2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
CORELLA
Aprobación definitiva de la modificación de tasas y tipos impositivos para 2022
El Pleno del Ayuntamiento de Corella, en sesión celebrada el día 14 de octubre de 2021, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de modificación de tasas y tipos impositivos para el ejercicio 2022, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 251, de 2 de noviembre de 2021.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, reparos u observaciones, ha quedado definitivamente aprobada dicha modificación, por lo que se procede a publicar el texto íntegro de la misma.
Corella, 20 de diciembre de 2021.–El alcalde, Gorka García Izal.
MODIFICACIÓN DE TASAS Y TIPOS IMPOSITIVOS PARA 2022
–Aprovechamientos especiales.
| IMPORTE (en euros) |
VELADORES |
Año completo | 97,00 por velador |
Temporada de verano, del comienzo de las fiestas del Villar al 13 de octubre | 72,00 por velador |
Temporada invierno, resto del año | 43,50 por velador |
Días sueltos de labor y festivos, fiestas del Villar y San Miguel | 2,10 por velador y día |
1.ª Cuando se instalen elementos o estructuras que permitan el cerramiento de la zona objeto de aprovechamiento, se recargarán las tarifas previstas en un 15%. 2.ª En caso de que se autoricen elementos de mobiliario (toneles, mesas altas, etc.) sin tener autorización para veladores, la base de gravamen será por elementos instalado y día, computándose como ocupación, la de un velador. |
Venta ambulante mercadillo | 2,80 por metro lineal y día |
Venta ambulante fiestas | 6,50 por metro lineal y día |
Venta chucherías y similares: |
–Fiestas de San Miguel | 157,00 por metro lineal |
–Fiestas del Villar | 52,00 por metro lineal |
Kioscos | 152,00 por temporada |
Otros aprovechamientos | 0,12 por metro cuadrado y día |
–Cementerio.
| IMPORTE (en euros) |
Enterramiento en nichos vacío y panteón | 29,50 |
Enterramiento en nicho ocupado | 59,00 |
Enterramiento en tierra | 59,00 |
Traslado restos | 59,00 |
Enterramiento columbario | 11,00 |
Depósito urna en nicho o panteón | 30,00 |
–Tramitación y expedición de documentos.
| IMPORTE (en euros) |
Copias planos | 1,00 |
Copias A4 | 0,25 |
Copias A3 | 0,50 |
Certificados | 2,00 |
Cédulas parcelarias | 2,00 |
Compulsas | 1,00 |
Envío y recepción de fax | 0,90 |
Duplicados títulos nichos | 2,00 |
Duplicados carnet deportivo | 3,50 |
Listados ordenador | 0,90 |
Reexpedición de documentos | 1,90 |
Expedición informes atestados sobre accidentes en los que intervenga o haga acto de presencia la Policía | 40,00 |
Expedición informes Policía | 6,60 |
Expedición tarjetas de armas | 6,10 |
Expedición licencias para tenencia de animales peligrosos | 10,50 |
Duplicado licencia para tenencia de animales peligrosos | 5,50 |
Autenticación de firma | 1,90 |
Copias a color | 0,45 |
–Inscripción parejas estables no casadas.
| IMPORTE (en euros) |
Tasa por inscribirse en el Registro Municipal de parejas estables no casadas | 26,50 |
–Celebración de bodas civiles.
| IMPORTE (en euros) |
Tasa utilización salón de plenos | 69,00 |
–Prestación de elementos municipales.
| IMPORTE (en euros) |
MESAS |
–Por mesa y día | 3,00 |
–Fianza por mesa | 30,00 |
SILLAS |
–Por silla y día | 1,50 |
–Fianza por silla | 4,00 |
EQUIPO DE SONIDO GRANDE |
–Por día | 100,00 |
–Fianza por equipo grande | 200,00 |
EQUIPO DE SONIDO PEQUEÑO |
–Por día | 50,00 |
–Fianza por equipo pequeño | 100,00 |
–Licencias actividad clasificada, apertura.
