BOLETÍN Nº 255 - 20 de diciembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1174E/2022, de 15 de noviembre, del director general de Medio Ambiente, por la que se formula informe ambiental estratégico de la "Modificación estructurante y pormenorizada del Plan Municipal de Lumbier. UE-14b, AR5", promovida por el Ayuntamiento de Lumbier.

La modificación cuenta con la aprobación inicial por parte del Ayuntamiento el 20 de julio de 2022, y ha sido sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 155, de 4 de agosto de 2022.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se considera una modificación menor sometida a evaluación ambiental estratégica simplificada.

El objeto de la modificación es reordenar la unidad de ejecución UE-14b del AR5, obteniendo una superficie de 2.279 m² destinada a Sistema General Viario (SGV-2) en el que se implantará el intercambiador de transporte comarcal.

El sector AR 5 es un ámbito de suelo urbanizable que cuenta con una superficie de 23.396 m². Este sector se ubica al sur del casco urbano de Lumbier, entre el río Salazar y la calle del polígono la Palomera. La propuesta de modificación conlleva una nueva ordenación de la unidad de ejecución UE-14b, cuya superficie definitiva es de 4.783 m². Se mantiene el número de viviendas unifamiliares si bien la superficie de las parcelas privadas es ligeramente inferior, se traslada el espacio libre público dotacional y se ubica colindante al nuevo sistema general viario, cuyo ámbito se corresponde con la parcela 4 del polígono 2 de Lumbier.

La propuesta no genera nuevas afecciones ambientales, y se plantea sobre terrenos cuya transformación urbana ya se preveía en el plan general municipal de Lumbier. No se identifican en el ámbito afectado, elementos o enclaves de valor ambiental destacable, puesto que se trata de una parcela de origen agrícola, con una cubierta de pastizal actual. El AR5 resulta colindante a la ZEC Rio Salazar, por lo que, en la ejecución del nuevo sistema general viario se deberán adoptar todas las medidas de prevención oportunas para evitar generar afecciones al espacio ripario.

El Servicio de Biodiversidad informa que el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada se ha llevado a cabo adecuadamente.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 96/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula informe ambiental estratégico de la "Modificación estructurante y pormenorizada del Plan Municipal de Lumbier. UE-14b, AR5", promovida por el Ayuntamiento de Lumbier, considerando que no genera afecciones ambientales. Si bien, en la ejecución y desarrollo del intercambiador de transporte comarcal se deberán adoptar las medidas preventivas oportunas para evitar afecciones a la ZEC Rio Salazar.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta resolución, a la Sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Lumbier, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de noviembre de 2022.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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