BOLETÍN Nº 6 - 11 de enero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CORELLA

Aprobación definitiva de la modificación de tasas y tipos impositivos para 2022

El Pleno del Ayuntamiento de Corella, en sesión celebrada el día 14 de octubre de 2021, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de modificación de tasas y tipos impositivos para el ejercicio 2022, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 251, de 2 de noviembre de 2021.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, reparos u observaciones, ha quedado definitivamente aprobada dicha modificación, por lo que se procede a publicar el texto íntegro de la misma.

Corella, 20 de diciembre de 2021.–El alcalde, Gorka García Izal.

MODIFICACIÓN DE TASAS Y TIPOS IMPOSITIVOS PARA 2022

–Aprovechamientos especiales.

IMPORTE

(en euros)

VELADORES

Año completo

97,00 por velador

Temporada de verano, del comienzo de las fiestas del Villar al 13 de octubre

72,00 por velador

Temporada invierno, resto del año

43,50 por velador

Días sueltos de labor y festivos, fiestas del Villar y San Miguel

2,10 por velador y día

1.ª Cuando se instalen elementos o estructuras que permitan el cerramiento de la zona objeto de aprovechamiento, se recargarán las tarifas previstas en un 15%.

2.ª En caso de que se autoricen elementos de mobiliario (toneles, mesas altas, etc.) sin tener autorización para veladores, la base de gravamen será por elementos instalado y día, computándose como ocupación, la de un velador.

Venta ambulante mercadillo

2,80 por metro lineal y día

Venta ambulante fiestas

6,50 por metro lineal y día

Venta chucherías y similares:

–Fiestas de San Miguel

157,00 por metro lineal

–Fiestas del Villar

52,00 por metro lineal

Kioscos

152,00 por temporada

Otros aprovechamientos

0,12 por metro cuadrado y día

–Cementerio.

IMPORTE

(en euros)

Enterramiento en nichos vacío y panteón

29,50

Enterramiento en nicho ocupado

59,00

Enterramiento en tierra

59,00

Traslado restos

59,00

Enterramiento columbario

11,00

Depósito urna en nicho o panteón

30,00

–Tramitación y expedición de documentos.

IMPORTE

(en euros)

Copias planos

1,00

Copias A4

0,25

Copias A3

0,50

Certificados

2,00

Cédulas parcelarias

2,00

Compulsas

1,00

Envío y recepción de fax

0,90

Duplicados títulos nichos

2,00

Duplicados carnet deportivo

3,50

Listados ordenador

0,90

Reexpedición de documentos

1,90

Expedición informes atestados sobre accidentes en los que intervenga o haga acto de presencia la Policía

40,00

Expedición informes Policía

6,60

Expedición tarjetas de armas

6,10

Expedición licencias para tenencia de animales peligrosos

10,50

Duplicado licencia para tenencia de animales peligrosos

5,50

Autenticación de firma

1,90

Copias a color

0,45

–Inscripción parejas estables no casadas.

IMPORTE

(en euros)

Tasa por inscribirse en el Registro Municipal de parejas estables no casadas

26,50

–Celebración de bodas civiles.

IMPORTE

(en euros)

Tasa utilización salón de plenos

69,00

–Prestación de elementos municipales.

IMPORTE

(en euros)

MESAS

–Por mesa y día

3,00

–Fianza por mesa

30,00

SILLAS

–Por silla y día

1,50

–Fianza por silla

4,00

EQUIPO DE SONIDO GRANDE

–Por día

100,00

–Fianza por equipo grande

200,00

EQUIPO DE SONIDO PEQUEÑO

–Por día

50,00

–Fianza por equipo pequeño

100,00

–Licencias actividad clasificada, apertura.