Epígrafe I.–Licencia de actividad, de apertura, variaciones de actividad y ampliaciones |
Los primeros 50 m² | 195,50 |
De 51 a 100 m² | 272,50 |
De 101 a 300 m² | 389,00 |
De 301 a 600 m² | 584,00 |
De 601 a 1.000 m² | 778,50 |
Más de 1.000 m² | |
–Los primeros 1.000 m² | 779,00 |
–Resto por cada 10 m² | 1,95 |
Epígrafe II.–Traspasos de negocio, cambios de nombre o razón social, cambios de titular y actividades inocuas |
Las tarifas a aplicar serán de un 50% de las señaladas en el Epígrafe I |
–Licencias obras y otras actuaciones urbanísticas.
| IMPORTE |
Licencia de obras (mínimo 30 euros) | 0,61% |
Impuesto sobre construcciones instalaciones y obras (2%-5%) | 4,67% |
–Contribuciones.
| IMPORTE |
Contribución urbana | 0,4010% |
Contribución rústica | 0,8000% |
–Impuesto actividades económicas.
| IMPORTE |
Se aplicará recargo de (aplicaremos el máximo) | 40% |
–Impuesto s/incremento valor terrenos.
PERÍODO DE GENERACIÓN | COEFICIENTE | TIPOS DE GRAVAMEN |
Inferior a 1 año | Máximo | 15,00% |
1 año | Máximo | 15,00% |
2 años | Máximo | 15,00% |
3 años | Máximo | 25,00% |
4 años | Máximo | 25,00% |
5 años | Máximo | 25,00% |
6 años | Máximo | 25,00% |
7 años | Máximo | 25,00% |
8 años | Máximo | 25,00% |
9 años | Máximo | 25,00% |
10 años | Máximo | 25,00% |
11 años | Máximo | 25,00% |
12 años | Máximo | 25,00% |
13 años | Máximo | 25,00% |
14 años | Máximo | 25,00% |
15 años | Máximo | 25,00% |
16 años | Máximo | 25,00% |
17 años | Máximo | 25,00% |
18 años | Máximo | 15,00% |
19 años | Máximo | 15,00% |
Igual o superior a 20 años | Máximo | 15,00% |
–Vados (precio por metro lineal y año).
| IMPORTE (en euros) |
Hasta 5 plazas | 52,50 |
De 6 a 10 plazas | 60,50 |
De 11 a 20 plazas | 68,00 |
De 21 a 30 plazas | 78,50 |
De 31 a 40 plazas | 88,00 |
De 41 a 50 plazas | 98,00 |
De 51 a 60 plazas | 112,00 |
De 61 a 70 plazas | 115,00 |
Placa de vado | 14,00 |
–Servicio de grúa.
| IMPORTE (en euros) |
Retirada de vehículos de la vía pública | 100,00 |
Media tasa si se llama a la grúa | 51,50 |
Tasa custodia vehículos diaria (a partir del cuarto día) | 5,70 |
–Canon acotado parcelas comunales.
| IMPORTE (en euros) |
Robo | 4,60 |
–Servicio de Atención Domiciliaria.
RNPC (renta neta per cápita) < SMI (salario mínimo interprofesional) | IMPORTE (Tarifa fijada por Bienestar Social) |
SMI < RNPC < 105% SMI | Tarifa fijada por Bienestar Social |
105% SMI < RNPC < 120% SMI | 0,15 de la tasa por Bienestar Social |
120% SMI < RNPC < 135% SMI | 0,30 de la tasa por Bienestar Social |
135% SMI < RNPC < 150% SMI | 0,45 de la tasa por Bienestar Social |
150% SMI < RNPC < 165% SMI | 0,60 de la tasa por Bienestar Social |
165% SMI < RNPC < 180% SMI | 0,75 de la tasa por Bienestar Social |
180% SMI < RNPC < 195% SMI | 0,90 de la tasa por Bienestar Social |
–Servicio de lavandería.
| IMPORTE (en euros) |
Ingresos inferiores al SMI | 12,90 |
Ingresos superiores al SMI | 18,70 |
–Otros.
| IMPORTE (en euros) |
Préstamo de material ortopédico | 4,50 |
–Escuela de Música.
| IMPORTE (en euros) |
Matrícula | 20,50 por curso |
Lenguaje musical e instrumento | 52,00 al mes |
Sólo lenguaje musical | 20,50 al mes |
Sólo instrumento | 41,50 al mes |
–Se establece con carácter general un descuento en las tasas del 20%, para el segundo y siguientes miembros de la unidad familiar, sobre la tasa que les correspondiera pagar. –Se establece con carácter general un descuento en las tasas del 20%, para aquellos alumnos que se matriculen en un segundo o más instrumentos. |
–Varios.
