BOLETÍN Nº 40 - 24 de febrero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MARCILLA

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de tasas y precios públicos

El Pleno del Ayuntamiento de Marcilla, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2021, acordó aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora de las tasas y precios públicos de Marcilla para el año 2022.

El anuncio fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 279, de 14 de diciembre de 2021.

Habiendo transcurrido el periodo de información pública de treinta días, y no habiéndose presentado alegaciones, de conformidad con el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, se entiende aprobada definitivamente.

Marcilla, 28 de enero de 2022.–El alcalde, Mario Fabo Calero.

TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS 2022 AYUNTAMIENTO DE MARCILLA

Tipos de gravamen

Riqueza rústica: 0.2942%.

Riqueza urbana: 0.2942%.

Impuesto actividades económicas a las tarifas aprobadas por el Gobierno de Navarra: 1,40%.

Impuesto incremento del valor de los terrenos urbanos: 13%.

Coeficientes: se aplicarán los coeficientes que, según el periodo de generación del incremento de valor, queden fijados con carácter máximo en la Ley Foral 2/1995, de 2 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

Impuesto de circulación de vehículos: las que apruebe el Gobierno de Navarra:

–Reducción del 20% a los vehículos certificados como ECO.

–Reducción del 50% a los vehículos certificados como 0 emisiones.

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras sobre presupuesto de ejecución material: 4.86%.

Impuesto sobre las viviendas deshabitadas: 0.25%.

Tasas por expedición y tramitación de expedientes y documentos

Por cada fotocopia blanco y negro din A-4: 0,12 euros.

Por cada fotocopia color din A-4: 0,35 euros.

Por cada fotocopia bn din A-3: 0,25 euros.

Por cada fotocopia color din A-3: 0,50 euros.

Por grabación de expediente o documento en cada CD: 10,00 euros.

Envío fax:

  • Por la primera hoja: 1,00 euros.
  • Por la segunda y sucesivas hojas de un mismo documento: 0,20 euros.

Por cada fotocopia diligenciada: 2,00 euros.

Compulsa de documentos:

–Por la primera hoja: 2,00 euros.

–Por la segunda y sucesivas hojas de un mismo documento: 0,30 euros.

Certificados (padrón exento): 3,00 euros.

Informes, con o sin certificados, a instancia de parte por interés privado: 18,50 euros.

Cédulas parcelarias: 3,00 euros.

Hojas catastrales: 0,60 euros.

Informes por descalificación de vivienda:

–(Por cada descalificación de vivienda de protección oficial): 18,00 euros.

Tarjetas de estacionamiento: 25,00 euros.

Tramitación de tarjetas de armas: 25,00 euros.

Tramitación de tarjetas de tenencia de animales peligrosos: 50,00 euros.

Bodas Civiles:

1.–Uso del patio del castillo con preparación de mesas, sillas, equipo de sonido (sin técnico) y reportaje fotográfico: 250,00 euros.

2.–Uso del salón de plenos en festivo y fin de semana. 75,00 euros.

Venta de DVD patrimonio inmaterial: 3 euros.

Venta réplica castillo de Marcilla: 50 euros.

Venta plato con escudo pintado: 25 euros.

Venta figuras gigantes de alabastrina. 50 euros/pareja.

Guardería (comedor y escolaridad): conforme a las tarifas señaladas por el Gobierno de Navarra.

Tasas por otorgamiento de licencias urbanísticas (*)

Tramitación de planes parciales o de ordenación, modificaciones parciales o especiales, estudio de detalles, parciales.

–Tramitación de planes parciales o de ordenación, modificaciones parciales o especiales, estudio de detalles, parcelaciones y reparcelaciones, modificación puntual del plan general municipal, por cada expediente 1.000 euros, incluidos los gastos de publicación de anuncios en prensa.

–Proyectos de urbanización el 1,5% del presupuesto de ejecución material: 45 euros.

(*) Estas tarifas serán incrementadas con el coste de los informes técnicos y, en su caso, trabajos técnicos realizados a petición del solicitante.

–Concesión de licencias de obras no incluidas en las anteriores el tipo de 0,22% ejecución material, con un mínimo de 45,00 euros.

–Emisión de informes urbanísticos a instancia de parte por los servicios municipales: 45 euros.

