BOLETÍN Nº 73 - 12 de abril de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 72/2022, de 24 de marzo, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se actualizan las cuantías de los elementos de las ayudas extraordinarias de inclusión social para el año 2022.

El artículo 12 de la Orden Foral 442/2020, de 28 de diciembre, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se desarrolla el procedimiento de valoración y concesión de las Ayudas Extraordinarias de Inclusión Social, establece que, para la actualización de las cuantías fijadas en esa Orden Foral, se utilizará el incremento de IPC medio del año anterior.

Visto el informe del Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo proponiendo actualizar para el año 2022 las cuantías de las Ayudas Extraordinarias de Inclusión Social, aplicando un incremento del 3,4% sobre las cuantías actuales.

En consecuencia, vista la conformidad de la Intervención Delegada y en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta y Presidente,

ORDENO:

1.º Actualizar las cuantías de los elementos de las Ayudas Extraordinarias de Inclusión Social aplicando un incremento del 3,4%, quedando fijadas las siguientes cuantías máximas a admitir:

Para elementos específicos para la habitabilidad: frigorífico 414 euros, lavadora, cocina, calentador y estufa 393 euros respectivamente, caldera calefacción y agua caliente 1.344 euros.

Para elementos de equipamientos básico el siguiente mobiliario de primera necesidad: Para dormitorio doble: Somier 150x190 103 euros, colchón 150x190 207 euros y armario 259 euros. Para dormitorio individual: Somier 90x190 83 euros, colchón 103 euros y cama nido, literas y armario 207 euros respectivamente. Sofá 259 euros. Mesa más sillas (de salón o de cocina, a elegir) 207 euros. Mobiliario que suponga acceso a una cocina funcional/útil 517 euros.

2.º Contra la presente orden foral, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.º Trasladar esta orden foral al Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo, al Centro Contable de la Sección de Gestión Presupuestaria y al Negociado de Asuntos administrativos de la Secretaría General Técnica.

4.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 24 de marzo de 2022.–La consejera de Derechos Sociales, M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

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