2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
VALLE DE EGÜÉS
Plan de Inspección Tributaria 2022-2024 y ejercicios anteriores no prescritos
La Alcaldesa del Ayuntamiento Valle de Egüés resolvió el día 13 de diciembre de 2021 la aprobación del Plan de Inspección Tributaria para los años 2022-2024 (y los ejercicios anteriores no prescritos). De conformidad con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Foral 13/2000 General Tributaria se procede a la publicación de los criterios generales que informan dicho plan:
Criterios generales:
1.º Control del cumplimiento de obligaciones tributarias y de comprobación de valores, a efectos de detectar el fraude fiscal y regularizarlo eficazmente.
2.º Detección del fraude fiscal de todos los tributos municipales, a excepción del impuesto de actividades económicas que debe ser objeto de un plan de inspección específico, con especial interés y dedicación en la tasa por utilización privativa del dominio público.
3.º Comprobación e investigación del adecuado cumplimiento por los obligados tributarios de sus obligaciones y deberes para con la Hacienda Pública Local.
4.º Verificación de la totalidad de la situación tributaria del obligado tributario, en relación con cualquier recurso de la Hacienda Local, o en su caso en relación con uno o varios tributos.
5.º Realización, en materia de gestión, de labores de gestión tributaria de comprobación e investigación; procedimientos de comprobación limitada o de comprobación de valores a través de procesos de tasación pericial contradictoria, en el caso de que procediera.
6.º Comprobación de la exactitud y veracidad de los hechos y circunstancias de cualquier naturaleza consignados por los obligados tributarios en cuantas declaraciones y comunicaciones se exijan para cada tributo.
7.º Investigación de la posible existencia de elementos de hecho y otros antecedentes con trascendencia tributaria que sean desconocidos total o parcialmente por la Administración.
8.º Determinación, en su caso, de la exactitud de las operaciones de liquidación tributaria practicadas por los obligados tributarios y establecimiento de la regularización procedente de su situación tributaria.
9.º Obtención de información para el conocimiento de los datos o antecedentes de cualquier naturaleza que obren en poder de una persona o entidad y tengan trascendencia tributaria.
10.º Fomento e intensificación de la actuación de comprobación e investigación a fin de generalizar el tributo, haciendo más efectiva la gestión tributaria en orden a la justicia e igualdad del ciudadano ante el tributo y aumentar en lo posible los derechos liquidados y recaudados.
Valle de Egüés- Eguesibar, 17 de diciembre de 2021.–La alcaldesa, Amaya Larraya Marco.
Código del anuncio: L2117853