BOLETÍN Nº 88 - 6 de mayo de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CASCANTE

Establecimiento de servicios mínimos ante la convocatoria
de huelga del personal de la Escuela Infantil Coloretes

Por resolución de alcaldía de Cascante de fecha 27 de abril de 2022, se ha adoptado el acuerdo siguiente:

Primero.–El ejercicio del derecho de huelga de las trabajadoras de la empresa María Cristina S. I., adjudicataria del contrato de gestión del servicio de la Escuela Infantil Coloretes, se llevará a cabo respetando el mantenimiento de los servicios mínimos esenciales que se determinan a continuación:

–1 tutor o tutora por cada unidad.

–La dirección del centro.

–1 auxiliar de comedor.

Segundo.–Los servicios esenciales recogidos en el artículo anterior se prestarán por el personal de servicios mínimos que sea designado por la empresa gestora del servicio María Cristina S. I. a través de su dirección, oída la representación sindical.

Tercero.–La no prestación del servicio o cualquier alteración de este por parte del personal designado para el mantenimiento de los servicios mínimos que determina el número primero, se considerará ilegal a todos los efectos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, incurriendo en responsabilidad quienes incumplieren o produjeran la misma.

Asimismo, incurrirá en las responsabilidades contractuales que procedan la empresa María Cristina S. I. que presta el servicio de la Escuela Infantil Coloretes, en caso de incumplimiento de los servicios mínimos determinados en la presente resolución.

Cuarto.–Lo dispuesto en los apartados anteriores no implicará limitación alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación.

Quinto.–Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cascante y su notificación a la empresa María Cristina S. I., dando cuenta de esta al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que este celebre.

Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, cabe la interposición de los siguientes recursos:

1.–Recurso de reposición potestativo ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.–Recurso potestativo de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre, de desarrollo parcial de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en materia de impugnación de los actos y acuerdos de las entidades locales de Navarra.

3.–O bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Cascante, 27 de abril de 2022.–El alcalde-presidente, Alberto Añón Jiménez.

Código del anuncio: L2205958