Canon parcelas Jordana Ontinar | Se incrementará con el IPC |
Tasas del Centro Joven.
DISFRUTE PUNTUAL DE LAS SALAS O SUS RECURSOS |
a) Espacios: por cada hora solicitada de utilización dentro del horario y calendario de apertura del Centro de Creación Joven |
CATEGORÍA 1: Actividades promovidas, organizadas o coorganizadas con sus propios recursos por el M.I. Ayuntamiento y otras Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos | Cesión gratuita |
CATEGORÍA 2: Actividades realizadas u organizadas por: –En colaboración con el Ayuntamiento por jóvenes u otras entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, entidades...). –Administraciones Públicas, mediante contratación, cesión o concierto con entidades no lucrativas | Cesión gratuita |
CATEGORÍA 3: Reuniones de Sindicatos, Cooperativas, Asociaciones de Vecinos, de propietarios o copropietarios, asociaciones gremiales, y otras entidades análogas, no lucrativas, carentes de carácter social | –Sala de informática y usos múltiples: 20 euros a la hora. –Sala de formación, de innovación o exposiciones: 10 euros a la hora |
CATEGORÍA 4: Actividades promovidas, organizadas por: –Administraciones Públicas mediante contratación de empresas con ánimo de lucro. –Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, de carácter social, no pertenecientes a la Administración Pública, homologadas y/o registradas por parte del ámbito institucional correspondiente, por la realización de actividades que impliquen relación económica, laboral o contractual con los profesionales que las desarrollen. –Actividades organizadas o desarrolladas por entidades o personas privadas con ánimo de lucro. –Para uso individual a personas mayores de 30 años | –Sala de informática: toda la sala 21 euros a la hora, uso individual 2 euros a la hora. –Sala de radio y grabación: 20 euros a la hora y fianza de 31 euros. –Sala de ensayos equipada: 10 euros a la hora y fianza de 31 euros. –Sala de ensayos: 10 euros a la hora. –Sala de innovación: 20 euros a la hora. –Sala de formación: 20 euros a la hora. –Sala de exposiciones: 20 euros a la hora. –Sala de reuniones: 10 euros a la hora. –Sala de usos múltiples: 20 euros a la hora |
CATEGORÍA 3: Para colectivos juveniles y/o uso individual de jóvenes de 15 a 30 años | –Sala de informática: toda la sala 5 euros a la hora, uso individual 1 euro a la hora. –Sala de radio y grabación: 3 euros a la hora y fianza de 7 euros. –Sala de ensayos equipada: 3 euros a la hora y fianza de 7 euros. –Sala de ensayos: 1 euros a la hora. –Sala de innovación: 2 euros a la hora. –Sala de formación: 2 euros a la hora. –Sala de exposiciones: 5 euros a la hora. |
| –Sala de reuniones: 1 euro a la hora. –Sala de usos múltiples: 5 euros a la hora |
Por asistencia a actos socioculturales y paticipación en cursillos, talleres o seminarios | Las que se determinen para cada evento |
Uso de las salas para grupos o entidades juveniles de la localidad | Cesión gratuita, siempre que exista convenio suscrito con el M.I. Ayuntamiento |
Tasas por cesión del equipamiento del Centro de Creación Joven fuera del mismo.
