

–Deportistas pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra cuya edad esté comprendida entre los 14 y 30 años, a fecha 31 de diciembre de 2022.

–Deportistas de Clubes navarros que tengan licencia deportiva con cualquier club deportivo con representación en categoría nacional y que sean referentes en el más alto nivel de su modalidad deportiva en Navarra, entendiéndose esto por ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra cuya edad esté comprendida entre los 14 y 30 años, a fecha 31 de diciembre de 2022.

–Personas estudiantes nacidas en Navarra o con empadronamiento en la Comunidad Foral antes del 1 de enero de 2023, y que precisen alojamiento en Pamplona para poder llevar a cabo sus estudios y cuya edad esté comprendida entre los 16 y 26 años –ambas inclusive– a cumplir en 2023.

–Personas que no cumplan las anteriores condiciones y que, habiendo plazas vacantes, reciban el visto bueno del Instituto Navarro de Deporte.

4.–Requisitos.

Quienes soliciten plaza no podrán encontrarse cumpliendo sanciones administrativas firmes, ni una sentencia firme condenatoria o, en su caso, no estar pendiente del cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria, impuesta por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

Todas las personas que presenten solicitud deberán poder justificar que su domicilio familiar se encuentra en algún municipio cuya distancia a Pamplona sea superior a 15 kilómetros.

4.1. Requisitos para residentes deportistas que cursen estudios reglados, y residentes estudiantes:

–Cursar enseñanzas regladas no universitarias o cursar estudios universitarios en centros docentes oficiales ubicados en Pamplona o en su comarca.

–ESO y grado medio de Formación Profesional: totalidad de asignaturas aprobadas del último curso realizado.

–Bachillerato y grado superior de Formación profesional: no tener más de 2 asignaturas pendientes del último curso realizado.

–Estudios universitarios: al menos un 50% de créditos aprobados de los matriculados en el último curso realizado.

–Estar realizando estudios de postgrado, máster, doctorado, etc.

4.2. Deportistas que no cursen estudios reglados deberán acreditar la realización de una actividad laboral de una duración mínima de, al menos, tres meses dentro de los últimos doce.

4.3. Deportistas que no cumpliendo los apartados anteriores centren su actividad en la preparación de un objetivo deportivo especialmente relevante a valorar por la Subdirección de Deporte.

4.4. El Instituto Navarro del Deporte podrá valorar, excepcionalmente, la admisión de alguna solicitud justificada que no cumpla los requisitos arriba establecidos.

5.–Solicitudes.

5.1. Presentación de solicitud (anexo II).

En caso de residentes deportistas, la solicitud podrá ser presentada por cada deportista o, en su nombre, por las Federaciones Deportivas de Navarra o nacionales, o por clubes navarros con representación en categoría nacional y que sean referentes en Navarra, entendiéndose esto por ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra.

En caso de residentes estudiantes, la solicitud podrá ser presentada por cada estudiante o por su padre, madre, o quien ostente su representación legal.

Las solicitudes podrán presentarse de manera electrónica desde la opción "Tramitar" de la ficha de la convocatoria existente en el apartado de Trámites del Portal de Navarra (www.navarra.es), empleando para ello el modelo que figura como anexo II, de solicitud, disponible en dicha ficha.

También podrán presentarse las solicitudes en el Registro del Instituto Navarro del Deporte (pabellón Navarra Arena-Casa del Deporte. Plaza Aizagerría, 1, 31006, Pamplona), conforme al modelo que se recoge en el anexo II, así como por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que la solicitud se presente en Correos, se deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano gestor de la subvención, por medio de correo electrónico a la dirección rentidad@navarra.es la remisión de la solicitud. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida fuera del plazo señalado para la presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

No obstante, y mientras existan plazas disponibles, estas podrán ser solicitadas, aunque el plazo de presentación reseñado en el párrafo anterior haya finalizado.

