BOLETÍN Nº 261 - 29 de diciembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 322/2022, de 15 de diciembre, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se modifica la Orden Foral 305/2015, de 15 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura de dicho Departamento y de sus organismos autónomos, a nivel de negociados y unidades inferiores a sección.

Por Orden Foral 305/2015, de 15 de diciembre, del consejero de Derechos Sociales, se desarrolló la estructura de dicho Departamento y de sus organismos autónomos, a nivel de negociados y unidades inferiores a sección, habiendo sido modificada por medio de la Orden Foral 12/2017, de 11 de enero, la Orden Foral 394/2018, de 26 de octubre, todas ellas del consejero de Derechos Sociales y la Orden Foral 131/2021, de 14 de mayo, y la Orden Foral 183/2022, de 5 de julio, ambas de la consejera de Derechos Sociales.

Tras el reciente traspaso a la Comunidad Foral de Navarra de las competencias estatales en materia de gestión del Ingreso Mínimo Vital, dentro del marco de las prestaciones no contributivas, se ha procedido a la modificación de la estructura orgánica del Departamento mediante la creación de una nueva sección específica a tal efecto, en aras a una mayor eficacia en la gestión.

Como consecuencia de esta reorganización, debe procederse a la supresión del actual Negociado de Pensiones, cuyas competencias funcionales han sido transferidas a la citada sección.

La Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en su artículo 34.4, establece que los negociados y otras unidades inferiores a las secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante orden foral de la persona titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

ORDENO:

Artículo único.–Se modifica el artículo 3 y se suprime el artículo 12 de la Orden Foral 305/2015, de 15 de diciembre, del consejero de Derechos Sociales, por la que se desarrolla la estructura de dicho Departamento y de sus organismos autónomos, a nivel de negociados y unidades inferiores a sección.

Primero.–Se modifica el artículo 3, que queda redactado en los siguientes términos:

"Artículo 3. Estructura de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.

La Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo se estructura en los siguientes negociados:

a) Dependiendo del Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social:

–Negociado de Coordinación con Entidades Locales y Servicios Sociales de Base.

Segundo.–Se suprime el artículo 12.

Disposición final única.–Entrada en vigor.

Esta orden foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de diciembre de 2022.–La consejera de Derechos Sociales, M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

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