BOLETÍN Nº 76 - 20 de abril de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 82/2022, de 5 de abril, de la directora general de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica por la que se incoa el procedimiento para la declaración de la Comunidad Foral de Navarra como heredera abintestato de Félix Sembroiz Sembroiz (GP 2020179).

Mediante escritos de 26 de noviembre de 2020 y de 21 de marzo de 2022, se comunicó al Servicio de Patrimonio la existencia de una vivienda propiedad de Félix Sembroiz Sembroiz fallecido sin herederos conocidos y solicitando que la Comunidad Foral de Navarra se declarara sucesora legal a falta de otros herederos de mejor derecho.

La Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra, en su artículo 24.5 dispone que la sucesión legal a favor de la Comunidad Foral de Navarra se regirá por la presente Ley Foral, las normas de Derecho Civil Foral de Navarra y por las normas complementarias o reglamentarias que resulten de aplicación.

Por su parte, la Ley 300 de la Compilación de Derecho Civil Foral o Fuero Nuevo de Navarra indica que la sucesión legal tiene lugar siempre que no se haya dispuesto válidamente de toda la herencia o parte de ella por testamento, por pacto sucesorio o por cualquier otro modo de deferirse la sucesión conforme a esta Compilación.

La Ley 304 el Fuero Nuevo establece el orden de sucesión legal en bienes no troncales, determinando en sus números 1 al 5 los sucesivos llamamientos y prescribiendo, en su número 6, que “en defecto de los parientes comprendidos en los números anteriores, sucederá la Comunidad Foral de Navarra, la cual, tras proceder a la liquidación de los bienes y derechos de la herencia, la destinará a fines de interés social, incrementando la dotación presupuestaria que para estos fines se prevea en los Presupuestos Generales de Navarra”. Asimismo, la Ley 307 determina los parientes llamados a suceder en bienes troncales, estableciendo en su último párrafo que “en defecto de estos parientes la sucesión se deferirá conforme a la Ley 304”.

Don Félix Sembroiz Sembroiz nació en Leache (Navarra), el día 16 de abril de 1926 y falleció en el Hospital Virgen del Camino de Pamplona el día 17 de marzo de 2014. Su último domicilio conocido fue en la Residencia San José, calle Domingo Ellizondo 9 de Aoiz.

Los bienes identificados hasta el momento como pertenecientes al fallecido, sin perjuicio de los que sobrevenidamente pudiesen descubrirse, son los siguientes:

–Calle Irigarai Auzoa 11 Bajo, garaje, de Aoiz, con valor catastral de 4.181.94 euros.

–Calle Irigarai Auzoa 11 3.º D, vivienda, de Aoiz, con valor catastral de 42.762,08 euros.

–Seguro de vida número de póliza 9690248978601-006900000028219-AFI001 en Vida Caixa SA, de Seguros y Reaseguros/vida.

Constan en el expediente los certificados de empadronamiento y defunción y el del Registro de Actos de Última Voluntad del causante del que resulta otorgó testamento de hermandad, siendo su esposa su única y universal heredera, que le premurió, sin posterior designación de herederos. Por ello, tras haber realizado las pertinentes averiguaciones tanto en el Ayuntamiento de Aoiz como en la Delegación del Gobierno en Navarra, con resultado negativo, al no tener constancia de la existencia de ningún pariente, procede iniciar el procedimiento administrativo dirigido a declarar la condición de heredera abintestato de la Comunidad Foral de Navarra.

En consecuencia, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 24.5 de la Ley Foral 14/2007 del Patrimonio de Navarra, y en ejercicio de la competencia que tengo atribuida por el artículo 8 del Decreto Foral 264/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica general del Departamento de Economía y Hacienda,

RESUELVO:

1.º Incoar el procedimiento para la declaración de la Comunidad Foral de Navarra como heredera abintestato de Félix Sembroiz Sembroiz.

2.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Navarra y remitirla al Ayuntamiento de Aoiz para su publicación y exposición en el tablón de anuncios durante el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 apartado 6 de la Ley 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra.

3.º Abrir un plazo de un mes durante el cual cualquier persona interesada podrá presentar alegaciones o aportar los documentos u otros elementos de juicio que considere convenientes, que se podrán dirigir a la Sección de Gestión Jurídica del Patrimonio del Servicio de Patrimonio del Departamento de Economía y Hacienda.

4.º Trasladar la presente resolución a la Sección de Gestión Jurídica del Patrimonio del Departamento de Economía y Hacienda.

Pamplona, 5 de abril de 2022.–La directora general de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica, Begoña Urrutia Juanicotena.

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