BOLETÍN Nº 1 - 2 de enero de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LODOSA

Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2023

Considerando lo dispuesto en el Decreto Legislativo 251/1993, de 30 de agosto por la que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y el artículo 34.6 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que establece que la empresa debe elaborar el calendario laboral anualmente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra que establece para los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra una jornada laboral que, en cómputo anual, queda determinada en 1592 horas efectivas de trabajo.

Teniendo en cuenta la Resolución 323/2022, de 3 de junio, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2023 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Teniendo en cuenta la competencia que me concede el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y vista la negociación previa de la propuesta de calendario laboral 2023 con los Delegados de Personal.

DECRETO:

1.º Aprobar el calendario de días festivos entre semana durante el año 2023 para el personal que presta servicios en las oficinas al servicio del Ayuntamiento de la villa de Lodosa, tal como se detalla a continuación:

–6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.

–6 de abril: Jueves Santo.

–7 de abril: Viernes Santo.

–10 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del trabajo.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–4 de diciembre: lunes siguiente a San Francisco Javier.

–6 de diciembre: día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del señor.

2.º Con objeto de regular el calendario se cuentan además como no laborables los siguientes días para el personal que trabaja en las oficinas municipales:

–14 de agosto.

–31 de julio, 1 y 2 de agosto (fiestas patronales).

–15 de septiembre (fiestas de las angustias)

3.º La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo se establece en 1.592 horas efectivas de trabajo de conformidad con la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre y el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, que se realizará de la siguiente forma:

a) La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá con carácter general una duración de 7 horas y 15 minutos.

b) La distribución de la jornada de trabajo señalada en el apartado anterior del presente expositivo, no será de aplicación a aquellos otros que cuenten con un calendario laboral específico en razón de sus condiciones de trabajo.

c) A los efectos de cuadrar el número máximo de horas (1.592), las 3 horas que sobran por determinar se podrán disfrutar de la misma manera que las horas de asuntos particulares.

4.º Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2023, los sábados, los domingos y los días declarados festivos en el dispositivo primero de la presente resolución.

5.º El presente calendario laboral podrá ser modificado por necesidades del servicio de conformidad con la normativa existente al respecto que regula las condiciones del trabajador.

6.º Notificar esta resolución a los representantes de los trabajadores y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Contra el presente acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Lodosa, 19 de diciembre de 2022.–La alcaldesa, Lourdes San Miguel Rojo.

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