Epígrafe I.–Licencia de actividad, de apertura, variaciones de actividad y ampliaciones

Los primeros 50 m²

195,50

De 51 a 100 m²

272,50

De 101 a 300 m²

389,00

De 301 a 600 m²

584,00

De 601 a 1.000 m²

778,50

Más de 1.000 m²

–Los primeros 1.000 m²

779,00

–Resto por cada 10 m²

1,95

Epígrafe II.–Traspasos de negocio, cambios de nombre o razón social, cambios de titular y actividades inocuas

Las tarifas a aplicar serán de un 50% de las señaladas en el Epígrafe I

–Licencias obras y otras actuaciones urbanísticas.

IMPORTE

Licencia de obras (mínimo 30 euros)

0,61%

Impuesto sobre construcciones instalaciones y obras (2%-5%)

4,67%

–Contribuciones.

IMPORTE

Contribución urbana

0,4010%

Contribución rústica

0,8000%

–Impuesto actividades económicas.

IMPORTE

Se aplicará recargo de (aplicaremos el máximo)

40%

–Impuesto s/incremento valor terrenos.

PERÍODO DE GENERACIÓN

COEFICIENTE

TIPOS DE GRAVAMEN

Inferior a 1 año

Máximo

15,00%

1 año

Máximo

15,00%

2 años

Máximo

15,00%

3 años

Máximo

25,00%

4 años

Máximo

25,00%

5 años

Máximo

25,00%

6 años

Máximo

25,00%

7 años

Máximo

25,00%

8 años

Máximo

25,00%

9 años

Máximo

25,00%

10 años

Máximo

25,00%

11 años

Máximo

25,00%

12 años

Máximo

25,00%

13 años

Máximo

25,00%

14 años

Máximo

25,00%

15 años

Máximo

25,00%

16 años

Máximo

25,00%

17 años

Máximo

25,00%

18 años

Máximo

15,00%

19 años

Máximo

15,00%

Igual o superior a 20 años

Máximo

15,00%

–Vados (precio por metro lineal y año).

IMPORTE

(en euros)

Hasta 5 plazas

52,50

De 6 a 10 plazas

60,50

De 11 a 20 plazas

68,00

De 21 a 30 plazas

78,50

De 31 a 40 plazas

88,00

De 41 a 50 plazas

98,00

De 51 a 60 plazas

112,00

De 61 a 70 plazas

115,00

Placa de vado

14,00

–Servicio de grúa.

IMPORTE

(en euros)

Retirada de vehículos de la vía pública

100,00

Media tasa si se llama a la grúa

51,50

Tasa custodia vehículos diaria (a partir del cuarto día)

5,70

–Canon acotado parcelas comunales.

IMPORTE

(en euros)

Robo

4,60

–Servicio de Atención Domiciliaria.

RNPC (renta neta per cápita) < SMI (salario mínimo interprofesional)

IMPORTE

(Tarifa fijada por Bienestar Social)

SMI < RNPC < 105% SMI

Tarifa fijada por Bienestar Social

105% SMI < RNPC < 120% SMI

0,15 de la tasa por Bienestar Social

120% SMI < RNPC < 135% SMI

0,30 de la tasa por Bienestar Social

135% SMI < RNPC < 150% SMI

0,45 de la tasa por Bienestar Social

150% SMI < RNPC < 165% SMI

0,60 de la tasa por Bienestar Social

165% SMI < RNPC < 180% SMI

0,75 de la tasa por Bienestar Social

180% SMI < RNPC < 195% SMI

0,90 de la tasa por Bienestar Social

–Servicio de lavandería.

IMPORTE

(en euros)

Ingresos inferiores al SMI

12,90

Ingresos superiores al SMI

18,70

–Otros.

IMPORTE

(en euros)

Préstamo de material ortopédico

4,50

–Escuela de Música.

IMPORTE

(en euros)

Matrícula

20,50 por curso

Lenguaje musical e instrumento

52,00 al mes

Sólo lenguaje musical

20,50 al mes

Sólo instrumento

41,50 al mes

–Se establece con carácter general un descuento en las tasas del 20%, para el segundo y siguientes miembros de la unidad familiar, sobre la tasa que les correspondiera pagar.

