2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
ETXAURI
Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2022
Visto que por Resolución 140/2021, de 9 de abril, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo se procede al establecimiento del calendario oficial de fiestas laborales para el año 2022 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
Visto que Resolución 648/2021, de 30 de noviembre, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se determinan las fiestas locales para el año 2022, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
Considerando la documentación contenida en el expediente, en ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
Primero.–Aprobar el calendario de días festivos entre semana durante el año 2022 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Etxauri, tal y como se detalla a continuación:
- 1 de enero: Año Nuevo.
- 6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.
- 14 de abril: Jueves Santo.
- 15 de abril: Viernes Santo.
- 18 de abril: Lunes de Pascua.
- 10 de junio: Fiestas patronales.
- 11 de junio: Fiestas patronales.
- 13 de junio: Fiestas patronales.
- 25 de julio: Santiago Apóstol.
- 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.
- 3 de diciembre: San Francisco Javier.
- 6 de diciembre: Día de la Constitución.
- 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
- 10 de diciembre: Santa Eulalia. Fiesta local de Etxauri.
- 26 de diciembre: Segunda fiesta de Navidad.
Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración del Ayuntamiento de Etxauri, queda fijado, de conformidad con el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:
La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos.
Se trabajará de forma obligatoria de 9:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes, quedando las dos horas y veinte minutos restantes para su realización, a elección del personal y con carácter flexible, entre las 7:30 y las 17:00 horas (oficina) y entre las 7:00 y las 16:30 horas (Secretaría y Servicios múltiples).
Para la adecuada prestación derivada de las necesidades del servicio del personal de limpieza, éste podrá realizar su jornada, con carácter flexible entre las 6:30 y las 16:00 horas. La limpieza del consultorio médico se realizará de forma que no interfiera con la presencia del personal sanitario.
Reducción horaria de 12 horas y 40 minutos, a distribuir según las circunstancias de cada caso, durante los días de celebración de las fiestas patronales de la localidad, equivalente al tiempo que corresponde al personal que presta sus servicios en Pamplona.
Una bolsa de 1 hora y 20 minutos a disfrutar a lo largo del año, en función de las necesidades del servicio.
Con carácter continuo, cada persona empleada podrá tener un saldo positivo o negativo de hasta 10 horas respecto de la jornada diaria.
Tercero.–El control de asistencia se realizará mediante un sistema automático de control de presencias, estando obligadas todas las personas empleadas a fichar al entrar y salir del centro de trabajo. Esta obligación incluye tanto el inicio y el final de cada jornada, como las salidas y retornos que se realicen durante la misma.
Cuarto.–Durante la jornada de trabajo el personal podrá disfrutar de una pausa de treinta minutos de duración como máximo.
Quinto.–Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2022, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos en el dispositivo primero de la presente resolución.
Sexto.–Por necesidades de los diferentes servicios de esta administración y para un correcto funcionamiento de los mismos, el disfrute de vacaciones anuales en los servicios de atención ciudadana, secretaría y servicios múltiples, no podrá realizarse de forma simultánea por las personas empleadas adscritas a estos servicios.
Séptimo.–Asistencia a cursos de formación.
El tiempo destinado a la realización de cursos de formación, que tengan relación con las funciones del puesto, se considerará tiempo de trabajo cuando los cursos se celebren dentro del horario de trabajo y así lo permitan las necesidades del servicio, siempre previa autorización del órgano que corresponda.
Para los cursos, reuniones etc. que se celebren fuera de Etxauri, a la duración efectiva del curso se añadirá el tiempo de traslado (ida y vuelta) a la localidad que corresponda. En las poblaciones de la Comarca de Pamplona, el tiempo estimado de traslado será de 70 minutos (total ida y vuelta).
En los casos en que el curso tenga una duración igual o superior a 5 horas de presencia efectiva, se computará como jornada completa de trabajo.
Con carácter general, la asistencia a cursos de formación que se realicen fuera de las horas de trabajo no generará derecho a compensación horaria o económica alguna. Únicamente cuando la Administración determine la asistencia obligatoria a actividades formativas necesarias para el buen desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo, el tiempo empleado se considerará como tiempo de trabajo a efectos del cómputo anual de la jornada y el personal tendrá derecho, en su caso, a las correspondientes compensaciones horarias y/o indemnizaciones establecidas por los gastos realizados por razón del servicio.
Las compensaciones horarias y económicas para la realización de cursos de euskera, debidamente autorizados, se regularán por Resolución 1311/2010, de 17 de mayo, del director general de Función Pública, por la que se asimilan las compensaciones horarias por realización de cursos de aprendizaje de euskera determinadas en el Decreto Foral 195/1993, de 21 de junio, a las actuales acciones formativas.
Octavo: Proceder a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios del ayuntamiento.
Etxauri, 3 de mayo de 2022.–El alcaldesa, Idoia Aritzala Etxarren.
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