BOLETÍN Nº 4 - 7 de enero de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 381E/2021, de 26 de noviembre, la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se procede a aprobar la distribución del Fondo de Residuos 2022.

La Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de residuos y su fiscalidad, crea el denominado Fondo de Residuos para financiar medidas que tengan por objeto mitigar los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente asociados a la generación y gestión de residuos.

El Fondo de residuos se integra de manera diferenciada en el presupuesto del Departamento con competencias en materia de medio ambiente y se provee de los siguientes recursos:

a) La cantidad resultante de la recaudación del impuesto a la eliminación en vertedero y a la incineración de residuos.

b) El importe recaudado de las sanciones impuestas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra por la comisión de infracciones a la normativa en materia de residuos.

c) El importe de las garantías financieras depositadas para la gestión de residuos ante Hacienda de Navarra, una vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 41 de esta ley foral.

d) Las aportaciones del presupuesto de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

e) Las subvenciones y ayudas otorgadas por otros entes.

f) Las donaciones, herencias, las aportaciones y las ayudas que los particulares, las empresas o instituciones destinen específicamente al Fondo.

g) Las aportaciones realizadas directamente al Gobierno de Navarra para las acciones de promoción y comunicación provenientes de los convenios firmados con los sistemas que se establecen para la gestión de los residuos de envases o de otros sistemas de gestión de residuos que se desarrollen en el marco de la responsabilidad ampliada del productor, y, en su caso, las no utilizadas para estos fines por las entidades locales.

h) Cualquier otra aportación destinada a financiar operaciones de gestión de residuos.

El Fondo de residuos de 2022, se compone de 5.042.161 euros procedentes del impuesto sobre la eliminación en vertedero y la incineración de residuos, y unos ingresos de 101.114 euros procedentes de multas por la comisión de infracciones en materia de residuos impuestas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, lo que hace un importe total de 5.143.275 euros. Para el cómputo de estos ingresos se ha tenido en cuenta el periodo que abarca desde el 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021 según lo establecido en el Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos.

A través de la presente orden foral de distribución de los ingresos del Fondo de Residuos de 2022 se cumple con el mandato establecido en el Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos, y en el artículo 43 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su fiscalidad, que establece que “la partida presupuestaria ‘Fondo de residuos’ se distribuirá anualmente por el departamento con competencias en materia de medio ambiente, previa consulta al Ente Público de Residuos de Navarra, de acuerdo con el criterio de priorización de los escalones superiores de la jerarquía de residuos, el cumplimiento de los objetivos, urgencia ambiental, proporcionalmente a la aportación económica de cada flujo de residuos al mismo y según las siguientes materias (...)”.

El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, a través del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, ha realizado el análisis anual de la situación en la gestión de residuos en la Comunidad Foral de Navarra y ha realizado una propuesta de distribución del Fondo, que con fecha 19 de octubre de 2021 se ha hecho llegar la documentación estipulada al Consorcio de Residuos y a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. Y ambas Entidades, dentro del plazo estipulado de 1 mes, han realizado comentarios que se encuentra detallados en el anexo I. En el mismo archivo se encuentra la respuesta dada a dichos comentarios y su motivación.

Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta las aportaciones recibidas, el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, ha propuesto destinar las siguientes cantidades proporcionalmente a la aportación económica de cada flujo de residuos, tal y como se definen en el artículo 3, del Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos, y según las materias del artículo 43 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su fiscalidad:

a) Flujo de residuos domésticos. 2.740.945 euros para la concesión de subvenciones a entidades locales que tienen atribuida la competencia de la recogida, transporte o gestión de residuos domésticos y que hayan contribuido a la generación del Fondo de Residuos por este concepto. Atendiendo a que los servicios públicos locales pueden estar gestionados en forma directa o indirecta conforme al artículo 192 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra se incluirán en las líneas de ayuda todos los modelos de prestación y personificación. Esta cantidad se distribuirá, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1, del Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, a acciones relacionadas con la prevención y con la recogida selectiva, 2.350.000 euros, y a acciones relacionadas con su gestión, 390.945 euros.

b) Flujo de otros residuos no peligrosos. 1.412.840 euros para la concesión de subvenciones a empresas para la ejecución de proyectos de prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales.

c) Flujo de construcción y demolición, y materiales naturales excavados. 629.460 euros para la concesión de subvenciones a empresas y entidades locales para optimización y mejora de los sistemas de reciclaje y valorización material de residuos de construcción y demolición, y para la valorización material de materiales naturales excavados.