–Se establece con carácter general un descuento en las tasas del 20%, para aquellos alumnos que se matriculen en un segundo o más instrumentos.

–Varios.

Canon parcelas Jordana Ontinar

Se incrementará con el IPC

Tasas del Centro Joven.

DISFRUTE PUNTUAL DE LAS SALAS O SUS RECURSOS

a) Espacios: por cada hora solicitada de utilización dentro del horario y calendario de apertura del Centro de Creación Joven

CATEGORÍA 1:

Actividades promovidas, organizadas o coorganizadas con sus propios recursos por el M.I. Ayuntamiento y otras Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos

Cesión gratuita

CATEGORÍA 2:

Actividades realizadas u organizadas por:

–En colaboración con el Ayuntamiento por jóvenes u otras entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, entidades...).

–Administraciones Públicas, mediante contratación, cesión o concierto con entidades no lucrativas

Cesión gratuita

CATEGORÍA 3:

Reuniones de Sindicatos, Cooperativas, Asociaciones de Vecinos, de propietarios o copropietarios, asociaciones gremiales, y otras entidades análogas, no lucrativas, carentes de carácter social

–Sala de informática y usos múltiples: 20 euros a la hora.

–Sala de formación, de innovación o exposiciones: 10 euros a la hora

CATEGORÍA 4:

Actividades promovidas, organizadas por:

–Administraciones Públicas mediante contratación de empresas con ánimo de lucro.

–Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, de carácter social, no pertenecientes a la Administración Pública, homologadas y/o registradas por parte del ámbito institucional correspondiente, por la realización de actividades que impliquen relación económica, laboral o contractual con los profesionales que las desarrollen.

–Actividades organizadas o desarrolladas por entidades o personas privadas con ánimo de lucro.

–Para uso individual a personas mayores de 30 años

–Sala de informática: toda la sala 21 euros a la hora, uso individual 2 euros a la hora.

–Sala de radio y grabación: 20 euros a la hora y fianza de 31 euros.

–Sala de ensayos equipada: 10 euros a la hora y fianza de 31 euros.

–Sala de ensayos: 10 euros a la hora.

–Sala de innovación: 20 euros a la hora.

–Sala de formación: 20 euros a la hora.

–Sala de exposiciones: 20 euros a la hora.

–Sala de reuniones: 10 euros a la hora.

–Sala de usos múltiples: 20 euros a la hora

CATEGORÍA 3:

Para colectivos juveniles y/o uso individual de jóvenes de 15 a 30 años

–Sala de informática: toda la sala 5 euros a la hora, uso individual 1 euro a la hora.

–Sala de radio y grabación: 3 euros a la hora y fianza de 7 euros.

–Sala de ensayos equipada: 3 euros a la hora y fianza de 7 euros.

–Sala de ensayos: 1 euros a la hora.

–Sala de innovación: 2 euros a la hora.

–Sala de formación: 2 euros a la hora.

–Sala de exposiciones: 5 euros a la hora.

–Sala de reuniones: 1 euro a la hora.

–Sala de usos múltiples: 5 euros a la hora

Por asistencia a actos socioculturales y paticipación en cursillos, talleres o seminarios

Las que se determinen para cada evento

Uso de las salas para grupos o entidades juveniles de la localidad

Cesión gratuita, siempre que exista convenio suscrito con el M.I. Ayuntamiento

Tasas por cesión del equipamiento del Centro de Creación Joven fuera del mismo.

EQUIPAMIENTO

TASAS POR DÍA

(en euros)

FIANZA

(en euros)

Batería

51,00

205,00

Equipo de sonido pequeño

51,50

103,00

Proyector grande

51,50

205,00

Proyector pequeño

21,20

103,00

Pantalla

21,20

51,50

Equipo de DJ’s

103,00

308,00

Bafles

51,50

103,00

Mesa proyector

21,20

51,50

Atril (escudo Corella)

31,30

61,50

Micrófonos y pies de micrófono

21,20

51,50

Atriles de música (por unidad)

10,00

31,30

Tasas Centro Cultural de Corella.

