BOLETÍN Nº 52 - 14 de marzo de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 374/2022, de 28 de febrero, de la vicerrectora de profesorado de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca concurso para la contratación de profesorado contratado doctor.

De conformidad con los artículos 48 y siguientes de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que habilitan a las universidades públicas a contratar en régimen laboral a personal docente e investigador, con el Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra, y con el Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de septiembre de 2016.

Vista la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad Pública de Navarra para el año 2021 (Boletín Oficial de Navarra de 22 de febrero de 2021) y la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador correspondiente a la tasa de estabilización prevista en el artículo segundo del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (Boletín Oficial de Navarra de 27 de diciembre de 2021).

Considerando el acuerdo de convocatoria de plazas de Profesor Contratado Doctor de la Universidad Pública de Navarra aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 10 de febrero de 2022.

Emitido informe por la Sección de Nóminas y Seguridad Social y por la Interventora de la Universidad.

Visto el informe-propuesta del Jefe de la Sección de Gestión de Personal, que cuenta con el visto bueno del Director del Servicio de Recursos Humanos.

En uso de las competencias delegadas por Resolución 1420/2019, de 3 de julio, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la estructura general del equipo rectoral y se determinan sus funciones,

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar la convocatoria de concurso para la contratación de profesorado contratado doctor, así como sus bases.

Segundo.–Ordenar su publicación en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra y en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Comunicar la presente resolución al Servicio de Recursos Humanos, y a los miembros de las Comisiones de Contratación, a los efectos oportunos.

Cuarto.–Trasladar la presente resolución al Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital del Gobierno de Navarra, a la Secretaría General de Universidades, a los Directores de los Departamentos afectados, al Vicerrectorado de Profesorado, y a la Interventora.

Quinto.–La presente resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, agota la vía administrativa, pudiendo interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rector o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 28 de febrero de 2022.–La vicerrectora de Profesorado, Inés Olaizola Nogales.

CONVOCATORIA DE CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN
DE PROFESORADO CONTRATADO DOCTOR

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

1.–Normas generales.

1. Es objeto de las presentes bases la regulación del concurso para la contratación de Profesor Contratado Doctor para la cobertura de las plazas que se relacionan en el Anexo I.

2. Este concurso se regirá por lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra, aprobados por Decreto Foral 110/2003, de 12 de mayo, el Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra, el Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de profesorado contratado doctor de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de septiembre de 2016, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las presentes bases de la convocatoria, así como las demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

3. Conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones a que dé lugar este proceso selectivo, con excepción de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra a que se refiere la base 3, se realizarán en el siguiente enlace de la web de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria, careciendo de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos:

https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/tablon-electronico/empleo-publico/convocatorias-pdi

2.–Requisitos de las personas aspirantes.

1. Para la admisión al concurso deben reunirse los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de 16 años y no haber cumplido la edad de jubilación.

b) Estar acreditado para las plazas de Profesor Contratado Doctor o para cualquier cuerpo docente universitario por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas o ejercer cargos o funciones declaradas incompatibles con la docencia. En el caso de aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

e) En el caso de aspirantes que no pertenezcan a la Unión Europea, residir legalmente en España.

Igualmente, los extranjeros que no residan en España podrán participar siempre que reúnan los requisitos de participación. En este caso, la contratación quedará condicionada a la obtención de los permisos exigidos en la normativa sobre extranjería.

g) Haber abonado la tasa por derecho de participación establecida en la presente convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación.

f) En el caso de plazas con capacitación lingüística en euskera, estar en posesión del Título E.G.A. o titulación oficial equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o acreditación de la capacitación lingüística para ejercer docencia en euskera en la Universidad Pública de Navarra.

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 25 de mayo de 2004, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 7 de mayo de 2009, aquellos aspirantes que no puedan acreditar documentalmente su capacitación lingüística en euskera deberán solicitar la acreditación de su nivel de conocimiento de euskera mediante la realización de una prueba de nivel, que será efectuada por la Comisión para la Valoración del Conocimiento del Euskera. Estos aspirantes deberán cumplimentar la solicitud que se encuentra en la dirección:

https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/catalogo-de-procedimientos/todos/concurso-profesorado

2. El cumplimiento de los requisitos previstos en esta convocatoria se entiende referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberá mantenerse hasta el momento de suscripción del contrato.

3.–Solicitudes.

3.1. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a los diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial Navarra. La convocatoria se publicará igualmente en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra. El plazo para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.2. Presentación de la solicitud.

3.2.1. Para participar en el proceso selectivo deberá utilizarse la solicitud disponible en la siguiente dirección:

https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/catalogo-de-procedimientos/todos/concurso-profesorado

3.2.2. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo podrán presentar su solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad Pública de Navarra, en el botón “Iniciar trámite” de la siguiente dirección:

https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/catalogo-de-procedimientos/todos/concurso-profesorado

Asimismo, la solicitud podrá presentarse en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra (Campus de Pamplona: Arrosadía, s/n 31006 Pamplona-Iruña / Campus de Pamplona: Ciencias de la Salud, Avda. Barañain, 57 31008 Pamplona-Iruña / Campus de Tudela, Avda. de Tarazona s/n, 31500 Tudela), en los registros de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades que integran la Administración Local, en las oficinas de Correos o en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada a Registro de la Universidad Pública de Navarra.