d) Actuaciones de carácter general y urgencia ambiental. 360.030 euros. De los que 40.000 euros son para estudios y trabajos técnicos, 30.271 euros son para contratos de estudios técnicos de residuos de construcción y demolición e industriales, 216.747 euros son para trabajos (encargos) sobre estudios de tierras contaminadas, caracterizaciones y trabajos diversos para todas las fracciones, 52.982 euros para la dotación de sistemas de trazabilidad y control y teletramitación de datos y 20.030 euros son para actuaciones de restauración de zonas degradadas.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral 34/2019, de 6 de agosto, por el que se nombra consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

ORDENO:

1.º Aprobar la distribución del Fondo de Residuos 2022, conforme a los criterios de asignación que se recogen en el anexo II de la presente orden foral, de tal modo que corresponden:

a) 2.740.945 euros para la concesión de subvenciones a entidades locales que tienen atribuida la competencia de la recogida, transporte o gestión de residuos domésticos y que hayan tributado por este concepto. Atendiendo a que los servicios públicos locales pueden estar gestionados en forma directa o indirecta conforme al artículo 192 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra se incluirán en las líneas de ayuda todos los modelos de prestación y personificación. En concreto, para acciones relacionadas con la prevención, la recogida selectiva y la gestión de los residuos domésticos que se vayan a desarrollar a lo largo de 2022 y/o 2023.

La autorización de gasto de las convocatorias se realizará, al aprobar estas, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias de los Presupuestos Generales de Navarra 2022 y, en su caso, equivalentes del 2023:

• 740001 74100 4609 456205 Fondo residuos. Subvenciones a entidades locales por importe de 740.945 euros

• 740001 74100 7609 456204 Fondo residuos. Subvenciones a entidades locales por importe de 2.000.000 euros

Podrán realizarse movimientos de fondos entre estas partidas para ajustar el compromiso de gasto, dependiendo de las solicitudes que se realicen en las subvenciones, y hasta el máximo de la suma de ambas partidas: 2.740.945 euros.

b) 1.412.840 euros para la concesión de subvenciones a empresas para la ejecución de proyectos de prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales que se vayan a desarrollar a lo largo de 2022.

La autorización de gasto de las convocatorias se realizará, al aprobar estas, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias de los Presupuestos Generales de Navarra 2022:

• 740001 74100 4701 456200 Fondo residuos. Subvenciones sector privado por importe de 412.840 euros

• 740001 74100 7701 456202 Fondo residuos. Subvenciones sector privado por importe de 1.000.000 euros

Podrán realizarse movimientos de fondos entre estas partidas para ajustar el compromiso de gasto, dependiendo de las solicitudes que se realicen en las subvenciones, y hasta el máximo de la suma de ambas partidas: 1.412.840 euros.

c) 629.460 euros para la concesión de subvenciones a empresas y entidades locales para optimización y mejora de los sistemas de reciclaje y valorización material de residuos de construcción y demolición, y para la valoración material de materiales naturales excavados que se vayan a desarrollar a lo largo de 2022.

La autorización de gasto de las convocatorias se realizará, al aprobar estas, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias de los Presupuestos Generales de Navarra 2022:

• 740001 74100 4609 456205 Fondo residuos. Subvenciones a entidades locales por importe de 229.460 euros

• 740001 74100 4701 456200 Fondo residuos. Subvenciones sector privado por importe de 300.000 euros

• 740001 74100 7609 456204 Fondo residuos. Subvenciones a entidades locales por importe de 50.000 euros

• 740001 74100 7701 456202 Fondo residuos. Subvenciones sector privado por importe de 50.000 euros.

Podrán realizarse movimientos de fondos entre estas partidas para ajustar el compromiso de gasto, dependiendo de las solicitudes que se realicen en las subvenciones, hasta el importe máximo de todas ellas que alcanza los 629.460 euros.

d) 360.030 euros a actuaciones de carácter general y urgencia ambiental que se vayan a desarrollar a lo largo de 2022. De los que:

• 40.000,00 euros son para estudios y trabajos técnicos, con cargo a la partida presupuestaria 740001 74100 2276 456207 Fondo residuos. Estudios y trabajos técnicos, de los presupuestos generales de Navarra 2022.