Según categorías y niveles de las distintas dependencias, por cada hora solicitada de utilización dentro del horario y calendario de apertura del Centro Cultural de Corella

CATEGORÍA 1:

Actividades promovidas u organizadas, con los propios recursos del Ayuntamiento, en colaboración con otras Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos

Niveles 2, 3 y 4: cesión gratuita

CATEGORÍA 2:

Actividades realizadas u organizadas:

–En colaboración con el Ayuntamiento por personas u otras entidades sin ánimo de lucro (Colectivos, Asociaciones...).

–Por las Administraciones Públicas, mediante contratación, cesión o concierto con entidades no lucrativas

Niveles 2, 3, y 4: cesión gratuita

CATEGORÍA 3:

Reuniones de Sindicatos, Cooperativas, Asociaciones de Vecinos, de propietarios o copropietarios, asociaciones gremiales, y otras entidades análogas, no lucrativas, carentes de carácter social

Nivel 2: 10 euros a la hora.

Nivel 3-A: 30 euros a la hora.

Nivel 3-B: 30 euros a la hora.

Nivel 3-C: 20 euros a la hora.

Nivel 4-A: 10 euros a la hora.

Nivel 4-B: 10 euros a la hora.

Nivel 4-C: 10 euros a la hora

CATEGORÍA 4:

Actividades promovidas u organizadas por:

–Administraciones Públicas mediante contratación de empresas o entidades con ánimo de lucro.

–Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, de carácter social, no pertenecientes a la Administración Pública, pero sí homologadas y/o registradas por parte del ámbito institucional correspondiente, para la realización de actividades que impliquen relación económica, laboral o contractual con los profesionales que las desarrollen.

–Actividades organizadas o desarrolladas por entidades o personas privadas con ánimo de lucro

Nivel 2: 20 euros a la hora.

Nivel 3-A: 200 euros a la hora o bien el 5% de la recaudación si la hubiere.

Nivel 3-B: 200 euros a la hora o bien el 5% de la recaudación si la hubiere.

Nivel 3-C: 20 euros a la hora.

Nivel 4-A: 30 euros a la hora.

Nivel 4-B: 20 euros a la hora.

Nivel 4-C: 20 euros a la hora

A
Tasas para abonarse en las instalaciones deportivas municipales de Corella
2022-2023

Validez: desde el 1 de junio del 2022 hasta el 31 de mayo del 2023.

POLIDEPORTIVOS (Miguel Induráin/Ciudad de Corella) + PISTA ATLETISMO + COMPLEJO DEPORTIVO “PISCINAS” (no en el verano)

COMPLEJO DEPORTIVO “PISCINAS”

VERANO

ENTRADA

Anual

[junio 2022-mayo 2023]

(en euros)

Trimestral

(en euros)

Trimestral. Verano

[mediados junio2022-septiembre 2022]

(en euros)

Individual a cada instalación

(en euros)

Individual Infantil (nacidos entre 2010 y 2019)

76,50

26,50

42,00

5,00

Individual Juvenil (nacidos entre 1996 y 2009)

84,00

28,00

45,50

6,00

Individual Mayores (nacidos entre 1958 y 1995)

106,00

35,50

57,00

6,00

Unidad Familiar donde se abonen 2 miembros

150,50

39,00

69,50

X

Unidad Familiar donde se abonen 3 miembros

159,00

41,50

74,00

X

Unidad Familiar donde se abonen 4 miembros

168,50

44,00

78,00

X

Unidad Familiar donde se abonen 5 miembros o más

178,00

46,50

83,00

X

Individual pensionista nacido 1957 o anterior y/o persona con discapacidad entre 33 y 64% y/o persona receptora de la Renta de Inclusión Social

41,00

13,50

21,50

4,00

Individual persona con discapacidad igual o superior al 65% o nacidos 2020 y posterior

Gratuito

Notas y promociones:

–El abono trimestral comienza desde el mismo día de expedición y por días naturales. Sólo se expedirán carnés “conjuntos” y carnés “anuales” hasta julio del 2022 inclusive.

