BOLETÍN Nº 101 - 15 de mayo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 341E/2023, de 15 de abril, del director general de Medio Ambiente, por la que formula informe ambiental estratégico de la "Modificación del Plan General Municipal de Adiós, en el Sector SU-2", promovida por el Ayuntamiento de Adiós.

La modificación cuenta con la aprobación inicial por parte del Ayuntamiento el 10 de agosto de 2022, y ha sido sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 169, de 25 de agosto de 2022.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se trata de una modificación menor, sometida a evaluación ambiental estratégica simplificada.

La modificación surge como consecuencia de la solicitud de la Cooperativa San Andrés de excluir del ámbito vigente el suelo dotacional asignado al almacén existente. El objetivo de la modificación es establecer una nueva delimitación del Sector SU-2 del suelo urbanizable, contemplando la modificación del catastro municipal en la que se ha adaptado la delimitación parcelaria a la realidad, adaptar el número de viviendas y de la edificabilidad a la nueva delimitación del Sector SU-2, manteniendo el aprovechamiento urbanístico otorgado por el plan vigente anteriormente e incorporar la reducción de las reservas de viviendas protegidas en el ámbito del Sector.

La ampliación del Sector se extiende hasta el ribazo este que forma un límite natural de la terraza (límite de la parcela 281 del polígono 2). El Sector pasa a tener una superficie de 15.420 m², que se reparte entre la parcela 281 (10.039,91 m²) y 380,12 m² de la parcela 14 del polígono 2. Todo el Sector, a excepción del almacén de la Cooperativa, queda clasificado como suelo urbanizable, y constituye un Área de Reparto con un uso global residencial, cuyo desarrollo y ordenación pormenorizada se articulará mediante un Plan Parcial. Los cambios introducidos en el planeamiento se trasladan a la normativa, y en concreto a la ficha urbanística correspondiente.

El servicio de Biodiversidad informa que el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada se ha llevado a cabo adecuadamente y emite informe favorable proponiendo la incorporación de medidas de integración ambiental relacionadas con la gestión de las aguas pluviales, diseño y tratamiento de las zonas verdes, movilidad, protección del medio nocturno y protección del paisaje urbano.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente:

RESUELVO:

1.º Se formula informe ambiental estratégico de la modificación del Plan General Municipal de Adiós, en el Sector SU-2, promovida por el Ayuntamiento de Adiós, considerando que no genera afecciones ambientales significativas.

2.º Para lograr una adecuada integración ambiental de la modificación se propone la incorporación de las siguientes medidas al Plan Parcial del Sector SU-2:

Dada la vulnerabilidad paisajística del borde de la meseta en la que se localiza el SU 2, las zonas verdes se ubicarán en el límite este, de tal forma que resulten una zona de transición hacia la ladera colindante, posibilitando así generar un espacio público que engarce el resalte topográfico de la ladera con el casco urbano, y en su caso, la creación de un recorrido peatonal.

–En relación a la gestión de las aguas pluviales más allá de la implantación de una red de recogida de pluviales, se maximizará la presencia de terrenos permeables que favorezcan los procesos de filtración de las aguas pluviales. Por lo que la gestión de las pluviales va asociada al diseño y gestión de las zonas verdes y a la permeabilización de espacios públicos, como las zonas de aparcamiento. Además de incluir criterios bioclimáticos en el diseño de las zonas verdes, con especies de bajo mantenimiento y adaptadas a las condiciones climáticas de la zona, se integrara la zona verde y espacios públicos como elementos funcionales del sistema de drenaje sostenible (alcorques estructurales en el arbolado del nuevo viario, parterres inundables...). Además, el diseño de las zonas verdes se orientará a la mitigación de las consecuencias derivadas del incremento en la frecuencia y duración de las olas de calor, incorporando zonas de sombra en espacios públicos.

–En relación a la movilidad, se habilitarán espacios destinados al aparcamiento de bicicletas, dotando a las vías peatonales de arbolado.

–Con objeto de reducir la contaminación lumínica, la luz intrusa y la afección a la fauna se deberá cumplir lo previsto en el "Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07".

–Aplicación del artículo 33 del POT3 relativo a los criterios para la protección del paisaje urbano en la implantación del nuevo área residencial, supeditado a las consideraciones que realice el servicio de Territorio y Paisaje en esta materia.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Notificar esta resolución, a la sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Adiós, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de abril de 2023.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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