(*) Estas tarifas serán incrementadas con el coste de los informes técnicos.

–Informe de adecuación de viviendas (ingreso a justificar con solicitud de informe): 50 euros.

Licencias de primera utilización u ocupación de edificios (*)

–Concesión de licencias de primera ocupación de edificios: 0,50 euros/m² construido.

–Tramitación de expedientes de actividad clasificada: 240 euros.

(*) Estas tarifas serán incrementadas con el coste de los informes técnicos.

–Expedición documento licencia de apertura por cambio de titularidad: 50 euros.

TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS E INOCUAS (*)

–Comercios menores de 80 m² de superficie: 200 euros.

–Comercio igual o mayores de 80 m² de superficie: 200 euros.

–Gestorías y oficinas: 200 euros.

–Bares, cafeterías, restaurantes y salas recreativas: 575 euros.

–Talleres, naves industriales y de almacenaje de hasta 200 m²: 575 euros.

–Talleres, naves industriales y de almacenaje de 201 a 400 m²: 1150 euros.

–Talleres, naves industriales y de almacenaje de 401 hasta 1000 m²: 1150 euros.

(*) Por cada metro que supere los 1000 m²: 0,20 euros/m².

–Naves agrícolas y ganaderas: 575 euros.

–Edificios y locales comerciales asistenciales: 300 euros.

(*) Estas tarifas serán incrementadas con el coste de los informes técnicos externos.

TASAS POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN EL CEMENTERIO Y DE LAS CONCESIONES DE SEPULTURA

–Cementerio (servicios):

  • Servicios fúnebres en tierra: 175 euros.
  • Servicios fúnebres en nicho: 130 euros.
  • Depósito de cenizas: 60 euros.
  • Extracción de restos: 120 euros.

–Cementerio (concesión de sepulturas):

  • Concesión primera sepultura: 205,10 euros.
  • Concesión segunda sepultura (si esta contigua): 683,70 euros.
  • Concesión tercera sepultura (si esta contigua): 1368,35 euros.
  • Concesión de nichos (por cada hueco): precio de la construcción.

TASAS POR APERTURA DE ZANJAS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO Y CUALQUIER REMOCIÓN DEL PAVIMENTO O ACERAS EN LA VÍA PÚBLICA

La cuantía a aplicar en esta ordenanza son las siguientes:

Epígrafe 1.–Apertura de zanjas.

1.1. Si el ancho de la zanja es menor a un metro lineal, por cada metro de longitud devengará:

1.1.1. En zonas con pavimento de piedra: 53,74 euros.

1.1.2. En zonas con pavimento general: 26,69 euros.

1.1.3. En zonas sin pavimentar: 5,36 euros.

1.2. Si el ancho de la zanja es igual o mayor a un metro lineal, por cada metro de longitud devengará:

1.2.1. En zonas con pavimento de piedra: 80,60 euros.

1.2.2. En zonas con pavimento general: 40,29 euros.

1.2.3. En zonas sin pavimentar: 6,71 euros.

1.3. Si con motivo de la apertura de la zanja es preciso el cierre del tráfico rodado, bien con inutilización de una dirección o vía o espacio importante, se aplicarán además las tarifas por cierre de vía pública que se establezcan.

Epígrafe 2.–Construcción o supresión de pasos de vehículos, bocas de carga, ventilaciones, lucernarios, tolvas y cualquier remoción del pavimento o aceras.

Por cada metro lineal, en la dimensión mayor: 47 euros.

Epígrafe 3.–Los promotores vendrán obligados al depósito de una fianza en metálico, como garantía, consistente en el 20% del coste de la obra.

TASAS POR APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL SUELO, VUELO, SUBSUELO DE LA VÍA PÚBLICA Y TERRENOS DEL COMÚN

–Por ocupación de suelo en vía pública:

Ocupación de aceras públicas por materiales de obras, andamios, vallados, grúas, etc. de cualquier dimensión, por fachada: 3,57 euros/ día.

Ocupación parcial de aceras y suelo de la vía pública por materiales de obras, andamios, vallados, grúas, etc. de cualquier dimensión, por fachada. 6,93 euros/ día.

Ocupación del suelo de la vía con cierre total de la circulación, durante los primeros 6 meses: 15,30 euros/día.