3.3. Documentación a presentar con la solicitud.

A la solicitud debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la nacionalidad e identidad de la persona aspirante.

b) Fotocopia del título de Doctor.

c) Fotocopia del documento que acredite la evaluación positiva de su actividad expedido por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación al que hace referencia el apartado 1.b de la base 2.

d) Resguardo acreditativo del abono de la tasa a que se refiere la base 4.

3.4. Cuando la Universidad Pública de Navarra compruebe en cualquier momento, del examen de la documentación presentada o de la que obra en poder de la Universidad, que algún aspirante no posee cualquiera de los requisitos exigidos o incurre en falsedad documental, decaerá en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4.–Tasa.

4.1. La tasa por la prestación de los servicios necesarios para la realización del proceso selectivo será de 41,60 euros.

Dicha cantidad se ingresará en la cuenta corriente número ES16 3008 0001 18 0700190523 de Caja Rural de Navarra, debiendo figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación “Concurso de profesorado contratado doctor” y el nombre del concursante.

4.2. Estarán exentas del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como desempleadas durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.

Esta circunstancia se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como persona desempleada.

4.3. Salvo que se acredite causa de exención, la falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante, siendo un requisito insubsanable.

4.4. En ningún caso el pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

5.–Admisión de aspirantes.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de 10 días hábiles, el órgano competente en materia de profesorado hará pública en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada una de las plazas convocadas, con indicación en este último caso de la causa de exclusión. Si no hubiera aspirantes excluidos se aprobará directamente la lista definitiva.

5.2. Sin perjuicio de la exclusión provisional por no presentar la solicitud oficial o los documentos a que se refiere la base 3.3, serán motivos de exclusión insubsanables presentar la solicitud fuera del plazo establecido, no poseer los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha fijada, y no abonar la tasa de acceso en plazo.

5.3. Los aspirantes excluidos y omitidos, dentro de los 10 días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

5.4. Transcurrido el plazo de subsanación de solicitudes, se procederá a la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria.

5.5. La inclusión de aspirantes en las relaciones de admitidos al concurso no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Universidad de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en las bases de la convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para los aspirantes que sean propuestos para la contratación, que deberán presentar la documentación acreditativa, conforme se indica en la base 12.

5.6. Cuando, finalizado el plazo señalado, no se hubiesen presentado solicitudes, no hubiese aspirantes admitidos o los aspirantes hubiesen renunciado al concurso, el órgano competente en materia de profesorado declarará desierta la plaza por este motivo comunicándolo al departamento correspondiente.

6.–Comisión de Contratación.

6.1. El concurso será juzgado por las correspondientes Comisiones de Contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de profesorado contratado doctor de la Universidad Pública de Navarra. Las composiciones de la Comisión de Contratación es la que figura en el Anexo II de estas bases.

6.2. Las Comisiones de Contratación se regirán por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, respecto de los órganos colegiados, y subsidiariamente por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de abril de 2018 por el que se aprueba el Reglamento General de Funcionamiento de los Órganos Colegiados de la Universidad Pública de Navarra. Los miembros de las Comisiones deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la citada Ley. Asimismo, en virtud del artículo 24 de la misma, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.3. El Presidente de cada Comisión de Contratación, previa consulta con el resto de sus miembros, notificará a los interesados, con una antelación mínima de quince días naturales, la siguiente información:

–Lugar, fecha y hora de la constitución de la Comisión de Contratación, que deberá hacerse en un plazo máximo de tres meses a partir de la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. En el acto de constitución, la Comisión de Contratación fijará y hará públicos los criterios que utilizará en la valoración de los concursantes, conforme al baremo de contratación del Anexo I del Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de profesorado contratado doctor de la Universidad Pública de Navarra, que se detalla en la base 8.

–El acto de presentación de los aspirantes admitidos a participar en el concurso. En dicho acto, la Comisión de Contratación recibirá de los candidatos por triplicado un programa detallado de una materia del área de la plaza objeto de concurso que incluya temario, bibliografía, objetivos y metodología docente, así como el currículum vitae, los trabajos de investigación realizados y un proyecto de la actividad investigadora que pretende realizar el aspirante. Se incluirá la documentación acreditativa de cuantos méritos de carácter docente o investigador sean alegados por cada candidato, no pudiendo ser valorado ningún mérito que no haya sido suficientemente acreditado.

Asimismo, la Comisión de Contratación convocará a los aspirantes para la primera prueba. La convocatoria fijará el lugar, día y hora en que tendrá lugar dicha prueba. Si hubiera más de un concursante se sorteará el orden de actuación. Finalmente, publicará la convocatoria de la prueba y el orden de realización de la misma.

7.–Procedimiento de selección.

7.1. El procedimiento de selección de los concursantes constará de dos pruebas:

a) La primera prueba consistirá en la exposición oral por el candidato ante la Comisión de Contratación, durante un tiempo máximo de una hora, y posterior debate con la misma durante un tiempo máximo de una hora, de su currículum vitae, del proyecto docente y del proyecto investigador que ha presentado.

