BOLETÍN Nº 45 - 3 de marzo de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 98/2022, de 10 de febrero, del director general de Agricultura y Ganadería, por la que se modifica de la Resolución 858/2021, de 5 de agosto, por el pago del 10% de la ayuda asociada a cultivos proteicos a 1.616 titulares. Importe a abonar 75.440,83 euros. Resolución de Pago del Reembolso de la Disciplina Financiera a 1.489 titulares con pago del 10% de la ayuda asociada a cultivos proteicos de la campaña 2020, por un valor total de concesión de 1.906,07 euros. Importe total a abonar 77.346,90 euros a 1.616 titulares.

La Orden Foral 76/2020, de 18 de mayo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que convoca, para la campaña 2020, la Solicitud Única relativa a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería financiados por el FEAGA y a determinadas ayudas del Programa de Desarrollo Rural y de Estado, las solicitudes de derechos a la Reserva Nacional, la presentación de solicitudes de modificación al SIGPAC y la notificación anual a efectos de su inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola.

Por Resolución 756/2021, de 13 de julio, del director general de Agricultura y Ganadería, se conceden y deniegan las Ayudas Directas por Superficie y Ganadería de la campaña 2020 a 12.405 titulares por un valor total de 98.790.737,09 euros.

Por Resolución 858/2021, de 5 de agosto, del director general de Agricultura y Ganadería, se modifica la Resolución 756/2021, de 13 de julio, del director general de Agricultura y Ganadería, por incremento de la ayuda de Pago Verde a 9.293 titulares y se procede a la Concesión y Pago del Reembolso de la Disciplina Financiera a 6.583 titulares, con pagos de la campaña 2020, por un valor total de concesión de 1.204.300,26 euros.

Por comunicación del presidente del FEGA, con fecha 1 de marzo de 2021, se establece el importe unitario definitivo para el pago de la ayuda asociada a los cultivos proteicos en la campaña 2020. Siendo el importe para proteaginosas y leguminosas de 53,780836 euros/ha y en el caso de oleaginosas de 40,169115 euros/ha.

Mediante resolución de 30 de noviembre de 2021 del Presidente del FEGA, se estableció un coeficiente provisional de reembolso de la disciplina financiera aplicada en el ejercicio financiero 2021, sobre los pagos superiores a 2.000 EUR que se efectúen a partir del 1 de diciembre de 2021, que correspondan a beneficiarios sujetos a la reducción de la disciplina financiera en el ejercicio financiero 2022, estimada en un 2,29%.

Visto el informe de la Sección de Ayudas a las Rentas en el que se da cuenta de los controles realizados, de las superficies validadas para el pago y de los importes calculados correspondientes a las solicitudes de ayudas Directas por Superficie y Primas Ganaderas, para la campaña 2020.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y por el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Abonar a los 1.616 titulares, beneficiarios de la ayuda asociada a cultivos proteicos en la campaña 2020, la Resolución 858/2021, de 5 de agosto, del director general de Agricultura y Ganadería, en lo que respecta al pago del 10% de la ayuda asociada a cultivos proteicos, un importe total de 75.440,83 euros.

2.º Abonar a los 1.489 titulares, un importe total de 1.906,07 euros, en concepto de Reembolso de la Disciplina financiera resultante del pago del 10% de la ayuda asociada a cultivos proteicos para la campaña 2020, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía, FEAGA.

3.º Trasladar la presente resolución a la Sección de Ayudas a las Rentas, a la Secretaría General Técnica y al Negociado de Ejecución de Pagos del FEAGA y del FEADER.

4.º Notificar a los interesados la presente resolución mediante la publicación en el Boletín Oficial de Navarra, pudiéndose consultar en la página web del Portal del Ciudadano de la aplicación SGA. Lo dispuesto en esta resolución lo es sin perjuicio de que el Negociado de Ejecución de pagos del FEAGA-FEADER proceda a deducir a los beneficiarios afectados los importes de las deudas que figuran en el Registro de Deudores de dichos Fondos y de embargos judiciales, de conformidad con la reglamentación comunitaria.

5.º Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número.

Pamplona, 10 de febrero de 2022.–El director general de Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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