Ocupación de suelo con cierre total de la circulación desde el 1.º día siguiente a cumplidos los 6 primeros meses: 23,46 euros/día.

–Vados permanentes:

  • Hasta 3 metros lineales: 130,00 euros.
  • De más de 3 metros lineales, tarifa anterior más un recargo por metro: 37 euros.

–Retirada vehículos que obstruyan la vía pública:

  • Retirada turismos y furgonetas: 139,75 euros.
  • Retirada furgones (hasta 6 metros de longitud y rueda sencilla): 177,87 euros.
  • Retirada turismos y furgonetas si el servicio se presta entre las 20:00 h y 8:00 h o sábados, domingos y festivos: 195,66 euros.
  • Retirada furgones (hasta 6 metros de longitud y rueda sencilla) si el servicio se presta entre las 20:00 h y 8:00 h o sábados, domingos y festivos: 249,00 euros.

–Terrazas bares:

  • Por cada mesa en vías de 1.ª categoría: 6.25 euros/mes.
  • Por cada mesa en vía de 2.ª categoría: 4.70 euros/mes.
  • Veladores. 5 euros/m² de ocupación.

–Puestos de venta en mercadillo ambulante:

  • Para puestos fijos: 69,56 euros m²/año.
  • Para puestos eventuales: 1,50 euros m²/día.

–Barracas: 0,84 euros m²/día.

–Almacenamiento, montaje y desmontaje de burladeros: 100 euros/año.

Tasas por la utilización de las instalaciones deportivas municipales

–Piscina municipal: Temporada Verano 2022.

  • Abono temporada adulto (< o = 16 años): 60,00 euros.
  • Abono de matrimonio, parejas de hecho: 110,00 euros.
  • Abono temporada menores (mayor o igual de 7 años y menor de 16): 33,00 euros.
  • Menores de 7 años (deberán ir acompañados por padre, madre o tutor abonado): 0 euros.
  • Abono mayores de 65 años: 25,00 euros.
  • Entrada día: 7,00 euros.
  • Entrada de mañana (desde apertura hasta las 15h): 4,00 euros.
  • Entrada de tarde (a partir de las 16h): 4,00 euros.
  • Abono mensual (30 días seguidos): 30 euros.
  • Abono mensual menores (30 días seguidos): 25 euros.
  • Abono mensual matrimonio (30 días seguidos): 55 euros.
  • Abono mes de septiembre para matrimonio: 25 euros.
  • Abono mes de septiembre para mayores: 15 euros.
  • Bono 10 entradas día: 40 euros.
  • Reposición pulsera, tarjeta, llavero control acceso instalaciones: 1,50 euros.
  • Reducción miembro de familia numerosa: 10% del precio establecido.
  • Reducción familias monoparentales: 10% del precio establecido.
  • Reducción por carnet joven: 10% del precio establecido.

–Pistas deportivas:

  • Uso pabellón deportivo: 1 hora de pista entera: 22,00 euros.
  • Uso pabellón deportivo: 1 hora media pista: 14,00 euros.
  • Uso pista de pádel:
  • 1,5 h con luz incluida: 10 euros.
  • Bono 10 reservas con luz incluida: 70 euros.
  • Uso frontón cubierto:
  • 1 hora: 4 euros.
  • 1,5 h: 6 euros.
  • Bono 10 reservas 1h: 28 euros.
  • Bono 10 reservas 1,5 h: 42 euros.
  • Uso cancha de tenis:
  • 1 hora: 4 euros.
  • 1,5 h: 6 euros.
  • Bono 10 reservas 1h: 28 euros.
  • Bono 10 reservas 1.5 h. 42 euros.
  • Cancha de fútbol 7:
  • 1 hora: 25 euros.
  • 1 hora focos de luz: 2,5 euros.
  • 1,5 h focos de luz. 4 euros.

–Área de autocaravanas: 3 euros/día.

Tasas por suministro de agua

–Cuota fija de abonado por trimestre: 5,8048 euros.

–Abastecimiento de agua doméstico en viviendas y usos vinculados.(centros de enseñanzas, consultorio local, centros religiosos). Por cada m³ consumido: 0.6080 euros.

–Abastecimiento de agua no doméstico industriales y comerciales, (granjas, talleres, obras, industrias, comercios, servicios, oficinas y despachos). Por cada m³ consumido: 0,8382 euros.