Finalizada la primera prueba, cada miembro de la Comisión de Contratación entregará al Presidente un informe razonado valorando el currículum y los proyectos docente e investigador presentados por cada uno de los candidatos, con asignación de puntuación numérica. La Comisión de Contratación aprobará una relación ordenada de los concursantes que han igualado o superado la puntuación mínima exigida y pasan a la segunda prueba. Con la publicación de los resultados de la primera prueba, la Comisión de Contratación hará público el lugar, día y hora de realización de la segunda prueba.

b) La segunda prueba consistirá en la exposición oral por el candidato ante la Comisión de Contratación, durante un tiempo máximo de una hora, y posterior debate con la misma durante un tiempo máximo de una hora, de un tema presentado por el candidato en el proyecto docente y elegido por él.

La Comisión de Contratación valorará, de forma individualizada y motivada, a cada candidato con asignación de puntuación numérica.

7.2. Con la suma de las puntuaciones de las dos pruebas, la Comisión establecerá una relación ordenada de las calificaciones obtenidas por cada candidato en aplicación del baremo. En caso de empate los miembros de la Comisión de Contratación realizarán una votación para decidir el orden de la relación; en caso de empate en esta votación dirimirá el voto de calidad del Presidente.

8.–Baremo de contratación.

El baremo de contratación establecido en el Anexo I del Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de profesorado contratado doctor de la Universidad Pública de Navarra, es el siguiente:

1. Primera prueba oral: máximo 80 puntos. Quedarán excluidos los concursantes que no obtengan un mínimo de 40 puntos.

Atendiendo a la relación entre la actividad y el perfil de la plaza, se valorarán los siguientes elementos:

a) Actividades de investigación y publicaciones científicas acreditadas documentalmente (máximo 30 puntos).

b) Actividades docentes universitarias debidamente justificadas con el oportuno contrato y con informe de valoración de dicha actividad (máximo 20 puntos).

c) Proyecto docente (máximo 10 puntos).

d) Proyecto investigador (máximo 10 puntos).

e) Otros méritos (máximo 5 puntos). En este apartado se valorarán, a criterio de la Comisión, la actividad profesional no universitaria, idiomas, cursos de especialización recibidos, otras titulaciones, becas, premios y cualesquiera otros datos que el concursante aporte y acredite documentalmente.

f) Acreditación para Cuerpos Docentes Universitarios: 5 puntos.

Cada uno de los miembros de la Comisión valorará los méritos de los candidatos, y la media aritmética de las puntuaciones otorgadas a cada concursante será la puntuación en esta prueba.

2. Segunda prueba oral: máximo 20 puntos. Como criterio general, se valorarán tanto los contenidos expuestos como la calidad docente de la propia exposición. Quedarán excluidos los concursantes que no obtengan un mínimo de 10 puntos.

Cada uno de los miembros de la Comisión valorará la exposición de los candidatos y la media aritmética de las puntuaciones otorgadas a cada concursante será la puntuación en esta prueba.

3. La puntuación final será la suma de las puntuaciones de las dos pruebas.

9.–Propuesta de contratación.

9.1. En el plazo máximo de 7 días hábiles desde el final de la segunda prueba, la Comisión de Contratación publicará en Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria, la relación ordenada de candidatos que han superado el proceso selectivo y la propuesta de contratación, que trasladará al órgano competente en materia de profesorado.

9.2. La Comisión de Contratación no podrá proponer más candidatos que el número de dotaciones de las plazas objeto del concurso, pero sí un número inferior a ellas. Igualmente, la Comisión de Contratación podrá proponer que se declare desierta la plaza cuando en aplicación del baremo especificado de la plaza ninguno de los candidatos haya obtenido la puntuación mínima exigida.

9.3. La actuación de la Comisión de Contratación termina con la formulación de la propuesta de contratación.

10.–Reclamaciones contra la propuesta de contratación.

10.1. Los interesados podrán formular reclamaciones ante el Rector de la Universidad Pública de Navarra contra la propuesta de contratación de la Comisión de Contratación en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación.

10.2. Las reclamaciones contra la propuesta de contratación serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones prevista en el artículo 17 del Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de profesorado contratado doctor de la Universidad Pública de Navarra.

La Comisión de Reclamaciones valorará los aspectos puramente procedimentales del concurso y velará porque se haya garantizado en todo momento la igualdad de oportunidades de los aspirantes, y el respeto a los principios de mérito y capacidad.

La Comisión de Reclamaciones en ningún caso podrá sustituir la valoración de fondo realizada por la Comisión de Contratación sobre la idoneidad de los aspirantes.

10.3. Recibida la reclamación contra la propuesta de contratación, de estimarse que la Comisión de Reclamaciones es competente, el Rector de la Universidad Pública de Navarra dictará resolución admitiendo a trámite la reclamación y suspendiendo el proceso selectivo hasta la resolución definitiva de la misma.

Será causa de inadmisión de la reclamación la falta de competencia de la Comisión de Reclamaciones.

10.4. Admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Recursos Humanos trasladará a todos los candidatos las reclamaciones admitidas a trámite, concediéndoles un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su recepción, para que aleguen cuanto estimen procedente. Así mismo, remitirá la reclamación a la Comisión de Contratación para que emita el correspondiente informe.

