BOLETÍN Nº 94 - 16 de mayo de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BARAÑÁIN

Servicios mínimos ante la convocatoria de huelga de los centros de educación infantil

Resolución número 476/2022, de 28 de abril, de la alcaldesa del Ayuntamiento de Barañáin por la que se proceden a determinar los servicios mínimos y el personal preciso para la atención de los mismos, ante la convocatoria de huelga de las Escuelas Infantiles prevista para el día 2 de mayo de 2022 desde las 07:00 horas de la mañana del citado día y con duración indefinida.

Doña María Lecumberri Bonilla, alcaldesa presidenta del M. I. Ayuntamiento de Barañáin,

Antecedentes de hecho

Vista la convocatoria de huelga de las Escuelas infantiles prevista para el día 2 de mayo de 2022 desde las 07:00 horas de la mañana del citado día y con duración indefinida, conforme a la convocatoria de la misma presentada por instancia en el registro del Ayuntamiento de Barañáin en fecha trece de abril de dos mil veintidós con número de registro 3040 presentada por doña Lucía Sesma Vallés en nombre del Comité de Empresa, y dado el carácter público y susceptible de protección de algunos de los servicios que son prestados por este ayuntamiento, como es el de las Escuelas Infantiles, siendo necesaria la adopción de medidas dirigidas a evitar perjuicios irreparables a la ciudadanía, se procede a determinar los servicios mínimos.

Ello, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 21.1 s) y 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme al cual los municipios son competentes a la hora de prestar los servicios mínimos en las materias fijadas en el artículo citado, siendo el artículo 26 del mencionado cuerpo legal el que recoge el catálogo de estos servicios básicos municipales.

Así, en atención a lo dispuesto en la normativa sobre el ejercicio del derecho de huelga contenida en el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, en el cual se habilita a la autoridad competente, a adoptar medidas necesarias para garantizar el funcionamiento de la prestación del servicio público.

El Ayuntamiento de Barañáin considera que en aras al establecimiento de unos servicios mínimos que representen un punto de equilibrio entre el derecho de huelga de los trabajadores y el derecho a la educación afectado por la misma, esta alcaldía considera que debe garantizarse el derecho fundamental protegido a la educación, en el centro de educación infantil de castellano y en el centro de educación infantil de euskera de Barañáin, estableciéndose las medidas que a continuación se expresan:

En relación con los centros de educación infantil, dependientes del Ayuntamiento de Barañáin, se establece como servicios mínimos a fin de garantizar la prestación del servicio público ofertado, un responsable de dirección y estudios y dos personas docentes por cada tres unidades en Educación Infantil.

Visto el informe jurídico de la Asesora Jurídica del Ayuntamiento de Barañáin, en relación a la determinación de los servicios mínimos esenciales para garantizar los servicios básicos municipales.

A la vista de lo anterior y, en ejercicio de las facultades atribuidas legalmente a esta alcaldía,

HE RESUELTO:

Primero.–Declarar esencial el servicio que garantice el derecho a la educación en el Centro de Educación Infantil de castellano y de euskera de 0 a 3 años de titularidad del Ayuntamiento de Barañáin.

Segundo.–Establecer las siguientes garantías precisas (servicios mínimos) para asegurar el mantenimiento del servicio esencial a la educación en el Centro de Educación Infantil de castellano y de euskera de 0 a 3 años de titularidad del Ayuntamiento de Barañáin, conciliándolo con la obligación de asegurar la atención a los niños que van a permanecer en las dependencias el día 2 de mayo de 2022 y demás días que fuera preciso, con ocasión de la convocatoria de huelga general en el citado centro.

Tercero.–La motivación de la adopción de la presente resolución de fijación de servicios mínimos en la Escuela Infantil Municipal I y II de 0 a 3 años de titularidad del Ayuntamiento de Barañáin centro público de titularidad municipal, es la siguiente:

–Atención adecuada del derecho a la educación de los niños/as matriculados en el centro de referencia, con garantía de su vigilancia, alimentación y seguridad, debido a su corta edad.

–Se restringe al mínimo necesario el personal del centro necesario para garantizar la atención a los niños y niñas, incluyendo educación, comedor y limpieza.

–La proporcionalidad de la medida y la necesidad de garantizar el derecho a la educación y atención a los menores que acudirán al centro, llevan a establecer el siguiente personal necesario durante la jornada del día 2 de mayo de 2022 y durante aquellas jornadas a las que se prolongue la huelga, en su jornada laboral habitual: un responsable de dirección y estudios y dos personas docentes por cada tres unidades en Educación Infantil.

Cuarto.–Comunicar la presente resolución a la Dirección de la Escuela Infantil Municipal II / Udalaren Haur Eskola II con domicilio en calle Ronda Cendea de Cizur, 54 y a la Dirección de la Escuela Infantil Municipal I / Udalaren Haur Eskola I Avenida del Ayuntamiento, 2 para que adopte las medidas necesarias para que se cumpla lo establecido en la presente resolución, con las siguientes indicaciones:

–El centro deberá perfectamente limpio y desinfectado, adoptando las medidas precisas y necesarias por el covid-19.

–Se descontará de la nómina la parte proporcional correspondiente a las personas que ejerzan su derecho a la huelga, y que por tanto no trabajen en el centro los días de huelga. Por ello, se solicitará a la Dirección de la Escuela Infantil Municipal II / Udalaren Haur Eskola II y a la Dirección de la Escuela Infantil Municipal I / Udalaren Haur Eskola I notifiquen al día siguiente de la huelga, al Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Barañáin la identificación de las personas trabajadores/as que se han acogido a su derecho a la huelga.

–El centro deberá comunicar la situación que se va a prestar el servicio y las medidas adoptadas a los usuarios del servicio.

Quinto.–Comunicar la presente resolución a la representación de los trabajadores a los efectos oportunos, así como a la autoridad laboral de la Comunidad Foral de Navarra y al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, dando cuenta de la misma al Pleno dela corporación en la primera sesión ordinaria que este celebre.

Barañáin, 28 de abril de 2022.–La alcaldesa-presidenta, María Lecumberri Bonilla.

Código del anuncio: L2206284