• 30.271 euros son para contratos de estudios técnicos de residuos de construcción y demolición e industriales, con cargo a la partida presupuestaria 740001 74100 2276 456210 Fondo residuos. Actuaciones de carácter general y urgencia ambiental. Contrato estudios técnicos de RCD’s, de los presupuestos generales de Navarra 2022.

• 216.747 euros son para trabajos (encargos) sobre estudios de tierras contaminadas, caracterizaciones y trabajos diversos para todas las fracciones, con cargo a la partida presupuestaria 740001 74100 2276 456211 Fondo residuos. Encargo GAN. Estudios y trabajos técnicos para el Fondo de Residuos; de los presupuestos generales de Navarra 2022.

• 20.030 euros son para actuaciones de restauración de zonas degradadas euros son para actuaciones de restauración de zonas degradadas, con cargo a la partida presupuestaria 740001 74100 2279 456200 Fondo residuos. Actuaciones de carácter general y urgencia ambiental sector privado, de los presupuestos generales de Navarra 2022.

• 52.982 euros para la dotación de sistemas de trazabilidad y control y teletramitación de datos 740001 74100 6091 456200 Fondo residuos. Proyectos técnicos, de los presupuestos generales de Navarra 2022.

2.º Contra esta orden foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la publicación de la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente orden foral al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, a la Secretaría General Técnica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, a la Sección de Gestión Presupuestaria de la Secretaría General Técnica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, al Consorcio de Residuos de Navarra y a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona a los efectos oportunos.

4.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de noviembre de 2021.–La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez López.

ANEXO I

FECHA

PRESENTADOR

N.º
ALEGACIÓN

DOCUMENTO

DESCRIPCIÓN

ESTIMACIÓN/DESESTIMACIÓN

JUSTIFICACIÓN

17/11/21

MCP

1

Subv. Anual/Plurianual

Varias aportaciones:

1.1

Mostramos nuestra disconformidad con las bases 8 de las dos convocatorias de subvenciones propuestas por el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático Sección de Residuos, dado que no reflejan el peso real de las aportaciones a los objetivos del Plan de Residuos de Navarra 2017/2027 de esta Entidad Local con competencia en gestión de residuos domésticos en la Comarca de Pamplona. El criterio d) en función de los valores obtenidos por el indicador de prevención “Con este indicador se puntúa a quien está consiguiendo reducir la generación de residuos. Su cálculo se realiza como el porcentaje de reducción de la generación per cápita (kilogramos habitante año) entre los dos años precedentes de los que se dispongan inventarios validados”. En el Inventario de Residuos domésticos y comerciales, se aportan datos de prevención de residuos, pero no es con ese valor con el que se obtiene el indicador de prevención, sino con el valor de generación de residuos per cápita de cada Entidad Local, al que afectan otros factores además de la reducción obtenida por las actuaciones llevadas a cabo por cada mancomunidad. La aportación neta a la prevención de Navarra por MCP/SCPSA, es la más alta de la Comunidad, pero el indicador utilizado no lo valora de esa forma, obteniendo 1 punto de los 20 posibles. En cuanto a los valores de captación de materiales la convocatoria establece distinta puntuación en base al porcentaje de valorización de cada entidad local de acuerdo a los parámetros publicados por el Gobierno de Navarra, como inventario de residuos de 2020. No se establece ningún coeficiente por número de habitantes, ni toneladas netas recuperadas, quedando MCP/SCPSA con puntuaciones bajas respecto a otras Entidades Locales, siendo MCP/SCPSA la Entidad Local que aporta mayor número de toneladas a la recuperación total de Navarra.

Estimado

En cuanto al indicador de valorización que se establece en el punto i) de la base 8 de la convocatoria, en el que la MCP/SCPSA obtiene 1 punto de los 20 máximos, y tras el estudio de la casuística de las diferentes Mancomunidades bajo este criterio, se ha decidido eliminar el indicador de valorización como criterio de valoración para la concesión de la subvención. No obstante, para que las actividades de la Mancomunidad se vean directamente representadas, se va a sustituir este indicador por uno global de recogida selectiva y otro por la disminución de la fracción resto.

1.2

Entendemos que el esfuerzo singular que esta Entidad está realizando en estos momentos en materia de recogida selectiva y tratamiento se debería ver reconocido con un mayor retorno en la cantidad aportada en concepto de canon de vertido durante los próximos años.

