BOLETÍN Nº 4 - 7 de enero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

VALLE DE EGÜÉS

Extracto de la convocatoria de prestaciones económicas directas y ayudas en especie a personas y/o familias en situación de emergencia social 2022

BDNS (Identificación): 601233.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/601233).

Finalidad y objeto:

Las ayudas extraordinarias son prestaciones destinadas a personas individuales o a familias para resolver situaciones de emergencia y/o para la obtención de ingresos que les permitan satisfacer necesidades primordiales y evitar o paliar situaciones de marginación social.

Las ayudas extraordinarias tienen carácter finalista e inembargable, debiendo destinarse únicamente al objeto por el que hayan sido concedidas.

Estas ayudas extraordinarias se podrán conceder mientras exista disponibilidad presupuestaria en la aplicación presupuestaria “1-23110-48000 Ayudas extraordinarias SSB” correspondiente al presupuesto para que se aprueba dicha convocatoria.

Beneficiarios:

Pueden beneficiarse de estas ayudas, personas individuales y/o unidades familiares en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo. El acceso a las prestaciones económicas municipales no vendrá determinado exclusivamente por el baremo económico. Prevalecerán criterios técnicos de prevención, oportunidad, urgencia o similares establecidos por el personal técnico del Servicio Social de Base.

Unidades familiares con empadronamiento y residencia efectiva de al menos 3 meses de antigüedad en el Valle de Egüés. Se atenderá a lo establecido en la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento del Valle de Egüés para el cumplimiento de este requisito.

Se entiende por unidad familiares a efectos de aplicación:

–Unidad familiar: la formada por la persona solicitante y, en su caso, la que conviva con ella unida en una relación conyugal o análoga relación de afectividad, así como las personas que convivan y mantengan con aquella una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, incluidas aquellas personas que a través de la figura del acogimiento familiar tengan o hayan tenido regulada la guarda legal, o hasta el primero de afinidad. Las unidades familiares podrán estar compuestas de uno o varios núcleos familiares.

–Núcleo familiar: el formado por la persona solicitante, en su caso con su cónyuge o persona con quien mantenga análoga relación de afectividad, y menores convivientes a su cargo. Tendrán la misma consideración descendientes, menores en situación de acogimiento familiar o menores que vivan temporalmente fuera del domicilio familiar en razón de la proximidad al centro educativo en que cursen estudios. De igual forma tendrá la consideración de núcleo familiar las personas en situación de dependencia o con discapacidad igual o superior al 65%.

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 31 de diciembre de 2022, siempre que se mantenga la consignación presupuestaria, a contar a partir del día siguiente al de la aprobación por el órgano competente de las presentes bases.

Sarriguren, 14 de diciembre de 2021.–La alcaldesa, Amaia Larraya Marco.

Código del anuncio: L2117838