10.5. La Comisión de Reclamaciones, examinada toda la documentación, podrá adoptar en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la reclamación, alguna de las siguientes decisiones:

a) De considerar que no existe vulneración de alguno de los principios de igualdad, mérito o capacidad, ratificar directamente la propuesta de la Comisión de Contratación.

b) De observarse error de cálculo evidente y manifiesto en la suma de las puntuaciones del baremo, rectificar el error advertido en la propuesta de la Comisión de Contratación con todos los efectos que ello comporte en cuanto a alteración del orden de los candidatos propuesto por la Comisión de Contratación.

c) De apreciarse algún defecto procedimental que hubiese producido indefensión para la parte reclamante, proponer la retroacción del procedimiento selectivo al momento en que se hubiera cometido el referido quebrantamiento de forma.

d) De considerar que existe vulneración de los principios de igualdad, mérito y capacidad, la Comisión de Reclamaciones no ratificará la propuesta de la Comisión de Contratación.

10.6. La Comisión de Reclamaciones adoptará sus acuerdos por mayoría de sus miembros y, en caso de empate, será dirimente el voto del Presidente. La Comisión podrá solicitar para adoptar su decisión informe jurídico del Servicio Jurídico de la Universidad.

10.7. El acuerdo de la Comisión de Reclamaciones resolviendo sobre la reclamación presentada será vinculante para el Rector, que dictará la resolución en congruencia con la propuesta de la Comisión pudiendo, en su caso, declarar la plaza desierta.

Dicha resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Navarra.

Transcurrido el plazo de tres meses sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimada la reclamación.

11.–Propuesta definitiva de contratación.

La resolución que contenga la propuesta definitiva de contratación pone fin al proceso selectivo, y se publicará en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria. Esta publicación servirá a todos los efectos de notificación a los interesados.

Dicha resolución agota la vía administrativa, y contra ella podrá presentarse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra.

12.–Formalización y firma de contratos.

12.1. En el plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de la propuesta definitiva de contratación, los adjudicatarios de las plazas deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos, además de la documentación a que se refiere la base 5.5, la documentación que a continuación se detalla, a fin de formalizar el correspondiente contrato:

a) Fotocopia de la cartilla de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social, en su caso.

b) Datos bancarios para el ingreso de la nómina.

c) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.

12.2. Perderán su derecho de contratación quienes dentro del plazo fijado, y salvo causas de fuerza mayor, no presenten la documentación, o quienes, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos para ocupar la plaza.

12.3. El contrato laboral que se derive de esta normativa y de las correspondientes convocatorias estará sujetos a lo establecido en los artículos 48 y siguientes de la Ley Orgánica de Universidades.

12.4. Los contratos se formalizarán por escrito en los modelos correspondientes. La firma del contrato tiene carácter personal e intransferible, y se efectuará en el Servicio de Recursos Humanos de la Universidad Pública de Navarra. El contrato se firmará con carácter previo a la incorporación a las tareas en el plazo máximo de 10 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de la resolución de la plaza. En el caso de no producirse la firma del contrato en el plazo indicado se entiende que el interesado renuncia a la plaza. En este caso se procederá al llamamiento del aspirante siguiente en orden de la relación de suplentes propuesta por la Comisión de Contratación, el cual dispondrá del mismo plazo para formalizar el contrato.

13.–Tratamiento de datos de carácter personal.

La participación de interesados en los procesos convocados por la Universidad Pública de Navarra en materia de gestión de personal comportará el tratamiento de sus datos. El Responsable del Tratamiento de sus datos es la propia Universidad Pública de Navarra.

Este tratamiento se efectuará conforme a la normativa aplicable, esto es, el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos. La descripción del tratamiento resulta accesible en el Registro de Actividades de Tratamiento, publicado en http://www.unavarra.es bajo la rúbrica de “Recursos Humanos”.

Los interesados afectados por el tratamiento de datos son principalmente aspirantes en procesos selectivos y personal propio de la UPNA. Los datos objeto de tratamiento son nombre, apellidos, DNI, datos académicos y profesionales así como eventualmente datos bancarios y de seguridad social o cualesquiera otros precisos para la siguiente finalidad.

La finalidad que justifica el tratamiento de datos es la tramitación de procedimientos selectivos, de movilidad, situaciones administrativas, certificaciones u otros relativos a la competencia de la UPNA en materia de Recursos Humanos.

Dicha finalidad constituye una legitimación de interés público o poder público, como establece el artículo 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos. Sus bases jurídicas son, entre otra normativa de personal, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en su caso, el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Los derechos de los interesados sobre acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, relativos a las correspondientes actividades de tratamiento, podrán ejercerse ante delegado.protecciondatos@unavarra.es según los artículos 11 a 18 de la LOPD. En caso de insatisfacción, podrán acudir a la Agencia Española de Protección de Datos accesible desde el dominio https://www.aepd.es/.

14.–Régimen de recursos.

Cuantos actos de administración se deriven de esta convocatoria y de la actuación de las Comisiones de Contratación, con excepción de la reclamación contra la propuesta de contratación prevista en la base 10, podrán ser impugnadas en los casos y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra las bases de esta convocatoria cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente al de su publicación.

Nota: Toda referencia a personas o cargos académicos cuyo género sea masculino estará haciendo referencia al género gramatical neutro, incluyendo, por tanto, la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres.

ANEXO I

Plazas convocadas

–Plaza número 5038.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Estadística, Informática y Matemáticas.
  • Área de Conocimiento: Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Fusión de información en procesamiento de imagen y machine learning.

