BOLETÍN Nº 98 - 20 de mayo de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

GARTZARON

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de las aportaciones particulares de los vecinos

El Concejo de Gartzaron, en sesión celebrada el día 14 de marzo de 2022, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora de las aportaciones particulares de los vecinos del Concejo de Gartzaron, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 134, de fecha 11 de julio de 2019.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la citada ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos pertinentes.

Gartzaron, 22 de abril de 2022.–El alcalde-presidente, Eneko Legarra Beunza.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS APORTACIONES PARTICULARES DE LOS VECINOS DEL CONCEJO DE GARTZARON

TÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1.º La presente ordenanza tiene por objeto establecer las aportaciones particulares de los vecinos del concejo de Gartzaron para el mantenimiento de los bienes del Concejo.

Artículo 2.º Son bienes del Concejo aquellos cuyo aprovechamiento y disfrute corresponde al común de los vecinos así como la obligación de su mantenimiento.

Artículo 3.º Mediante esta ordenanza se pretende regular el mantenimiento de la iglesia, la asistencia a auzolanes y el establecimiento de sanciones económicas para quienes no cumplan con las obligaciones vecinales.

TÍTULO II

De la administración y actos de disposición

Artículo 4.º La no participación en los auzolanes con los que se realizan trabajos de mantenimiento del término concejil, al no disponer el concejo de ingresos suficientes para el coste de estos trabajos por medio de su adjudicación a una empresa, resultará sancionada con 50 euros.

Artículo 5.º El mantenimiento de la iglesia al considerarse un bien del concejo corresponde a todos sus vecinos por ello el incumplimiento con la obligación de limpieza de la iglesia se gravará con 100 euros por mes de trabajo no realizado.

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