BOLETÍN Nº 97 - 19 de mayo de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 58/2022, de 6 de mayo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2022 reguladas por la Orden Foral 318/2016, de 8 de septiembre, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se establecen las normas que regulan las ayudas a las actividades de formación profesional y adquisición de competencias para el periodo 2016-2020. Identificación BDNS: 625383.

El Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Foral de Navarra a efectos de la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural para el periodo 2014-2020 se aprobó por Decisión de la Comisión de 18 de noviembre de 2015.

En el citado programa se incluyó la Medida 1 denominada “actividades de transferencia de conocimientos e información”, en aplicación del artículo 14 del Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre. Esta medida es horizontal en el contexto de una programación estratégica y contribuye a todas las prioridades y a una inmensa relación de Focus Area de la UE para el desarrollo rural tales como el fomento de la transferencia de conocimientos y la innovación en la agricultura, mejora de la viabilidad de las explotaciones y la competitividad de todos los tipos de agricultura, restablecer, conservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura, promover la eficiencia de los recursos y promover la inclusión social y el desarrollo económico de las zonas rurales.

Por Orden Foral 318/2016, de 8 de septiembre, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se establecieron las normas que regulan las ayudas a las actividades de formación profesional y adquisición de competencias para el periodo 2016-2020. La necesidad de estas actividades obedece a que la formación agraria es necesaria para conseguir unas explotaciones suficientes y competitivas, con el fin de obtener alimentos seguros y de calidad, y para mantener las zonas rurales y la actividad agroindustrial.

Esta orden foral ha sido posteriormente modificada por la Orden Foral 182/2017, de 8 de junio, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la Orden Foral 88/2018, de 22 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y por la Orden Foral 155/2019, de 18 de junio, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y por la Orden Foral 180/2020, de 22 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en los años 2021 y 2022, y por el que se modifica el Reglamento (UE) número 1305/2013, (UE), que prorroga el período de duración de los programas financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

Visto que la presente orden foral cuenta con el informe favorable del director del Servicio de Agricultura y de la Autoridad de Gestión del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020, del Comité de seguimiento del PDR, y vistas las disponibilidades presupuestarias.

A la presente orden foral le es de aplicación la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Convocatoria de ayudas para el año 2022.

1.1. Se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas al apoyo a las actividades de formación profesional y adquisición de competencias para el año 2022.

1.2. Para esta convocatoria serán de aplicación además de las normas previstas en la presente orden foral, las contenidas en la Orden Foral 318/2016, de 8 de septiembre, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se establecen las normas que regulan las ayudas a las actividades de formación profesional y adquisición de competencias para el periodo 2016-2020, modificada por la Orden Foral 182/2017, de 8 de junio, por la Orden Foral 88/2018, de 22 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la Orden Foral 155/2019, de 18 de junio, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y por la Orden Foral 180/2020, de 22 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

2.º Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas para el año 2022 finalizará en el plazo de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º De conformidad con el artículo 19 de la Orden Foral 318/2016, de 8 de septiembre, las entidades a que hace referencia el artículo 3 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, estarán sujetas a las normas de transparencia, cuando perciban, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones en una cuantía superior a 20.000 euros, o cuando las ayudas o subvenciones percibidas representen al menos el 20% del total de sus ingresos anuales, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

A estos efectos, se aprueba el modelo sobre la obligación de declaración de transparencia, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

http://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/001_Transparencia_C.pdf

4.º Créditos presupuestarios.

Se autoriza un gasto de 200.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria equivalente a la partida 710000 71200 4400 412109 “PDR FEADER 2014-2020. Actividades de Formación” del Presupuesto de Gastos de 2022 y que a tal efecto se habilite en el Presupuesto de Gastos del 2023, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, para atender los compromisos derivados de esta orden foral.

5.º Registro de la convocatoria de subvenciones.

Se ordena el registro de la presente orden foral en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).

6.º Recursos.

Contra la presente convocatoria de ayudas cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 6 de mayo de 2022.–La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez López.

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