–Plaza número 5039.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Estadística, Informática y Matemáticas.
  • Área de Conocimiento: Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Tratamiento difuso de la información.

–Plaza número 3697.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Ciencias de la Salud.
  • Área de Conocimiento: Enfermería.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: El propio del área.

–Plaza número 4599.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Agronomía, Biotecnología y Alimentación.
  • Área de Conocimiento: Producción Vegetal.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Genética y mejora de hongos comestibles.

–Plaza número 4865.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Ciencias.
  • Área de Conocimiento: Didáctica de las Ciencias Experimentales.

• Perfil Docente: El propio del área.

• Perfil Investigador: Aprendizaje significativo sostenible y modelos de conocimiento mediante mapas conceptuales.

• Capacitación lingüística: Euskera.

–Plaza número 4866.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Ciencias.
  • Área de Conocimiento: Química Analítica.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Métodos analíticos y análisis polifenoles.

–Plaza número 4797.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Derecho.
  • Área de Conocimiento: Filosofía del Derecho.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: El propio del área.

–Plaza número 4724.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Economía.
  • Área de Conocimiento: Fundamentos del Análisis Económico.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: El propio del área.

–Plaza número 4798.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Economía.
  • Área de Conocimiento: Fundamentos del Análisis Económico.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: El propio del área.

–Plaza número 4795.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Estadística, Informática y Matemáticas.
  • Área de Conocimiento: Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Clasificadores difusos en aprendizaje automático.

–Plaza número 4626.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Estadística, Informática y Matemáticas.
  • Área de Conocimiento: Estadística e Investigación Operativa.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: El propio del área.

–Plaza número 4715.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Estadística, Informática y Matemáticas.
  • Área de Conocimiento: Estadística e Investigación Operativa.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: El propio del área.

–Plaza número 4641.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Estadística, Informática y Matemáticas.
  • Área de Conocimiento: Matemática Aplicada.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Aproximación asintótica y funciones especiales.

–Plaza número 4592.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Gestión de Empresas.
  • Área de Conocimiento: Organización de Empresas.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Dirección de Recursos Humanos.

–Plaza número 4717.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Gestión de Empresas.
  • Área de Conocimiento: Comercialización e Investigación de Mercados.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Canales de distribución.

–Plaza número 4802.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Ingeniería.
  • Área de Conocimiento: Proyectos de Ingeniería.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Proyectos de valorización de residuos.

–Plaza número 4725.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Ingeniería Eléctrica, Electrónica y de Comunicación.
  • Área de Conocimiento: Tecnología Electrónica.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Procesado óptico de señal.

–Plaza número 4800.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Ingeniería Eléctrica, Electrónica y de Comunicación.
  • Área de Conocimiento: Tecnología Electrónica.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Diseño de estructuras fotónicas para energía solar y sensado.

–Plaza número 4607.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Sociología y Trabajo Social.
  • Área de Conocimiento: Sociología.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Sociología de la cultura y la educación.

–Plaza número 4720.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Sociología y Trabajo Social.
  • Área de Conocimiento: Sociología.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Sociología de la ciencia y la tecnología.

–Plaza número 4867.

  • Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
  • Departamento: Sociología y Trabajo Social.
  • Área de Conocimiento: Sociología.
  • Perfil Docente: El propio del área.
  • Perfil Investigador: Los propios del Instituto Social Avanzada I-COMMUNITAS.

ANEXO II

Composición de los tribunales

Plaza número 5038.

Presidencia

Titular

Susana Irene

Díaz

Rodríguez

CU

Universidad de Oviedo

Vocal 1

Titular

N. Humberto

Bustince

Sola

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Sebastián E.

Ventura

Soto

CU

Universidad de Córdoba

Presidencia

Suplente 1

M. Amparo

Alonso

Betanzos

CU

Universidad de A Coruña

Vocal 1

Suplente 1

Fco. Javier

Fernández

Fernández

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Daniel

Sánchez

Fernández

CU

Universidad de Granada

Presidencia

Suplente 2

M. José

Del Jesús

Díaz

CU

Universidad de Jaén

Vocal 1

Suplente 2

Miguel

Pagola

Barrio

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Jesús

Chamorro

Martínez

TU

Universidad de Granada

Plaza número 5039.

Presidencia

Titular

Susana Irene

Díaz

Rodríguez

CU

Universidad de Oviedo

Vocal 1

Titular

N. Humberto

Bustince

Sola

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Sebastián E.

Ventura

Soto

CU

Universidad de Córdoba

Presidencia

Suplente 1

M. Amparo

Alonso

Betanzos

CU

Universidad de A Coruña

Vocal 1

Suplente 1

Fco. Javier

Fernández

Fernández

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Daniel

Sánchez

Fernández

CU

Universidad de Granada

Presidencia

Suplente 2

M. José

Del Jesús

Díaz

CU

Universidad de Jaén

Vocal 1

Suplente 2

Miguel

Pagola

Barrio

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Jesús

Chamorro

Martínez

TU

Universidad de Granada

Plaza número 3697.

Presidencia

Titular

José Miguel

Morales

Asencio

CU

Universidad de Málaga

Vocal 1

Titular

Cristina

García

Vivar

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Josefina

Goberna

Tricas

TU

Universidad de Barcelona

Presidencia

Suplente 1

Juan Diego

Pedrera

Zamorano

CU

Universidad de Extremadura

Vocal 1

Suplente 1

Nuria

Fabrellas

Padres

TU

Universidad de Barcelona

Vocal 2

Suplente 1

Jacqueline

Schmidt

Río Valle

TU

Universidad de Granada

Presidencia

Suplente 2

Vicente J.