La presentación de solicitudes implica la aceptación incondicional de la presente convocatoria y la declaración responsable de la exactitud y veracidad de los datos presentados, así como el conocimiento y aceptación las normas de Reglamento de Funcionamiento Interno de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe aprobado mediante Resolución 173E/2022, de 13 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte.

5.2. Documentación.

5.2.1. Documentación a presentar junto con la solicitud:

a) Documentación común para residentes deportistas y residentes estudiantes:

–Impreso de solicitud especificado en el Anexo II.

–Una fotografía tamaño carnet.

–Fotocopia del DNI.

–Certificado de empadronamiento en Navarra antes del 1 de enero de 2023, o quien carezca de él, ficha deportiva que acredite la pertenencia a un club deportivo con representación en categoría nacional y que sea referente en Navarra durante la temporada 2023-2024, entendiéndose esto por ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra.

–En su caso, acreditación de pertenencia a familia numerosa.

–Si solicitan plaza varios/as hermanos/as, copia del libro de familia.

–Quienes estén cursando estudios reglados, certificado de calificaciones del curso escolar 2022-2023. Si en el momento de presentar la solicitud careciera de ella, podrán presentarla posteriormente, fecha límite 15 de julio de 2023.

b) Documentación de residentes deportistas.

–Declaración responsable contenida en el anexo III. No obstante, la Subdirección de Deporte podrá efectuar todas las comprobaciones que sean necesarias, así como solicitar cualquier tipo de información adicional que acredite y verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto Foral 9/2012, de 22 de febrero, en la Resolución 240/2015, de 30 de marzo y en la Orden Foral 329/2015, de 29 de mayo, para poder considerar a las personas solicitantes como deportistas de Rendimiento.

–Informe del director/a técnico/a de la federación o del club, con el V.º B.º de su respectivo/a presidente/a, en los que se detallará, en relación a cada deportista:

  • Proyección deportiva y objetivos deportivos de la temporada 2023-2024.
  • Historial deportivo (mínimo tres últimos años).
  • Planificación deportiva, indicando entre otros aspectos, responsable entrenamiento, lugar y horarios de entrenamiento.
  • Nombre y datos de contacto, (teléfono y correo electrónico) del tutor/a responsable de hacer el seguimiento al o la deportista.

–Otra documentación que la persona deportista, la Federación o el club solicitante considere de interés para avalar su solicitud.

c) Documentación de residentes estudiantes.

–Si ha obtenido Beca del Departamento de Educación durante el curso escolar 2022-2023, copia compulsada de la adjudicación.

–En su caso, copia de la tarjeta de federado durante la temporada 22/23.

5.2.2. Documentación a presentar antes del inicio del curso (1 de septiembre de 2023):

–Quienes estén cursando estudios reglados, copia compulsada de la matricula correspondiente a los estudios que realizará durante el curso 2023-2024.

–Personas deportistas a las que hace referencia el punto 4.2., deberán aportar justificación de la actividad laboral mediante contrato de trabajo o similar.

5.2.3. Corrección de errores y faltas de documentación.

En el supuesto de falta de documentación o documentación errónea se concederá un plazo de cinco días naturales, a partir del día siguiente a la notificación a la persona interesada, para la subsanación de la citada deficiencia. En caso de no subsanar la documentación requerida se considera que desiste de su petición.

6.–Valoración.

6.1. Residentes deportistas:

Las solicitudes de los residentes deportistas se incluirán en uno de estos grupos:

a) Catalogación de deportista de Alto Nivel, Alto Rendimiento, Perfeccionamiento o de Rendimiento de Base de Navarra, según lo dispuesto en las siguientes normas:

–Decreto Foral 9/2012, de 22 de febrero, por el que se regula el Deporte de Rendimiento y la relación de deportistas de Alto Nivel de la Comunidad Foral de Navarra.

