BOLETÍN Nº 92 - 12 de mayo de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 137E/2022, de 2 de mayo, de la consejera de Salud, por la que se establecen los servicios mínimos esenciales prestados por terceros para establecimientos sanitarios, ante la convocatoria de huelga legal los días 3 y 4 de mayo de 2022.

El Comité de empresa ha comunicado con fecha 27 de abril de 2022 al Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial del Gobierno de Navarra, la convocatoria de una huelga legal el día 3 de mayo de 2022, con carácter de paro total de la actividad entre las 6:00 horas del día 3 y las 6:00 horas del día 4 de mayo de 2022.

El derecho de huelga reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución debe ser compatibilizado con las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la Comunidad, sin que ello suponga vaciar el contenido del ejercicio de aquél, según interpretación dada al citado precepto por parte de la jurisprudencia tanto ordinaria como constitucional.

Ante la convocatoria de huelga, la determinación de los servicios mínimos fijados se justifica en la necesidad de que el derecho de huelga sea compatible con el correcto funcionamiento de los servicios sanitarios. Para su determinación se atiende básicamente, al carácter ineludible de tales servicios en orden a preservar la atención debida a los ciudadanos antes situaciones de necesidad de carácter sanitario. Estas consideraciones justifican la consideración de tales servicios como esenciales y motivan, por tanto, la necesidad de su cobertura plena durante el desarrollo de la huelga convocada.

En este caso, el servicio afectado por la huelga es el lavado de la ropa y, por tanto, repercute tanto en el personal de los centros sanitarios (uniformidad), como en los propios pacientes (pijamas y ropa de cama). Entendiendo que se trata de una actividad asistencial inaplazable, se considera que los servicios mínimos para este Departamento de Salud deben ser del 100% de la actividad, con independencia del personal que establezca la empresa, como necesario para el desarrollo de esta actividad.

En su virtud, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, competencia que en el caso presente debe ser ejercitada por la Comunidad Foral en virtud de las competencias asumidas conforme a lo dispuesto en los artículos 53 y 58.1.b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y en el artículo 41 de la Ley 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1. El ejercicio de la huelga legal convocada para los días 3 y 4 de mayo de 2022, desde las 06:00 horas del 3 de mayo, hasta las 06:00 horas del día 4 de mayo, se llevará a efecto respetando el mantenimiento de los servicios mínimos esenciales que se determinan a continuación:

1.1. Los servicios mínimos esenciales a mantener por los servicios prestados por terceros para centros y establecimientos sanitarios del Departamento de Salud –en concreto el servicio de lavado de ropa–, se realizarán al 100%.

2. Los servicios esenciales recogidos en el apartado 1 de la presente orden foral se prestarán por el personal designado para su realización en las empresas afectadas, considerándose ilegal el quebrantamiento o alteración de los mismos e incurriendo en responsabilidad quienes los incumplan.

3. Lo dispuesto en los artículos anteriores no implicará limitación alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación.

4. Notificar la presente orden foral al Comité de Huelga, al representante de la empresa Elis Manomatic, S. A. Don Guillermo Puig Carrasco, a la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas y al Servicio de Trabajo del Departamento de Desarrollo Económico, a los efectos oportunos.

5. Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.

6. Señalar que contra la presente orden foral, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 2 de mayo de 2022.–La consejera de Salud, Santos Induráin Orduna.

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