Martínez

Vizcaíno

CU

Universidad de Castilla-La Mancha

Vocal 1

Suplente 2

David

Ballester

Ferrando

TU

Universidad de Girona

Vocal 2

Suplente 2

Carmen

De la Cuesta

Benjumea

TU

Universidad de Alicante

Plaza número 4599.

Presidencia

Titular

Ana María

Pelacho

Aja

CU

Universidad de Lleida

Vocal 1

Titular

Luis Gonzaga

Santesteban

García

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Isabel

Trujillo

Navajas

TU

Universidad de Córdoba

Presidencia

Suplente 1

M. Ángeles

Moralejo

Vidal

CU

Universidad de Lleida

Vocal 1

Suplente 1

Carlos

Miranda

Jiménez

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Julio Javier

Díez

Casero

CU

Universidad de Valladolid

Presidencia

Suplente 2

M. Elena

González

Benito

CU

Universidad Politécnica de Madrid

Vocal 1

Suplente 2

Inazio

Irigoien

Iriarte

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Enrique

Quesada

Moraga

CU

Universidad de Córdoba

Plaza número 4865.

Presidencia

Titular

Fco. Javier

Perales

Palacios

CU

Universidad de Granada

Vocal 1

Titular

Jesús ángel

Razquin

Lizarraga

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Mercedes

Jaén

García

TU

Universidad de Murcia

Presidencia

Suplente 1

Antonio José

De Pro

Bueno

CU

Universidad de Murcia

Vocal 1

Suplente 1

Jaione

Apalategi

Begiristain

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

M. Rocío

Esteban

Gallego

TU

Universidad de Extremadura

Presidencia

Suplente 2

Susana

García

Barros

CU

Universidad da Coruña

Vocal 1

Suplente 2

Francisco

Ibáñez

Moya

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Antonio

Mateos

Jiménez

TU

Universidad de Castilla La Mancha

Plaza número 4866.

Presidencia

Titular

Olga

Martín

Belloso

CU

Universidad de Lleida

Vocal 1

Titular

Carmen

Ancín

Azpilicueta

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Dominico A.

Guillén

Sánchez

CU

Universidad de Cádiz

Presidencia

Suplente 1

Juan José

Jiménez

Sevilla

CU

Universidad de Valladolid

Vocal 1

Suplente 1

Luis

Gandía

Pascual

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

María

Del Álamo

Sanza

TU

Universidad de Valladolid

Presidencia

Suplente 2

Juan Miguel

Oiarbide

Garmendia

CU

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibersitatea

Vocal 1

Suplente 2

Jesús M.

García

Castillo

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Elena

Cerrada

Lamuela

TU

Universidad de Zaragoza

Plaza número 4797.

Presidencia

Titular

M. Victoria

Iturralde

Sesma

CU

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibersitatea

Vocal 1

Titular

Javier

Blázquez

Ruiz

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Jordi

Ferrer

Beltrán

TU

Universidad de Girona

Presidencia

Suplente 1

M. Ángeles

Barrere

Unzueta

CU

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibersitatea

Vocal 1

Suplente 1

Alfonso

Ruiz

Miguel

CU

Universidad Autónoma de Madrid

Vocal 2

Suplente 1

José M.

Sauca

Cano

TU

Universidad Carlos III de Madrid

Presidencia

Suplente 2

Ana María

Marcos

De Cano

CU

Universidad Nacional Educación a Distancia

Vocal 1

Suplente 2

Andrea

Greppi

TU

Universidad Carlos III de Madrid

Vocal 2

Suplente 2

Marisa

Iglesias

Vila

TU

Universidad Pompeu Fabra

Plaza número 4724.

Presidencia

Titular

M. Luisa

Fuster

Pérez

CU

Universidad Carlos III de Madrid

Vocal 1

Titular

Antonio M.

Álvarez

Pinilla

CU

Universidad de Oviedo

Vocal 2

Titular

Aitor

Ciarreta

Antuñano

TU

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibersitatea

Presidencia

Suplente 1

M. Carmen

Díaz

Roldán

CU

Universidad de Castilla-La Mancha

Vocal 1

Suplente 1

Carmelo

Rodríguez

Álvarez

TU

Universidad Complutense de Madrid

Vocal 2

Suplente 1

M. Teresa

Garín

Muñoz

CU

Universidad Nacional Educación a Distancia

Presidencia

Suplente 2

M. Elena

Iñarra

García

CU

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibersitatea

Vocal 1

Suplente 2

Francisco J.

Goerlich

Gisbert

CU

Universidad de Valencia

Vocal 2

Suplente 2

M. Begoña

Garzón

Sanfelipe

TU

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibersitatea

Plaza número 4798.

Presidencia

Titular

Montserrat

Viladrich

Grau

CU

Universitat de Lleida

Vocal 1

Titular

Melchor

Fernández

Fernández

TU

Univ. Santiago de Compostela

Vocal 2

Titular

M. Belén

Jerez

García-Vaquero

TU

Universidad Carlos III de Madrid

Presidencia

Suplente 1

M. Elena

Iñarra

García

CU

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibersitatea

Vocal 1

Suplente 1

Levi

Pérez

Carcedo

TU

Universidad de Oviedo

Vocal 2

Suplente 1

Ana M.