Desestimado

El importe del Fondo de Residuos se tiene que destinar a las acciones que se establecen en el artículo 43 de la LF 14/18 todo ello en concurrencia competitiva según la Ley Foral 11/2005 de Subvenciones. Independientemente de la contribución a la generación del Fondo por el envío de los residuos al vertedero.

1.3

Proponemos que el retorno del canon se establezca de forma proporcional a lo aportado por cada entidad, ya que ello está en estrecha relación con la cuantía de las inversiones necesarias en cada entidad.

Desestimado

Siguiendo el hilo de la respuesta anterior, destacar que las inversiones que se establecen en las convocatorias van orientadas al cumplimiento de los objetivos del PRN y de la Normativa sectorial, especialmente en biorresiduos. Y, por lo tanto, inversiones como las referidas a nuevas plantas TMB exigidas para el cumplimiento de la Normativa, evitando el vertido directo, no tienen cabida en estas convocatorias. Igualmente, para la posible ampliación de las plantes TMB ya existentes, en línea con los criterios establecidos en las bases reguladoras de los Fondos Next Generation del MITERD.

10/11/21

Consorcio de Residuos de Navarra

2

Subv. Anual/Plurianual

Varias aportaciones:

2.1

El Consorcio para el Tratamiento de Residuos Urbanos de Navarra considera que debe ser incluido como entidad susceptible de ser beneficiaria de subvención en las Bases Reguladoras de las subvenciones sometidas a informe procedente del flujo de residuos domésticos (convocatoria anual y convocatoria plurianual)

Estimado

Realizada la consulta del Servicio Jurídico indican que “ Corresponde al Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las entidades locales del Departamento de Cohesión Territorial determinar el carácter de entidad local del Consorcio. Si dicho Servicio ha informado que el Consorcio tiene el carácter de entidad local, podrá ser beneficiaria de las convocatorias de ayudas a entidades locales en materia de residuos”.

2.2

Se propone al Departamento de Medio Ambiente como sistema de valoración de los proyectos que el Consorcio presente a las convocatorias, la utilización de la totalidad de los resultados obtenidos por las mancomunidades y entidades consorciadas

Estimado parcialmente

Se computarán los puntos de aquellas Mancomunidades en donde vaya a realizarse la acción subvencionada

3

Orden Foral

Sin renunciar a lo anteriormente expuesto para que el Consorcio sea considerado una entidad susceptible de ser beneficiaria de las subvenciones de las Convocatorias del Flujo de residuos Domésticos, queremos señalar que entendemos que el Consorcio también podría ser considerado como una entidad susceptible de ser financiada en el apartado de distribución del Fondo que se reserva para acciones de carácter general y urgencia ambiental.

Desestimado

Las actuaciones de carácter general y urgencia ambiental se deben destinar a actuaciones a realizar en todo el ámbito de la Comunidad Foral. De ahí que solo puedan ser gestionados por el Departamento con competencias en Medio Ambiente, tal y como establece el artículo 7.2, del Decreto Foral 49/2020: “Las actuaciones de carácter general o urgencia ambiental se ejecutarán con cargo a los distintos flujos de residuos atendiendo a la naturaleza de los residuos sobre los que se quiere actuar. Las cantidades a destinar a actuaciones de urgencia ambiental y de carácter general, se fijarán por el Departamento competente en medio ambiente de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.” No obstante, las actuaciones de carácter general relacionadas con las funciones de la Oficina de Prevención de Residuos también se comparten con el resto de firmantes del Convenio de la Oficina.

18/11/21

4

Subv. Plurianual

El Consorcio para el Tratamiento de Residuos Urbanos de Navarra considera que debe ser ampliado el plazo de ejecución de los proyectos que se incluyan en la convocatoria de subvenciones plurianual, como mínimo, hasta el 31 de diciembre de 2024 y, por consiguiente, el plazo de justificación de la inversión, se propone hasta el 31 de marzo de 2025.

Desestimado

Debido a los proyectos previstos para ser subvencionados y el crédito presupuestario del que disponemos no cabe contemplar un plazo de ejecución tan largo, ya que solo se podrían destinar cantidades bastante reducidas a cada ejercicio.

Valdizarbe

5

Dentro de la propuesta del Consorcio se incluyen las siguientes aportaciones:

5.1

Subv. Anual

Base 8. Criterios para la concesión de la subvención

Desde nuestro punto de vista, no nos parece justo incluir este indicador ya que la mejora del del valor de valorización no depende directamente de las mancomunidades, sino de las plantas de tratamiento final donde se envíen los residuos.

