BOLETÍN Nº 50 - 10 de marzo de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

GALAR

Extracto de la convocatoria de subvenciones a los colectivos y personas físicas y jurídicas que mejoren el apoyo, desarrollo y mejora de la calidad de vida de las personas vecinas de la Cendea de Galar

BDNS (Identificación): 612158.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/612158).

1.–Objeto.

Estas bases tienen por objeto estructurar y fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones a cuantos proyectos y acciones se consideren adecuados para el apoyo, desarrollo y mejora de la calidad de vida de los vecinos de la Cendea de Galar.

No podrán acogerse a estas subvenciones los colectivos y personas físicas y jurídicas que reciben subvenciones municipales a través otras ayudas específicas del Ayuntamiento de la Cendea de Galar.

2.–Carácter de las subvenciones.

El otorgamiento de las subvenciones se atendrá a las siguientes normas:

1.º Tendrá carácter voluntario y eventual.

2.º No serán invocables como precedente.

3.º No será exigible aumento o revisión de la subvención.

4.º Serán nulos los acuerdos de subvenciones que obedezcan a mera liberalidad.

3.–Financiación.

Contra la partida existente en el presupuesto.

4.–Beneficiarios.

Podrán acogerse a estas subvenciones quienes acrediten las siguientes condiciones:

Personas físicas o jurídicas que, sin ánimo de lucro, realicen actividades objeto de la convocatoria y que acrediten que parte de su actividad revierte en beneficio de los vecinos de la Cendea de Galar.

Estar al corriente en las obligaciones fiscales del municipio.

Podrán ser inadmitidos los solicitantes que, habiendo sido beneficiarios de estas subvenciones en el año 2020, no hayan justificado el destino de los fondos. Asimismo, serán inadmitidas aquellas solicitudes procedentes de beneficiarios de otras ayudas específicas otorgadas por este Ayuntamiento.

5.–Procedimiento.

1. Los peticionarios deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de la Cendea de Galar antes del 20 de junio de 2022 los siguientes documentos:

Solicitud acompañada de la documentación justificativa de las condiciones señaladas en el número anterior.

Si se trata de una persona jurídica, ejemplar de sus estatutos.

Propuesta de actividades o programa que justifique el destino de los fondos que se puedan conceder.

Memoria de las actuaciones realizadas durante el año 2021.

2. Una vez concluido el plazo señalado, el Pleno del Ayuntamiento estudiará las solicitudes y, atendiendo a la prioridad de las necesidades en función de los criterios específicos que fije, resolverá estimando las solicitudes hasta que se extinga el crédito consignado en la base tercera, indicando su cuantía, hasta un máximo de 6.000 euros por actividad.

6.–Justificación del destino de los fondos.

1. El Ayuntamiento podrá recabar cuanta información y justificantes estime necesarios respecto de la documentación presentada y de la actividad realizada.

2. El uso indebido de los fondos será causa de reintegro de la subvención concedida.

3. Antes del 30 de abril de 2023 deberá presentarse la siguiente documentación:

Memoria detallada de la actividad realizada (qué logros se han conseguido, actividades desarrolladas, impacto en la zona, perspectivas de futuro, valoración global, etc.).

Instancia suscrita por el presidente de la entidad o peticionario particular dirigida al alcalde del Ayuntamiento.

Declaración jurada del beneficiario en la que se acredite que las facturas que se presentan como justificante se han aplicado a la actividad subvencionada.

Facturas por un importe equivalente al importe total de la subvención concedida que tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

Ser originales o fotocopias compulsadas por la Secretaria municipal, Notario o autoridad administrativa o eclesiástica competente.

Contener el DNI o CIF del emisor y nombre y razón social del mismo, número de factura y fecha de emisión, que deberá coincidir con el periodo en que se haya desarrollado la actividad.

Relación de gastos y documentos impresa generada por la actividad: costo de personal, material, viajes y estancias, gastos administrativos, inversión, etc.

Relación de subvenciones recibidas de otras entidades públicas y privadas.

Salinas de Pamplona, 24 de febrero de 2022.–El alcalde, Óscar Amóztegui Recalde.

Código del anuncio: L2202823