Lozano

Vivas

CU

Universidad de Málaga

Presidencia

Suplente 2

M. Amparo

Urbano

Salvador

CU

Universidad de Valencia

Vocal 1

Suplente 2

Javier A.

Andrés

Domingo

CU

Universidad de Valencia

Vocal 2

Suplente 2

M. Amalia

Morales

Zumaquero

TU

Universidad de Málaga

Plaza número 4795.

Presidencia

Titular

Susana Irene

Díaz

Rodríguez

CU

Universidad de Oviedo

Vocal 1

Titular

N. Humberto

Bustince

Sola

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Sebastián E.

Ventura

Soto

CU

Universidad de Córdoba

Presidencia

Suplente 1

M. Amparo

Alonso

Betanzos

CU

Universidad de A Coruña

Vocal 1

Suplente 1

Fco. Javier

Fernández

Fernández

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Daniel

Sánchez

Fernández

CU

Universidad de Granada

Presidencia

Suplente 2

M. José

Del Jesús

Díaz

CU

Universidad de Jaén

Vocal 1

Suplente 2

Miguel

Pagola

Barrio

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Jesús

Chamorro

Martínez

TU

Universidad de Granada

Plaza número 4626.

Presidencia

Titular

Francisco de Asís

Torres

Ruiz

CU

Universidad de Granada

Vocal 1

Titular

M. Dolores

Ugarte

Martínez

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

María E.

Castellanos

Nueda

CU

Universidad Rey Juan Carlos

Presidencia

Suplente 1

Antonio

López

Quílez

CU

Universidad de Valencia

Vocal 1

Suplente 1

Ana

Fernández

Militino

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Francisco

Alonso

Morales

TU

Universidad de Granada

Presidencia

Suplente 2

David V.

Conesa

Guillén

CU

Universidad de Valencia

Vocal 1

Suplente 2

M. Carmen

García

Olaverri

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Virgilio

Gómez

Rubio

TU

Universidad Castilla-La Mancha

Plaza número 4715.

Presidencia

Titular

Francisco de Asís

Torres

Ruiz

CU

Universidad de Granada

Vocal 1

Titular

M. Dolores

Ugarte

Martínez

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

María E.

Castellanos

Nueda

CU

Universidad Rey Juan Carlos

Presidencia

Suplente 1

Antonio

López

Quílez

CU

Universidad de Valencia

Vocal 1

Suplente 1

Ana

Fernández

Militino

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Francisco

Alonso

Morales

TU

Universidad de Granada

Presidencia

Suplente 2

David V.

Conesa

Guillén

CU

Universidad de Valencia

Vocal 1

Suplente 2

M. Carmen

García

Olaverri

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Virgilio

Gómez

Rubio

TU

Universidad Castilla-La Mancha

Plaza número 4641.

Presidencia

Titular

Javier

Segura

Sala

CU

Universidad de Cantabria

Vocal 1

Titular

Blanca

Bujanda

Cirauqui

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Judith

Mínguez

Ceniceros

TU

Universidad de La Rioja

Presidencia

Suplente 1

Juan Luis

Varona

Malumbres

CU

Universidad de La Rioja

Vocal 1

Suplente 1

Amparo

Gil

Gómez

CU

Universidad de Cantabria

Vocal 2

Suplente 1

Lidia

Fernández

Rodríguez

TU

Universidad de Granada

Presidencia

Suplente 2

Francisco

Marcellán

Español

CU

Universidad Carlos III de Madrid

Vocal 1

Suplente 2

Teresa

Pérez

Fernández

CU

Universidad de Granada

Vocal 2

Suplente 2

Renato

Álvarez

Nodarse

TU

Universidad de Sevilla

Plaza número 4592.

Presidencia

Titular

Mireia

Valverde

Aparicio

CU

Universitat Rovira i Virgili

Vocal 1

Titular

Imanol

Núñez

Aldaz

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

M. del Carmen

Marcuello

Servós

CU

Universidad de Zaragoza

Presidencia

Suplente 1

Raquel

Sanz

Valle

CU

Universidad de Murcia

Vocal 1

Suplente 1

Ignacio

Contín

Pilar

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

M. José

Montes

Sancho

TU

Universidad Carlos III de Madrid

Presidencia

Suplente 2

Ana Belén

Escrig

Tena

CU

Universitat Jaume I

Vocal 1

Suplente 2

Alejandro F.

Bello

Pintado

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Natalia

Ortiz

Martínez de Mandojana

TU

Universidad de Granada

Plaza número 4717.

Presidencia

Titular

Irene

Gil

Saura

CU

Universitat de Valencia

Vocal 1

Titular

José Miguel

Múgica

Grijalba

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

María

Sicilia

Piñero

TU

Universidad de Murcia

Presidencia

Suplente 1

Marta

Frasquet

Del Toro

CU

Universitat de Valencia

Vocal 1

Suplente 1

José Javier

Cebollada

Calvo

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

M. Carmen

Camarero

Izquierdo

CU

Universidad de Valladolid

Presidencia

Suplente 2

M. Leticia

Santos

Vijande

CU

Universidad de Oviedo

Vocal 1

Suplente 2

José Alberto

Bayo

Moriones

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Ana Isabel

Rodríguez

Escudero

CU

Universidad de Valladolid

Plaza número 4802.