–Abastecimiento de agua no doméstico para riego y recreo en fincas particulares. Por cada m³ consumido: 1,6979 euros.

(*) A estas tarifas se les aplicará el porcentaje de I.V.A. establecido en la normativa correspondiente.

Tasas de alcantarillado y depuración de aguas de abastecimiento y residuales

–Alcantarillado, cuota fija por trimestre: 3,279 euros.

–Alcantarillado doméstico en viviendas y usos vinculados (centros de enseñanza, consultorios locales, centros religiosos), por cada m³ de agua abastecido: 0,1421 euros.

–Alcantarillado no doméstico industrial y comercial, (granjas, talleres, obras, industrias, comercios, servicios, oficinas y despachos), por cada m³ de consumo: 0,2122 euros.

–Mantenimiento de contador: 1,5709 euros.

(*) A estas tarifas se les aplicará el porcentaje de I.V.A. establecido en la normativa correspondiente.

–Acometidas abastecimiento y alcantarillado (I.V.A. no incluido): 105,06 euros.

Se liquidará así mismo el coste de los trabajos necesarios para realizar la acometida.

Reducción especial para perceptores de pensiones de cuantía igual o inferior al salario mínimo interprofesional

La parte de la cuota correspondiente a los hechos imponibles previstos en el Artículo 4.c) Consumo, objeto de regulación en esta ordenanza, será reducida en un 10%, respecto a la que con carácter general resulte de aplicación, cuando el obligado al pago sea beneficiario de una prestación de la Seguridad Social o del Instituto Navarro de Bienestar Social, cuyo importe no supere el salario mínimo interprofesional, o 1,2 veces dicho salario mínimo interprofesional en el caso de tener cónyuge o persona con análoga relación de convivencia, sumando los ingresos totales de ambos. En los supuestos de tener cargas familiares distintas a la del cónyuge (hijos menores de edad, hijos hasta los 23 años inclusive que se encuentren en situación legal de desempleo o cursando estudios, o hijos discapacitados sin ingresos), a dichos topes económicos se incrementará 0,2 veces el referido salario mínimo interprofesional por cada persona dependiente.

No podrán acogerse a esta reducción especial quienes cumpliendo el requisito anterior obtengan otros ingresos adicionales que en cómputo anual superen el salario mínimo interprofesional, bien sea de quien lo solicite o de las personas que convivan en la misma vivienda. Asimismo el patrimonio mobiliario o inmobiliario del solicitante o de los convivientes no será superior a euros 21.000 excluido el valor de su vivienda habitual.

Para justificar el cumplimiento de los citados requisitos los solicitantes deberán aportar:

1. Solicitud.

2. Certificado de la prestación recibida.

3. Declaración de la Renta y/o Patrimonio, o certificado del Departamento de Economía y Hacienda de no tener obligación de realizarla, así como otros documentos que justifiquen los ingresos del solicitante o de las personas convivientes.

4. Certificado de Convivencia del Padrón Municipal.

En todo caso el beneficiario de esta reducción especial será el titular del contrato de abastecimiento y saneamiento de agua.

Reducción para familias numerosas y monoparentales

Reducción, previa solicitud, del 10% a la cuota que, con carácter general, resulte de aplicación, cuando el obligado al pago sea titular del contrato de agua y saneamiento y ostente la condición de familia numerosa o familia monoparental (excepto tarifa canon saneamiento). Al efecto, deberá presentar en registro municipal la solicitud de bonificación del 10% correspondiente acompañada de los documentos que acrediten la titularidad de familia numerosa o monoparental.

El Ayuntamiento de Marcilla, en cualquier momento, podrá realizar la comprobación de que se mantienen los requisitos exigidos para la concesión de esta reducción especial, procediendo a su eliminación en aquellos beneficiarios que hayan dejado de cumplir los requisitos, o no aporten los documentos que se hayan requerido para esta comprobación.

Precios públicos por utilización de locales municipales, visita al castillo de Marcilla y regalos castillo de Marcilla

Entrada visita individual: 3 euros.

Entrada visita grupo (entre 50-60 personas): 120 euros.

Entrada concertada previa petición individual (reportajes fotográficos etc....): 31,30 euros/hora o fracción.

