BOLETÍN Nº 70 - 7 de abril de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 62/2022, de 23 de marzo, de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se corrige el error advertido en el anexo V de la Resolución 324/2021, de 2 de diciembre, de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se aprueba el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros pueda adquirir nuevas especialidades en el citado Cuerpo.

Mediante Resolución 324/2021, de 2 de diciembre, de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, se aprueba el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera del Cuerpo de maestros pueda adquirir nuevas especialidades en el citado Cuerpo.

Mediante Resolución 343/2021, de 29 de diciembre, de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, se corrigen los errores advertidos en los anexos IV y V. La corrección del anexo V hace referencia a los elementos que se deben incluir en la programación didáctica.

En el anexo V de la Resolución 324/2021, de 2 de diciembre, de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, se ha advertido un error que puede llevar a confusión a las personas aspirantes en la realización de la defensa de la unidad didáctica para la Etapa de Educación Infantil, ya que, por error, lo que se dice en el párrafo a corregir es contradictorio con lo que se dice en el anterior referente a las programaciones, y modificado por la Resolución citada en el párrafo anterior.

De acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”

Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones delegadas por la Resolución 208/2019, de 28 de noviembre, de la directora general de Recursos Educativos del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Corregir el error advertido en el anexo V de la Resolución 324/2021, de 2 de diciembre, de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se aprueba el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros pueda adquirir nuevas especialidades en el citado Cuerpo, en el siguiente sentido:

En el anexo V, punto 3, donde dice:

“3. Unidad didáctica:

En la elaboración de la unidad didáctica deberán establecerse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con la misma, los contenidos, criterios de evaluación, actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear, aspectos metodológicos y organizativos, procedimientos e instrumentos de evaluación, así como su vinculación con el desarrollo de las competencias. Además, en Educación Primaria, se tendrán en cuenta tanto los estándares de aprendizaje evaluables como los criterios de calificación”.

Debe decir:

“3. Unidad didáctica:

En la elaboración de la unidad didáctica deberán establecerse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con la misma, los contenidos, criterios de evaluación, actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear, aspectos metodológicos y organizativos, procedimientos e instrumentos de evaluación. Además, en la Etapa de Educación Primaria, se tendrán en cuenta tanto los estándares de aprendizaje evaluables como los criterios de calificación, así como su vinculación con el desarrollo de las competencias”.

2.º Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente resolución a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, a la Sección de Procedimientos de Selección del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, al Servicio de Régimen Jurídico de Personal, al Tribunal Coordinador, a los efectos oportunos, indicando a las personas interesadas que contra la misma pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 23 de marzo de 2022.–La directora del Servicio de Selección y Provisión, Amalia Cuartero Arteta.

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