BOLETÍN Nº 8 - 13 de enero de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 95/2021, de 11 de diciembre, de la directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el Proyecto “Parque Eólico las Llanas de Codés 1.ª fase Azuelo”.

Por Acuerdo de 17 de junio de 1996, del Gobierno de Navarra, se aprobó definitivamente el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Infraestructuras de producción de energía eólica en Navarra, promovido por Energía Hidroeléctrica de Navarra, S. A., en el mismo se incluía el denominado Parque Eólico Codés 1.ª fase.

Por Acuerdo de 5 de junio de 2000, del Gobierno de Navarra se aprobó definitivamente la revisión del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Determinación de Infraestructuras de Producción de Energía Eólica de Navarra que modificó y autorizó la actuación denominada Las Llanas de Codés (antes, Codés 1.ª fase y 2.ª fase).

El Parque Eólico las Llanas de Codés, se compone de los siguientes parques eólicos diferenciados:

–PE las Llanas de Codés-1.ª fase-Aguilar: con 52 aerogeneradores.

–PE las Llanas de Codés-1.ª fase-Azuelo: con 43 aerogeneradores.

–PE las Llanas de Codés-2.ª fase-Aras: con 22 aerogeneradores.

El 30 de marzo de 2005 por el Servicio de Seguridad Industrial se emitió acta de comprobación y autorización de puesta en marcha del Parque Eólico las Llanas de Codés 1.ª fase-Azuelo, con 43 aerogeneradores.

El titular de dicho Parque era la sociedad Energía Hidroeléctrica de Navarra, S. A. (EHN, S. A.).

Corporación Energía Hidroeléctrica de Navarra, S. A. resultó ser beneficiaria de la escisión parcial por segregación del patrimonio de EHN, S. A. Posteriormente, se produjo un cambio en la denominación de la citada sociedad adoptando la denominación de Acciona Energía, S. A., actual titular del Parque Eólico las Llanas de Codés, 1.ª fase-Azuelo.

La parcela 395 del polígono 1 del término municipal de Aguilar de Codés, afectada por el citado parque eólico fue adquirida mediante título de compraventa de fecha 8 de enero de 2001 suscrito por la sociedad EHN.

Mediante Sentencia número 21/2021, de 15 de febrero, del Juzgado de Primera instancia número 4 de Pamplona, se declaró que Acciona Energía, S. A. no era propietaria de la parcela 395 del polígono 1 sita en Aguilar de Codés, parcela en la que se encuentra situado el aereogenerador A1.6 perteneciente al Parque Eólico las Llanas de Codés 1.ª fase-Azuelo, y se ordenó reponer dicha parcela a sus propietarios declarados en la citada sentencia.

Por ello, Acciona Energía, S. A., ha solicitado, de conformidad con lo previsto en los artículos 17 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa y artículo 5 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, la incoación del expediente de expropiación, con carácter de urgencia, de los bienes y derechos necesarios consistentes en la parcela 395 del polígono 1 del término municipal de Aguilar de Codés.

A la vista de lo cual procede, conforme a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el aerogenerador A1.6 del Parque Eólico las Llanas de Codés 1.ª fase-Azuelo.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el Parque Eólico las Llanas de Codés 1.ª fase-Azuelo situado en el término municipal de Aguilar de Codés, que se adjuntan como anexo, al objeto de que, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra, cualquier persona pueda presentar cuantas alegaciones estime oportunas.

Las alegaciones se presentarán preferiblemente de manera telemática a través del Registro General Electrónico o través de cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá examinarse el expediente en las dependencias de la Sección de Régimen Jurídico de Industria, Energía y Minas del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, sitas en Parque Tomás Caballero 1, 4.ª planta, de Pamplona/Iruña.

2. Notificar esta resolución a Acciona Energía, S. A., advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente (que figura en el encabezado a continuación de Referencia: Expte.).

3. Publicar esta resolución y su anexo en el Boletín Oficial de Navarra, en un diario de la Comunidad Foral y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aguilar de Codés.

Pamplona, 11 de diciembre de 2021.–La directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3, Uxue Itoiz Mariñelarena.

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados

N.º

PROPIETARIO

DATOS CATASTRALES

USO

LUGAR

AFECCIONES (m²)

Nombre y apellidos

Domicilio

Pol.

Parc.

Término municipal

Pleno dominio

Servidumbre de vuelo

Servidumbre de paso

Otras afecciones

Zapata

Plataforma

Visibles

Zanjas

Protección eólica (P.E.)

1

María Delia Zurbano Zufiaurre

-

1

395

Aguilar de Codés

Pastos

El Espinal, Aguilar de Codés (Navarra)

1382,00

181,20

1321,30

1092,55

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