BOLETÍN Nº 70 - 7 de abril de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 33/2022, de 25 de marzo, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se amplía el plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuya fecha de finalización debería ser el 20 de abril de 2022.

La normativa propia de cada impuesto establece los plazos de presentación y de pago de sus correspondientes declaraciones y autoliquidaciones. Con carácter general, el período fijado para la presentación de las declaraciones y autoliquidaciones, y, en su caso, del ingreso de los importes resultantes de ellas, relativas al primer trimestre es el de los primeros veinte días naturales del mes de abril. Así sucede también en el caso del periodo correspondiente al mes de enero para algunos Impuestos Especiales.

La Orden Foral 114/2021, de 18 de octubre, de la consejera de Economía y Hacienda, modificó la Orden Foral 80/2008, de 23 de abril, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra en materia de domiciliación bancaria de pagos relativos a determinadas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones tributarias, para permitir la domiciliación de pago durante todo el periodo voluntario. Para ello se eliminó la restricción existente en los tres últimos días hábiles del período voluntario de pago, admitiéndose para las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones que se presenten a partir del 1 de febrero de 2022 las órdenes de domiciliación comunicadas a la Hacienda Foral de Navarra dentro de todo el periodo voluntario de pago.

De acuerdo con lo anterior, el primer trimestre en que va a resultar posible domiciliar el pago hasta el último día de plazo de presentación de las autoliquidaciones es el primer trimestre de 2022, siendo ese último día de plazo el 20 de abril de 2022. Esta novedad, que implicará probablemente un aumento de las autoliquidaciones que se presenten el último día de plazo, se une a la circunstancia de la cercanía de la Semana Santa.

Por todo ello se ha considerado oportuno ampliar, con carácter excepcional, el plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones cuya fecha de finalización debería ser el 20 de abril de 2022, hasta el 25 de abril de 2022.

En consecuencia, haciendo uso de las habilitaciones que tengo conferidas,

ORDENO:

Artículo único.–Ampliación del plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuya fecha de finalización debería ser el 20 de abril de 2022.

Se amplía el plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyo plazo termina el día 20 de abril de 2022, trasladándose la fecha de su finalización al día 25 de abril de 2022.

Disposición final única.

La presente orden foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, con los efectos en ella previstos.

Pamplona, 25 de marzo de 2022.–La consejera de Economía y Hacienda, Elma Saiz Delgado.

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