–No será posible ajustar el precio de un carné trimestral cuando ya se haya disfrutado más de un mes del carné.

–Para abonos “Unidad Familiar”, los hijos deberán ser “Infantiles” o “Juveniles”. No se considerará “Unidad Familiar” a hermanos “Mayores”.

–Los beneficiarios para tarifas de discapacidad y Rentas de Inclusión Social deberán de presentar los documentos oficiales acreditativos en el Ayuntamiento.

–En las instalaciones deportivas municipales, y únicamente para la temporada de emisión, existirán Bonos Individuales para el uso indistinto en cada una de ellas: 5 accesos (15 euros), 10 accesos (20 euros), y 20 accesos (30 euros). La tenencia de estos bonos no implica tener la condición de “abonado”, además debes entregar una foto de carne para la expedición del bono.

–Ofertas:

1. Habrá entradas a 3 euros en el:

a) Complejo Deportivo “Piscinas” (en verano a partir de las 19:00 h, y en invierno todo el día).

b) Polideportivo “Miguel Induráin” (en verano todo el día).

2. Los abonados disfrutarán de precios rebajados en la oferta deportiva municipal todo el año y promociones exclusivas. A modo de ejemplo, durante el año 2022, se ofrecieron para parados, personas a turnos, paquete de actividades, descuentos en deporte organizado por los clubes convenidos por el Ayuntamiento, descuentos en comercios locales, personas receptoras Renta Inclusión Social, entre otras.

B
Tasas para abonarse en las instalaciones deportivas municipales de Corella
Año 2022-2023

Validez: desde el 1 de junio del 2022 hasta el 31 de mayo del 2023.

USO COLECTIVO POR ENTIDADES

Cesión temporada deportiva o anual

(de 20 días a una temporada completa)

Cesión puntual

(de 1 a 19 días máximo)

Obligaciones

Clubes deportivos oficiales locales, otras asociaciones sin ánimo de lucro locales y particulares abonados sin ánimo de lucro

Gratuitas, con la obligatoriedad de que las ofertas (tanto de temporada como las puntuales) de las entidades tengan unos descuentos acordados con el Ayuntamiento para los abonados a las instalaciones deportivas municipales y que éstas alcancen un cierto porcentaje de abonados en sus inscripciones.

Nota 1: no existirá cesión de temporada para particulares abonados sin ánimo de lucro, sólo para las entidades. Asimismo para particulares abonados solo se podrá ceder un máximo de 4 horas/año.

Nota 2: las entidades o particulares abonados sin ánimo de lucro perderán esta condición, y se considerarán en la categoría “empresariado deportivo”, cuando la gestión de la actividad se realice mayoritariamente por empresarios aunque quien solicite la actividad sea una entidad o persona.

Nota 3: no se cederán las instalaciones a particulares no abonados sin ánimo de lucro.

–Seguro de Responsabilidad Civil que cubra específicamente la actividad que se desea realizar en la instalación.

–Las previstas en los correspondientes convenios de colaboración (para cesión de temporada).

Empresariado deportivo local o foráneo

Mediante el correspondiente contrato administrativo.

30 euros/hora/instalación (para un máximo de 6 horas por día de posible reserva –incluyendo en dicho tiempo tanto el de la duración del evento propiamente dicho como aquél que la instalación no pueda utilizarse en labores de preparación antes y después del mismo–).

Nota: si la cesión implicara la apertura excepcional, fuera del horario normal de alguna instalación; el importe será de 50 euros/hora.

–Seguro de Responsabilidad Civil que cubra específicamente la actividad que se desea realizar en la instalación.

–Fianza de 300 euros.

Código del anuncio: L2117880