Utilización del Salón de Actos:

–Media jornada: 150 euros.

–Jornada completa: 300 euros.

Utilización sala exposiciones: 150 euros mes.

Utilización de salas para cursos:

–20 euros mes por cursos de 1 día a la semana.

–30 euros mes por cursos de 2 días a la semana.

–40 euros mes por cursos de 3 días a la semana.

Reducciones:

1. Por utilización del local durante un mínimo de 5 días consecutivos 20%.

2. Por utilización del local durante un mínimo de 7 días consecutivos 30%

3. Asociaciones Locales sin ánimo de lucro: Exentos.

Libro opúsculo número 2 castillo de Marcilla: historia breve para visitantes tamaño 15 x 21: 10 euros.

Libro opúsculo número 9 diccionario antiguo de Marcilla y comarca en el siglo XX tamaño 15 x 21: 15 euros.

Libro opúsculo número 10 efemérides históricas y etnológicas de Marcilla tamaño 15 x 21: 30 euros.

Imán castillo de Marcilla: 3 euros.

Llavero castillo de Marcilla: 3 euros.

Dedal castillo de Marcilla: 2,50 euros.

Mochila castillo de Marcilla: 3 euros.

Llavero rectangular madera castillo de Marcilla: 2 euros.

6 lápices de colores en tubo castillo de Marcilla: 3,50 euros.

Bloc de notas con tapas de suave tacto: 4,50 euros.

Imán pequeño castillo de Marcilla: 1 euros.

Espada castillo de Marcilla: 21 euros.

Botella aluminio de pared simple con mosquetón castillo de Marcilla: 6 euros.

Metacrilato 100x100x30 castillo de Marcilla: 8 euros.

Metacrilato 160x100x30 castillo de Marcilla: 10,50 euros.

Metacrilato 200x80x30 castillo de Marcilla: 10,50 euros.

Tasas organismo autónomo patronato municipal

Residencia San Bartolome - Marcilla.

Residencia autónomo: 1096,00 euros/mes.

Residencia dependiente moderado: 1411,57 euros/mes.

Residencia dependiente severo: 1730,40 euros/mes.

Residencia gran dependiente: 1889,27 euros/mes.

Estancias diurnas de lunes a viernes (8 horas/día): 788,79 euros/mes.

Estancias diurnas de lunes a viernes (8 horas/día): 1104,31 euros/mes.

Estancias diurnas (servicios de más de 8horas/día): 4,6 euros/día.

Servicio de comida o cena: 4,50 euros.

Servicio de comida y cena: 8,50 euros.

Tasas organismo autónomo patronato municipal escuela de música vicente fontan curso 2021/2022

Matrícula anual Logse: 36,46 euros.

Lenguaje musical (mensual): 22,53 euros.

Iniciación (mensual): 12,30 euros.

Instrumento plan Logse 30 minutos (mensual): 26,64 euros.

Instrumento plan Logse 35 minutos (mensual): 30,74 euros.

Instrumento plan Logse 40 minutos (mensual): 34,84 euros.

Instrumento plan Logse 45 minutos (mensual): 40,01 euros.

Instrumento sin hacer lenguaje musical 30 minutos (mensual): 35,86 euros.

Instrumento sin hacer lenguaje musical 35 minutos (mensual): 42,03 euros.

Instrumento sin hacer lenguaje musical 40 minutos (mensual): 48,21 euros.

Instrumento sin hacer lenguaje musical 45 minutos (mensual): 53,28 euros.

Instrumento alumno foráneo 30 minutos (mensual): 61,48 euros.

Instrumento alumno foráneo 35 minutos (mensual): 70,70 euros.

Instrumento alumno foráneo 40 minutos (mensual): 80,02 euros.

Instrumento alumno foráneo 45 minutos (mensual): 90,15 euros.

Jotas (mensual): 12,30 euros.

Rondalla (mensual): 12,30 euros.

Coral (mensual): 12,30 euros.

Banda de la escuela (mensual): 12,30 euros.

Grupo de guitarras (mensual): 12,30 euros.

Matrícula iniciación (anual): 20,26 euros.

Matrícula de cada asignatura (anual): 10,13 euros.

El presente acuerdo entrará en vigor a partir del día 1 de enero de 2022.

Código del anuncio: L2201781