BOLETÍN Nº 81 - 27 de abril de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 227E/2022, de 17 de marzo, del director general de Medio Ambiente, por la que se formula informe ambiental estratégico de la “Modificación del Plan General Municipal de Estella/Lizarra. Ampliación del camping Lizarra”, promovida por Seirak Bat, S.L.

La modificación ha sido aprobada inicialmente del Ayuntamiento de Estella/Lizarra con fecha 7 de octubre de 2021, y sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 281, de 16 de diciembre de 2021.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se trata de una modificación menor, sometida a evaluación ambiental estratégica simplificada.

El objeto de la modificación es incorporar la parcela 238 del polígono 5 al ámbito del camping, con el que resulta colindante. La propuesta plantea definir nuevos espacios como aparcamientos, zonas verdes y deportivas o alojamientos múltiples, que den respuesta a las nuevas demandas y al nuevo contexto generado por la pandemia COVID-19. Para ello, propone modificar la clasificación de la parcela, pasando de suelo no urbanizable de preservación de valor para su explotación natural a suelo de valor ambiental “elementos de interés municipal. Camping”. Al quedar incluida en el ámbito del camping, el régimen de protección se regirá por el artículo 59.3 de la normativa del Plan Municipal de Estella.

La parcela cuenta con una superficie total de 1,5 ha, que se ubica al norte del camping. La ordenación tiene un carácter orientativo, quedando su ejecución sujeta a la correspondiente autorización territorial. Si bien el documento ambiental establece que las futuras actuaciones incluirán un apartado de integración y restauración ambiental y paisajística. Resultando estas condiciones vinculantes e incluidas en el artículo 59.3 de la normativa particular. Se prevé la ampliación del camping en franjas aterrazadas que permitan una mayor integración en el terreno y en el paisaje, los desniveles se resolverán mediante pequeños taludes y vegetación propia de la zona y no se prevé la impermeabilización del suelo.

Desde el punto de vista ambiental, se trata una parcela agrícola con retazos de olivares con pastos en su extremo noreste y una pequeña franja arbolada en el límite con la parcela 236 del polígono 5. La modificación no genera afecciones ambientales significativas si bien su integración ambiental y paisajística precisa de la aplicación de las medidas previstas en el anexo 3.

El Servicio de Biodiversidad informa del procedimiento de evaluación ambiental y emite informe favorable.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula informe ambiental estratégico de la “Modificación del Plan General Municipal de Estella/Lizarra. Ampliación del camping Lizarra”, promovida por Seirak Bat, S.L., considerando que no tiene efectos ambientales significativos y que son de aplicación las medidas previstas en el anexo 3.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta resolución, a la Sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Estella/Lizarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de marzo de 2022.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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