Estimado

Se elimina este indicador, puesto que efectivamente no está directamente relacionado con la acción de la Mancomunidad, sino que depende de la eficiencia de la Planta de tratamiento. No obstante, para que las actividades de la Mancomunidad se vean directamente representadas, se va a sustituir este indicador por uno global de recogida selectiva y otro por la disminución de la fracción resto.

5.2

Subv. Plurianual

4.º La adquisición de camiones de recogida de biorresiduos

5.2.1

Entendemos que se refiere al apartado 4.º de la base 2, en lugar del apartado séptimo como pone.

Estimado

Así es, se trata un error tipográfico. Se corrige

5.2.2

Por otro lado, nos surge una duda respecto al uso del camión y la parte que sería subvencionable. En nuestra mancomunidad, que es una entidad pequeña, actualmente se recogen los biorresiduos 3 días a la semana (lunes, miércoles y viernes), por lo que ese camión serviría para la recogida del 100% de los biorresiduos. Sin embargo, ¿se podría utilizar los martes y jueves para recoger envases o papel y cartón por ejemplo o en tal caso la subvención se vería reducida? Entendemos que hay que optimizar el uso de los elementos disponibles y más en mancomunidades pequeñas en las que los recursos son muy limitados y escasos.

Desestimado

Los criterios de distribución del fondo se basan en el informe que se realiza cada año, en el que se recoge la situación actual y se establecen los objetivos para el siguiente ejercicio. Todo ello de acuerdo con los resultados obtenidos y los objetivos previstos en el PRN 2017-2027 y en la Normativa sectorial. En este caso concreto, el objetivo establecido es fomentar la recogida selectiva de materia orgánica y su tratamiento, para alcanzar una captura del 70 % del año 2027 (en el año 2020 es solo de 38 %). Este importante objetivo exige un esfuerzo prioritario en las inversiones destinadas a este flujo de biorresiduos. Por ello y teniendo en cuenta la limitación presupuestaria que se dispone, únicamente se van a financiar los vehículos dedicados a la recogida selectiva de FORS, total o parcialmente.

5.3

Subv. Plurianual

Base 8. Criterios para la concesión de la subvención

Desde nuestro punto de vista, no nos parece justo incluir este indicador ya que la mejora del valor de valorización no depende directamente de las mancomunidades, sino de las plantas de tratamiento final donde se envíen los residuos.

Estimado

Se elimina este indicador, puesto que efectivamente no está directamente relacionado con la acción de la Mancomunidad, sino que depende de la eficiencia de la Planta de tratamiento. No obstante, para que las actividades de la Mancomunidad se vean directamente representadas, se va a sustituir este indicador por uno global de recogida selectiva y otro por la disminución de la fracción resto.

5.4

Subv. Plurianual

Base 9. Concesión de la subvención y base 10. Plazo de ejecución de los proyectos

Según lo que entendemos en este punto el pliego para la adjudicación de un camión por ejemplo NO se podría iniciar ANTES de la resolución de la concesión de la subvención, que según la base 9 podría ser de hasta 3 meses tras la presentación de las solicitudes. Teniendo en cuenta el plazo de resolución y el de entrega de camiones, que, tras el problema surgido a raíz del suministro de materiales por el COVID, ahora mismo estaría en unos 8 meses, ¿no habría posibilidad de poder empezar todo el proceso de adjudicación de camiones antes de esa fecha? A partir del 16 de noviembre de 2021 por ejemplo, igual que ocurre con las otras bases del fondo de residuos. Si no, viendo estas fechas hasta 2023 no tendríamos posibilidad de disponer de camión (en caso de que seamos adjudicatarios de subvención).

Desestimado

Aun reconociendo la situación de excepcionalidad provocada por la COVID-19 y la escasez de suministros a nivel mundial, consideramos que esta convocatoria va a salir en fechas anteriores a la que se ha realizado la del año 2021 y que va a permitir que se cumpla el plazo de entrega de la inversión con anterioridad a la fecha fin prevista (31/ 12/2023).

