BOLETÍN Nº 5 - 10 de enero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LODOSA

Calendario laboral y declaración días inhábiles para 2022

Considerando lo dispuesto en el Decreto Legislativo 251/1993, de 30 de agosto por la que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y el artículo 34.6 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que establece que la empresa debe elaborar el calendario laboral anualmente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra que establece para los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra una jornada laboral que, en cómputo anual, queda determinada en 1592 horas efectivas de trabajo.

Teniendo en cuenta la Resolución 140/2021, de 9 de abril, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2022 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Teniendo en cuenta la competencia que me concede el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y vista la negociación previa de la propuesta de calendario laboral 2022 con los Delegados de Personal.

DECRETO:

1.º Aprobar el calendario de días festivos entre semana durante el año 2022 para el personal que presta servicios en las oficinas al servicio del Ayuntamiento de la Villa de Lodosa, tal como se detalla a continuación:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.

–14 de abril: Jueves Santo.

–15 de abril: Viernes Santo.

–18 de abril: Lunes de Pascua.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–26 de diciembre: Segunda fiesta de Navidad.

2.º Con objeto de regular el calendario se cuentan además como no laborables los siguientes días para el personal que trabaja en las oficinas municipales:

–7 de enero.

–29 de julio, 1,2 y 3 de agosto (fiestas patronales).

–16 de septiembre (fiestas de las angustias)

3.º La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo se establece en 1.592 horas efectivas de trabajo de conformidad con la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre y el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, que se realizará de la siguiente forma:

a) La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá con carácter general una duración de 7 horas y 15 minutos.

b) La distribución de la jornada de trabajo señalada en el apartado anterior del presente expositivo, no será de aplicación a aquellos otros que cuenten con un calendario laboral específico en razón de sus condiciones de trabajo.

c) A los efectos de cuadrar el número máximo de horas (1.592), las 3 horas que sobran por determinar se podrán disfrutar de la misma manera que las horas de asuntos particulares.

4.º Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2022, los sábados, los domingos y los días declarados festivos en el dispositivo primero de la presente Resolución.

5.º El presente calendario laboral podrá ser modificado por necesidades del servicio de conformidad con la normativa existente al respecto que regula las condiciones del trabajador.

6.º Notificar este resolución a los representantes de los trabajadores y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Esta resolución es firme en vía administrativa y contra ella puede interponerse potestativamente cualquiera de estos recursos:

1.–En el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (ley 39/2015, de 1 de octubre).

Si se presenta el recurso de reposición, no se pueden interponer ni el de alzada ni el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de reposición.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

2.–En el plazo de un mes desde la notificación, el de alzada ante el tribunal administrativo de Navarra (ley foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta el recurso de alzada, no se podrá interponer el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

3.–En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación, el contencioso administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio).

Lodosa, 22 de diciembre de 2021.–La alcaldesa, Lourdes San Miguel Rojo.

Código del anuncio: L2118050