–Resolución 240/2015, de 30 de marzo, del director gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se modifican los requisitos técnicos-deportivos para el acceso a la condición del deporte de alto nivel de Navarra; y se regula la duración de la condición de deportista, técnico o juez de rendimiento de Navarra; las prestaciones de la Administración Deportiva de la Comunidad Foral a deportistas, técnicos y jueces de rendimiento de Navarra.

–Orden Foral 329/2015, de 29 de mayo, del consejero de Políticas Sociales, por la que se regula el procedimiento para acceder al deporte de alto rendimiento, al deporte de perfeccionamiento y al deporte de rendimiento de base.

–Resolución 112/2023, de 16 de marzo, del director gerente del Instituto Navarro del Deporte, por la que se aprueba la relación definitiva de deportistas, técnicos y jueces de Alto Nivel de la Comunidad Foral de Navarra. Publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 65, de 31 de marzo.

b) Catalogación de deportistas pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra, según justificante emitido por la federación nacional correspondiente donde se indique la pertenencia del deportista solicitante de alojamiento a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra.

c) Catalogación de Deportistas que tengan licencia deportiva con cualquier club deportivo con representación en categoría nacional y que sean referentes en Navarra, entendiéndose esto por ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra (el IND podrá valorar el caso de otros deportistas que tengan licencia en un club de categoría nacional pese a no ser referente), según ficha deportiva emitida por el club correspondiente donde se acredite la pertenencia del deportista solicitante de alojamiento a un club deportivo con representación en categoría nacional y que sean referentes en el más alto nivel de su modalidad deportiva en Navarra durante la temporada 2023-2024.

6.1.1. La Subdirección de Deporte estudiará las solicitudes presentadas y elaborará un listado según los siguientes criterios:

Tendrán preferencia para acceder a las citadas plazas aquellas personas deportistas conforme al siguiente orden de prelación:

1.º Deportistas de alto nivel.

2.º Deportistas de alto rendimiento.

3.º Deportistas de perfeccionamiento.

4.º Deportistas de rendimiento de base, que tengan entre 14 y 16 años, ambos inclusive, a fecha 31 de diciembre de 2022.

5.º Deportistas pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra.

6.º Deportistas que tengan licencia deportiva con cualquier club deportivo con representación en categoría nacional y que sean referentes en Navarra, entendiéndose esto por ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra.

6.1.2. Dentro de cada nivel de deporte de rendimiento tendrán prioridad las personas solicitantes deportistas que:

1.º Hayan ocupado plaza en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe en el 2022/2023.

2.º Pertenezcan a un equipo femenino referente de un club que haya suscrito un convenio de colaboración para el desarrollo de un proyecto de estructuración del deporte en cuestión.

3.º La distancia de la localidad del domicilio familiar a Pamplona, teniendo preferencia la mayor distancia.

4.º Forman parte de familia numerosa.

5.º La edad de los deportistas:

–1. Entre 14 y 24 años, tendrán prioridad las personas de mayor edad.

–2. Entre 25 y 30 años, tendrán prioridad las personas de menor edad.

Se considerará la edad de las personas solicitantes a fecha 31 de diciembre de 2022, y la catalogación deportiva en la fecha de la solicitud.

6.º Orden de presentación de solicitud.

A fin de facilitar la mejor evaluación de las solicitudes, la Subdirección de Deporte del Instituto Navarro del Deporte podrá requerir a las Federaciones correspondientes o deportistas solicitantes, la ampliación o mejora de la información contenida en los documentos presentados.

Una vez adjudicadas las plazas a los residentes deportistas se valorará y adjudicarán las plazas restantes a las solicitudes de residentes estudiantes:

6.2. Residentes estudiantes:

Una comisión integrada por el Jefe de Negociado de Gestión de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, la jefa de la Sección de Gestión de Infraestructuras, y un técnico de dicha unidad, estudiará las solicitudes presentadas y elaborará un listado según los siguientes criterios.