Presidencia

Titular

Francisco J.

Martínez de Pisón

Ascacíbar

CU

Universidad de La Rioja

Vocal 1

Titular

Gurutze

Pérez

Artieda

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Fco. Asís

Ortega

Fernández

CU

Universidad de Oviedo

Presidencia

Suplente 1

Joaquín B.

Ordieres

Mere

CU

Universidad Politécnica de Madrid

Vocal 1

Suplente 1

Isabel

Ortiz

Marcos

TU

Universidad Politécnica de Madrid

Vocal 2

Suplente 1

José Manuel

Mesa

Fernández

TU

Universidad de Oviedo

Presidencia

Suplente 2

Salvador F.

Capuz

Rizo

CU

Universidad Politécnica de Valencia

Vocal 1

Suplente 2

M. Carmen

Ruiz

Puente

TU

Universidad de Cantabria

Vocal 2

Suplente 2

Eliseo P.

Vergara

González

TU

Universidad de Oviedo

Plaza número 4725.

Presidencia

Titular

Miguel Á.

Muriel

Fernández

CU

Universidad Politécnica de Madrid

Vocal 1

Titular

M. José

Erro

Betrán

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Emilio

Olías

Ruiz

CU

Universidad Carlos III de Madrid

Presidencia

Suplente 1

Salvador

Sales

Maicas

CU

Universidad Politécnica de Valencia

Vocal 1

Suplente 1

M. José

Garde

Alduncin

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Emilio

Soria

Olivas

CU

Universidad de Valencia

Presidencia

Suplente 2

Fco. Javier

Fraile

Peláez

CU

Universidad de Vigo

Vocal 1

Suplente 2

Sonia

Porta

Cuéllar

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Félix

Fanjul

Vélez

TU

Universidad de Cantabria

Plaza número 4800.

Presidencia

Titular

Beatriz

Romero

Herrero

CU

Universidad Rey Juan Carlos I

Vocal 1

Titular

Joaquín

Sevilla

Moroder

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Patxi X.

Quintana

Arregui

TU

Universidad Politécnica de Madrid

Presidencia

Suplente 1

M. Carmen

Vázquez

García

CU

Universidad Carlos III de Madrid

Vocal 1

Suplente 1

Ignacio R.

Matías

Maestro

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Carlos

Algora

Del Valle

CU

Universidad Politécnica de Madrid

Presidencia

Suplente 2

M. Luisa

López

Vallejo

CU

Universidad Politécnica de Madrid

Vocal 1

Suplente 2

Manuel

López-Amo

Sainz

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

José Luis

Sánchez De Rojas

Aldavero

CU

Universidad de Castilla-La Mancha

Plaza número 4607.

Presidencia

Titular

Luis A.

Camarero

Rioja

CU

Universidad Nacional Educación a Distancia

Vocal 1

Titular

Lourdes

Lostao

Unzu

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Carmen

Elboj

Saso

CU

Universidad de Zaragoza

Presidencia

Suplente 1

Clemente J.

Navarro

Yáñez

CU

Universidad Pablo Olavide

Vocal 1

Suplente 1

Carmen

Innerarity

Grau

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Modesto

Escobar

Mercado

CU

Universidad de Salamanca

Presidencia

Suplente 2

Jesús

Rivera

Navarro

CU

Universidad de Salamanca

Vocal 1

Suplente 2

Marta

Rodríguez

Fouz

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Manuel

González

Fernández

TU

Universidad Pablo Olavide

Plaza número 4720.

Presidencia

Titular

Luis A.

Camarero

Rioja

CU

Universidad Nacional Educación a Distancia

Vocal 1

Titular

Lourdes

Lostao

Unzu

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Carmen

Elboj

Saso

CU

Universidad de Zaragoza

Presidencia

Suplente 1

Clemente J.

Navarro

Yáñez

CU

Universidad Pablo Olavide

Vocal 1

Suplente 1

Carmen

Innerarity

Grau

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Modesto

Escobar

Mercado

CU

Universidad de Salamanca

Presidencia

Suplente 2

Jesús

Rivera

Navarro

CU

Universidad de Salamanca

Vocal 1

Suplente 2

Marta

Rodríguez

Fouz

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Manuel

González

Fernández

TU

Universidad Pablo Olavide

Plaza número 4867.

Presidencia

Titular

Luis A.

Camarero

Rioja

CU

Universidad Nacional Educación a Distancia

Vocal 1

Titular

Lourdes

Lostao

Unzu

CU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Titular

Carmen

Elboj

Saso

CU

Universidad de Zaragoza

Presidencia

Suplente 1

Clemente J.

Navarro

Yáñez

CU

Universidad Pablo Olavide

Vocal 1

Suplente 1

Carmen

Innerarity

Grau

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 1

Modesto

Escobar

Mercado

CU

Universidad de Salamanca

Presidencia

Suplente 2

Jesús

Rivera

Navarro

CU

Universidad de Salamanca

Vocal 1

Suplente 2

Marta

Rodríguez

Fouz

TU

Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Suplente 2

Manuel

González

Fernández

TU

Universidad Pablo Olavide

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