BOLETÍN Nº 97 - 19 de mayo de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

Tafalla

Corrección de errores de la Convocatoria para la provisión, mediante concurso de ascenso de categoría, de una plaza de agente primero de la Policía Municipal

Acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tafalla de fecha 26 de abril de 2022, por el que se corrige el error advertido en la base número 3.1. apartado a), de la convocatoria para la provisión, mediante concurso de ascenso de categoría, de una plaza de agente primero de la Policía Municipal de Tafalla.

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento del Ayuntamiento de Tafalla 22 de marzo de 2022, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso de ascenso de categoría, de una plaza de agente primero de la Policía Municipal. Las bases de dicha convocatoria fueron publicadas en el Boletín Oficial de Navarra número 75, de fecha 19 de abril de 2022.

En la base número 3.1 apartado a), donde se recoge que las personas aspirantes deberán reunir entre otros el requisito de tener una antigüedad mínima de tres años, desde la fecha de la toma de posesión, en el empleo de agente primero o agente primera del Cuerpo de esta localidad, debe señalarse como empleo el de policía.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”.

Visto el dictamen de la Comisión de Seguimiento y Control de esta fecha, y en su virtud, la Junta de Gobierno Local,

ACUERDA:

Primero.–Corregir el error advertido en la base número 3.1. apartado a), de la convocatoria para la provisión, mediante concurso de ascenso de categoría, de una plaza de agente primero de la Policía Municipal de Tafalla, sobre los requisitos de las personas aspirantes, de la siguiente forma:

Donde dice:

“a) Tener una antigüedad mínima de tres años, desde la fecha de la toma de posesión, en el empleo de agente primero o agente primera del Cuerpo de esta localidad”.

Debe decir:

“a) Tener una antigüedad mínima de tres años, desde la fecha de la toma de posesión, en el empleo de policía al servicio de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Tafalla”.

Segundo.–Abrir un nuevo plazo de presentación de instancias de participación de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Ordenar la publicación de presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Trasladar la presente resolución a los miembros del Tribunal, a la Jefatura de Policía Municipal de Tafalla y a la unidad de personal del Ayuntamiento de Tafalla, a los efectos oportunos.

Quinto.–Contra el presente acuerdo podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Tafalla en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Tafalla, 2 de mayo de 2022.–El alcalde, Jesús M.ª Arrizubieta Astiz.

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