6.2.1. Criterios y orden de prelación:

a) En primer lugar, tendrán preferencia las solicitudes de residentes-estudiantes que hubieran obtenido plaza y residido en la Residencia durante el curso escolar 2022-2023.

b) En segundo lugar, hermanos/as de quienes obtuvieron plaza durante el curso 2022-2023, y que también soliciten plaza para el curso 2023-2024.

c) El resto de solicitudes serán consideradas siempre que cumplan todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

6.2.2. En caso de que las solicitudes superen el número máximo de plazas establecido en esta convocatoria se aplicará el siguiente baremo entre las solicitudes incluidas en este último apartado:

a) Calificaciones escolares, del curso 2022-2023:

–Nota media de 8,5 a 10: 12 puntos.

–Nota media de 7,1 a 8,4: 10 puntos.

–Nota media de 6,1 a 7: 8 puntos.

–Nota media de 5 a 6: 6 puntos.

b) Distancia entre el domicilio familiar y Pamplona:

–Entre 15 y 30 km: 3 puntos.

–Más de 30 km: 6 puntos.

c) Haber disfrutado de Beca del Departamento de Educación durante el curso escolar 2022-2023, 3 puntos.

d) Pertenecer a familia numerosa: 3 puntos.

e) La solicitud de plazas de varios hermanos/as: 3 puntos.

f) Estar federado en la temporada 22/23: 3 puntos.

6.3. Una vez cubiertas las plazas ofertadas, el resto de solicitudes quedarán en reserva y podrán ser admitidas siempre que queden plazas vacantes por alguna baja.

7.–Resolución.

7.1. Las solicitudes serán resueltas por el Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las mismas, atendiendo a la propuesta conjunta efectuada por la Subdirección de Deporte y la Subdirección de Infraestructuras y Desarrollo Estratégico.

7.2. Transcurrido el plazo máximo para resolver las solicitudes sin que haya recaído resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

7.3. Finalizado el plazo de presentación de los documentos exigidos en el punto 5.2.1, se aprobará, mediante Resolución del Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte, la relación provisional de adjudicación de plazas de residentes para el curso 2023-2024.

7.4. Quienes estén obligados al pago del alojamiento, deberán efectuar el pago de una mensualidad de alojamiento, en el plazo de los quince días naturales siguientes a la notificación de la resolución que aprueba el listado provisional. Dicha mensualidad se corresponde con la del mes de mayo del año 2024 (último mes de estancia). Este importe se devolverá si se renuncia a la plaza antes de incorporarse como fecha límite 15 de septiembre de 2023, sin embargo, no se devolverá si cursa baja en la Residencia antes de finalizar el curso.

7.5. La resolución definitiva se aprobará una vez que las personas adjudicatarias, indicadas en la lista provisional, hayan aportado la totalidad de la documentación exigida en las bases.

7.6. En los casos de solicitudes entregadas después de aprobada la resolución definitiva, serán resueltas por el Director Gerente del IND en el plazo máximo de un mes.

8.–Adjudicación.

8.1. La adjudicación de las plazas quedará condicionada:

–Al pago de la mensualidad de alojamiento citada anteriormente, cuando proceda.

–A la no existencia de mensualidades pendientes de pago correspondientes a estancias anteriores.

–Al mantenimiento o mejora de los méritos y condiciones por los que se ha adjudicado la plaza.

–A la ausencia de informe desfavorable del director de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe en el caso de quienes renuevan plaza.

–En el caso de residentes deportistas, al cumplimiento del plan de entrenamientos, el cual conlleva el derecho a acceder a los servicios de alojamiento, de lunes a viernes.

8.2. La adjudicación de plaza de residente da derecho:

–Al alojamiento durante ocho meses, mínimo del 1 de octubre al 31 de mayo (excepto en los períodos de Navidad y Semana Santa), que se facturará mensualmente, dentro de los quince primeros días de cada mes. En septiembre y junio los días de estancia se abonarán por semanas completas.