EQUIPAMIENTO | TASAS POR DÍA (en euros) | FIANZA (en euros) |
Batería | 51,00 | 205,00 |
Equipo de sonido pequeño | 51,50 | 103,00 |
Proyector grande | 51,50 | 205,00 |
Proyector pequeño | 21,20 | 103,00 |
Pantalla | 21,20 | 51,50 |
Equipo de DJ’s | 103,00 | 308,00 |
Bafles | 51,50 | 103,00 |
Mesa proyector | 21,20 | 51,50 |
Atril (escudo Corella) | 31,30 | 61,50 |
Micrófonos y pies de micrófono | 21,20 | 51,50 |
Atriles de música (por unidad) | 10,00 | 31,30 |
Tasas Centro Cultural de Corella.
Según categorías y niveles de las distintas dependencias, por cada hora solicitada de utilización dentro del horario y calendario de apertura del Centro Cultural de Corella |
CATEGORÍA 1: Actividades promovidas u organizadas, con los propios recursos del Ayuntamiento, en colaboración con otras Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos | Niveles 2, 3 y 4: cesión gratuita |
CATEGORÍA 2: Actividades realizadas u organizadas: –En colaboración con el Ayuntamiento por personas u otras entidades sin ánimo de lucro (Colectivos, Asociaciones...). –Por las Administraciones Públicas, mediante contratación, cesión o concierto con entidades no lucrativas | Niveles 2, 3, y 4: cesión gratuita |
CATEGORÍA 3: Reuniones de Sindicatos, Cooperativas, Asociaciones de Vecinos, de propietarios o copropietarios, asociaciones gremiales, y otras entidades análogas, no lucrativas, carentes de carácter social | Nivel 2: 10 euros a la hora. Nivel 3-A: 30 euros a la hora. Nivel 3-B: 30 euros a la hora. Nivel 3-C: 20 euros a la hora. Nivel 4-A: 10 euros a la hora. Nivel 4-B: 10 euros a la hora. Nivel 4-C: 10 euros a la hora |
CATEGORÍA 4: Actividades promovidas u organizadas por: –Administraciones Públicas mediante contratación de empresas o entidades con ánimo de lucro. –Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, de carácter social, no pertenecientes a la Administración Pública, pero sí homologadas y/o registradas por parte del ámbito institucional correspondiente, para la realización de actividades que impliquen relación económica, laboral o contractual con los profesionales que las desarrollen. –Actividades organizadas o desarrolladas por entidades o personas privadas con ánimo de lucro | Nivel 2: 20 euros a la hora. Nivel 3-A: 200 euros a la hora o bien el 5% de la recaudación si la hubiere. Nivel 3-B: 200 euros a la hora o bien el 5% de la recaudación si la hubiere. Nivel 3-C: 20 euros a la hora. Nivel 4-A: 30 euros a la hora. Nivel 4-B: 20 euros a la hora. Nivel 4-C: 20 euros a la hora |
A Tasas para abonarse en las instalaciones deportivas municipales de Corella 2022-2023 Validez: desde el 1 de junio del 2022 hasta el 31 de mayo del 2023. |
| POLIDEPORTIVOS (Miguel Induráin/Ciudad de Corella) + PISTA ATLETISMO + COMPLEJO DEPORTIVO “PISCINAS” (no en el verano) | COMPLEJO DEPORTIVO “PISCINAS” VERANO | ENTRADA |
Anual [junio 2022-mayo 2023] (en euros) | Trimestral (en euros) | Trimestral. Verano [mediados junio2022-septiembre 2022] (en euros) | Individual a cada instalación (en euros) |
Individual Infantil (nacidos entre 2010 y 2019) | 76,50 | 26,50 | 42,00 | 5,00 |
Individual Juvenil (nacidos entre 1996 y 2009) | 84,00 | 28,00 | 45,50 | 6,00 |
Individual Mayores (nacidos entre 1958 y 1995) | 106,00 | 35,50 | 57,00 | 6,00 |
Unidad Familiar donde se abonen 2 miembros | 150,50 | 39,00 | 69,50 | X |
Unidad Familiar donde se abonen 3 miembros | 159,00 | 41,50 | 74,00 | X |
Unidad Familiar donde se abonen 4 miembros | 168,50 | 44,00 | 78,00 | X |
Unidad Familiar donde se abonen 5 miembros o más | 178,00 | 46,50 | 83,00 | X |
Individual pensionista nacido 1957 o anterior y/o persona con discapacidad entre 33 y 64% y/o persona receptora de la Renta de Inclusión Social | 41,00 | 13,50 | 21,50 | 4,00 |
Individual persona con discapacidad igual o superior al 65% o nacidos 2020 y posterior | Gratuito |