5.5

Subv. Plurianual

¿LAS CASITAS/ CASETAS DE RECICLAJE DÓNDE TENDRÍAN CABIDA

Desestimado

No está prevista incluir este tipo de inversión, ya que está incluida en las subvenciones del Ministerio-MRR

Bortziriak

6

Dentro de la propuesta del Consorcio se incluyen las siguientes aportaciones:

6.1

Subv. anual

Muchas de las posibles inversiones se incluyen en la convocatoria de subvenciones de naturaleza plurianual. Se desconoce el motivo, pero la opinión de esta Mancomunidad es que, los contenedores estaban mejor en la convocatoria de subvenciones anual, ya que es algo que conviene ir comprando a menudo para tener siempre a disposición

Desestimado

Las subvenciones plurianuales se van a convocar todos los años, por lo que en caso de que se considere necesario realizar estas inversiones, se tendrán en cuenta.

6.2

Subv. Plurianual

Los proyectos objeto de financiación se iniciarán con fecha posterior a la comunicación de concesión de la subvención y el plazo para su ejecución finalizará como máximo el 31 de diciembre de 2023 ¿No podría ser desde el 1 de enero de 2022?

Desestimado

No se pueden financiar inversiones a largo plazo que empiecen antes de la fecha de concesión de la ayuda.

6.3

Subv. Plurianual

Anticipación de la publicación de las Convocatorias. Anticipación de la publicación de las Convocatorias: Por otra parte, el año pasado se publicaron las bases en julio. Es muy tarde en la planificación anual de las inversiones. A parte de que ese mes es muy complicado para realizar tramitaciones por tratarse de la época de las vacaciones estivales del personal e imposibilita la presentación de solicitudes por encontrarse el personal de vacaciones o apoyando las vacaciones de otros compañeros.

Estimado parcialmente

Vamos a intentar que este plazo se acorte, pero hay muchos factores que influyen en ello. De todos modos destacar, que dado que en este consulta previa se facilitan las Bases Reguladores, se puede anticipar las gestiones para que una vez sean publicadas (con algún pequeño ajuste a las enviadas en noviembre) puedan ponerse en marcha todos los trámites pertinentes.

6.4

Subv. Plurianual

Errata: Por otro lado, se informa de lo que parece una errata en la redacción de las Bases: “e) Para las solicitudes que incluyan inversiones del apartado séptimo de la base 2, se deberá certificar que... “

Estimado

Efectivamente se trata de una errata

6.5

Subv. Anual/Plurianual

Reducción de plazo de resolución de las convocatorias

Desestimado

El plazo indicado es una cuestión jurídica que no limita de ninguna manera que se intenta resolver las convocatorias lo más rápido posible.

Esca-Salazar

7

Dentro de la propuesta del Consorcio se incluyen las siguientes aportaciones:

7.1

Se propone ampliar la subvención de los camiones a cualquier tipo de residuos, no solamente de materia orgánica. Especialmente a las entidades pequeñas

Desestimado

Se limita a materia orgánica, ya que es la fracción con la que hay que cumplir los objetivos previstos en el PRN 2017-2027 y en la Normativa sectorial. Tal como se ha mencionado en un apartado anterior, el objetivo establecido es fomentar la recogida selectiva de materia orgánica y su tratamiento, para alcanzar una captura del 70 % del año 2027 (en el año 2020 es solo de 38 %). Este importante objetivo exige un esfuerzo prioritario en las inversiones destinadas a este flujo de biorresiduos.

7.2

Reitera, al igual que en todas las anteriores, el tema de los plazos y la necesidad de que las convocatorias se aprueben y publiquen antes. Si no, es prácticamente imposible ejecutar los proyectos en plazo

Estimado parcialmente

Se intenta por todos los medios disponibles que los plazos de aprobación de las Bases Reguladores y de concesión sean los más cortos posibles.

ANEXO II

Criterios distribución del Fondo Residuos 2022

DISTRIBUCIÓN FONDO 2021

TOTAL (euros)

PORCENTAJE

Flujo de Residuos Domésticos

Subvenciones concurrencia competitiva para acciones relacionadas con la prevención y con la recogida selectiva

2.740.945

53,29%

Actuaciones de carácter general y urgencia ambiental

206.308

4,01%

SUBTOTAL

2.947.253

57,30%

Flujo de residuos de construcción y demolición y materiales naturales excavados

Subvenciones concurrencia competitiva

629.460

12,24%

Actuaciones de carácter general y urgencia ambiental

47.379

0,92%

SUBTOTAL

676.839

13,16%

Flujo de Otros Residuos No Peligrosos

Subvenciones concurrencia competitiva

1.412.840

27,47%

Actuaciones de carácter general y urgencia ambiental

106.343

2,07%

SUBTOTAL

1.519.183

29,54%

TOTAL

5.143.275

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