–Al uso y disfrute del Centro Recreativo Guelbenzu en las condiciones que para ello se establezcan, y siempre con el visto bueno del I.N.D.

–Los sábados, domingos y festivos podrán hacer uso de la residencia quienes justifiquen entrenamientos, competiciones o necesidades académicas que así lo precisen.

8.3. El Instituto Navarro del Deporte podrá revocar total o parcialmente el derecho al disfrute de la plaza concedida en los casos siguientes:

–Incumplimiento del Reglamento de Régimen Interno.

–El reiterado uso indebido de las instalaciones.

–Incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente resolución.

–Falseamiento de datos en la solicitud.

–Situaciones de extraordinaria necesidad que puedan obligar, como ocurrió con la pandemia derivada de la COVID-19, a poner las habitaciones o instalaciones de la residencia a disposición de Gobierno de Navarra.

9.–Obligaciones.

a) Obligaciones deportistas de rendimiento:

–Cumplir con su proyecto o su programación deportiva con el objeto de conseguir sus objetivos.

–Llevar un régimen de vida de acuerdo al cumplimiento de sus objetivos deportivos y de desarrollo personal.

–Representar a Navarra siempre que sea seleccionado/a.

–Asistir a las reuniones o revisiones médicas convocadas desde la Subdirección de Deporte.

b) Obligaciones del resto de residentes.

–Deberán abonar los precios establecidos para el alojamiento en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de deporte y Juventud, de fecha 10 de noviembre de 2017 (publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017) o, en su caso, los precios que se establezcan por el Instituto Navarro del Deporte.

–La responsabilidad de los pagos será exclusiva de las personas residentes, aunque sean abonados por terceros.

c) Obligaciones comunes.

–Sin perjuicio de que puedan aprobarse las ayudas indicadas en la base 2.3), cada residente debe abonar los precios establecidos por la empresa adjudicataria del servicio cocina comedor de la Residencia según los importes establecidos en la base 2.3. Estos precios estarán sujetos a posibles modificaciones, que deberán ser aprobadas por el Instituto Navarro del Deporte podrán ser modificados con el visto bueno del Instituto Navarro del Deporte.

–Hacer uso del servicio de comedor de forma completa (desayuno, comida y cena) los lunes, martes, miércoles y jueves y, al menos, el servicio de desayuno los viernes. Como excepción a esta obligación están razones de causa mayor, enfermedad, así como por la asistencia a competiciones o concentraciones que imposibiliten la estancia en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

–Se debe comunicar con una antelación de 24 horas si, por alguna de las causas justificadas relacionadas en el párrafo anterior, no se va a hacer uso del servicio de comedor ya que en caso de no comunicar esta incidencia en el plazo establecido estarán obligados a abonar el servicio no utilizado a la empresa concesionaria de la explotación del servicio, una vez finalizado el mes.

–Cumplir con las normas de Reglamento de Funcionamiento Interno de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe aprobado mediante Resolución 173E/2022, de 13 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte, y las instrucciones que en aplicación del mismo dicte su director.

–Respetar las normas establecidas para el uso y disfrute del Centro Recreativo Guelbenzu.

–Acudir a las reuniones convocadas por la Dirección de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

10.–Comisión de Seguimiento.

Se establece una Comisión de Seguimiento formada por el Subdirector de Deporte, el Director del Centro de Tecnificación Deportiva del "Estadio Larrabide", el Subdirector de Infraestructuras y Desarrollo Estratégico como responsable de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, el jefe de la Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo y el Jefe del Negociado de Gestión de la RDFP.

11.–Publicidad.

Las presentes bases, además de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, estarán a disposición de las personas interesadas tanto en los tablones de anuncios de las dependencias del Instituto Navarro del Deporte, como en el Estadio Larrabide y en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

12.–Recursos.

Contra la presente convocatoria y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Cultura y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de publicación o notificación del acto impugnado.

Código del anuncio: F2307273