Notas y promociones: –El abono trimestral comienza desde el mismo día de expedición y por días naturales. Sólo se expedirán carnés “conjuntos” y carnés “anuales” hasta julio del 2022 inclusive. –No será posible ajustar el precio de un carné trimestral cuando ya se haya disfrutado más de un mes del carné. –Para abonos “Unidad Familiar”, los hijos deberán ser “Infantiles” o “Juveniles”. No se considerará “Unidad Familiar” a hermanos “Mayores”. –Los beneficiarios para tarifas de discapacidad y Rentas de Inclusión Social deberán de presentar los documentos oficiales acreditativos en el Ayuntamiento. –En las instalaciones deportivas municipales, y únicamente para la temporada de emisión, existirán Bonos Individuales para el uso indistinto en cada una de ellas: 5 accesos (15 euros), 10 accesos (20 euros), y 20 accesos (30 euros). La tenencia de estos bonos no implica tener la condición de “abonado”, además debes entregar una foto de carne para la expedición del bono. –Ofertas: 1. Habrá entradas a 3 euros en el: a) Complejo Deportivo “Piscinas” (en verano a partir de las 19:00 h, y en invierno todo el día). b) Polideportivo “Miguel Induráin” (en verano todo el día). 2. Los abonados disfrutarán de precios rebajados en la oferta deportiva municipal todo el año y promociones exclusivas. A modo de ejemplo, durante el año 2022, se ofrecieron para parados, personas a turnos, paquete de actividades, descuentos en deporte organizado por los clubes convenidos por el Ayuntamiento, descuentos en comercios locales, personas receptoras Renta Inclusión Social, entre otras. |
B Tasas para abonarse en las instalaciones deportivas municipales de Corella Año 2022-2023 Validez: desde el 1 de junio del 2022 hasta el 31 de mayo del 2023. |
USO COLECTIVO POR ENTIDADES |
| Cesión temporada deportiva o anual (de 20 días a una temporada completa) | Cesión puntual (de 1 a 19 días máximo) | Obligaciones |
Clubes deportivos oficiales locales, otras asociaciones sin ánimo de lucro locales y particulares abonados sin ánimo de lucro | Gratuitas, con la obligatoriedad de que las ofertas (tanto de temporada como las puntuales) de las entidades tengan unos descuentos acordados con el Ayuntamiento para los abonados a las instalaciones deportivas municipales y que éstas alcancen un cierto porcentaje de abonados en sus inscripciones. Nota 1: no existirá cesión de temporada para particulares abonados sin ánimo de lucro, sólo para las entidades. Asimismo para particulares abonados solo se podrá ceder un máximo de 4 horas/año. Nota 2: las entidades o particulares abonados sin ánimo de lucro perderán esta condición, y se considerarán en la categoría “empresariado deportivo”, cuando la gestión de la actividad se realice mayoritariamente por empresarios aunque quien solicite la actividad sea una entidad o persona. Nota 3: no se cederán las instalaciones a particulares no abonados sin ánimo de lucro. | –Seguro de Responsabilidad Civil que cubra específicamente la actividad que se desea realizar en la instalación. –Las previstas en los correspondientes convenios de colaboración (para cesión de temporada). |
Empresariado deportivo local o foráneo | Mediante el correspondiente contrato administrativo. | 30 euros/hora/instalación (para un máximo de 6 horas por día de posible reserva –incluyendo en dicho tiempo tanto el de la duración del evento propiamente dicho como aquél que la instalación no pueda utilizarse en labores de preparación antes y después del mismo–). Nota: si la cesión implicara la apertura excepcional, fuera del horario normal de alguna instalación; el importe será de 50 euros/hora. | –Seguro de Responsabilidad Civil que cubra específicamente la actividad que se desea realizar en la instalación. –Fianza de 300 euros. |
Código del anuncio: L2117880