BOLETÍN Nº 254 - 19 de diciembre de 2022 - EXTRAORDINARIO

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

PAMPLONA

Convocatorias para la provisión, mediante concurso de méritos, de vacantes de puestos correspondientes al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal, según lo dispuesto en la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público,  servicio del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona, mediante acuerdo de fecha 25 de noviembre de 2022, ha resuelto lo siguiente:

1. Aprobar las convocatorias de los procedimientos de ingreso, por el sistema excepcional de concurso de méritos, de un número máximo de plazas de los puestos de trabajo relacionados en el Anexo I, al servicio del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos, así como sus bases.

2. Publicar las presentes convocatorias, sus bases y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

Las presentes convocatorias se llevarán a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecido en las siguientes:

BASES

1.–Objeto de las convocatorias.

1.1. Es objeto de las presentes convocatorias la provisión, dando cumplimiento a los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y a través del procedimiento de concurso de méritos, dentro del proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal que se realiza al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de un número máximo de plazas relacionadas en el anexo I, al servicio del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos; cuya determinación exacta e identificación de los números de plaza, requisitos y régimen jurídico definitivos se aprobarán en el momento de elección de vacantes, una vez resueltos los concursos de traslado convocados al efecto, cuando proceda.

1.2. Cada puesto de trabajo será objeto de un proceso selectivo independiente, que se regirá por las bases de la presente resolución.

1.3. Todas las plazas ofertadas se cubrirán por el turno libre, no existiendo turno de promoción, reserva de plazas para personas con discapacidad ni reserva para mujeres víctimas de violencia de género.

2.–Normativa aplicable.

El presente procedimiento se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, en las demás normas de aplicación, y en las bases de la presente convocatoria.

3.–Requisitos.

3.1. Para ser admitidas al procedimiento excepcional de concurso de méritos, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española, la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionalidad de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrá participar quién sea cónyuge de personas con nacionalidad española, con nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o con nacionalidad de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título detallado en el cuadro de características del anexo I o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de disposiciones de derecho comunitario.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración pública.

f) En el caso de que se pretenda acceder a una plaza con requisito de idioma euskera, se requerirá estar en posesión de uno de los títulos o certificados acreditativos del nivel exigido para la plaza, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de los relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, o de titulación reconocida oficialmente equivalente.

g) En el caso de que se pretenda acceder a una plaza con requisito de idioma comunitario, se requerirá estar en posesión de uno de los títulos o certificados acreditativos del nivel requerido para la plaza, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de los relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración pública o de titulación reconocida oficialmente equivalente.

h) En caso de que lo determine el anexo I y de acuerdo con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, es requisito para el acceso a aquellos puestos que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos.

Dicho requisito se acreditará mediante autorización a la Secretaria Técnica de Recursos Humanos para que solicite dicha certificación al Registro Central de Delincuentes Sexuales o mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales regulado en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre.

i) No podrán concurrir aquellas personas empleadas que ostentan la condición de personal fijo en el puesto de trabajo objeto de convocatoria en el Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos.

Las personas que no cumplan este requisito no podrán ser nombradas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

3.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes en el momento que se determina en las bases de la presente convocatoria. Deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y permanecer vigentes hasta la toma de posesión.

4.–Solicitudes, tasas y documentación a presentar junto con la solicitud.

4.1. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.2. Presentación y formalización de la solicitud.

Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar su solicitud de forma telemática, a través de Internet, en la dirección www.pamplona.es, siguiendo la siguiente ruta de navegación: "Trámites y licitaciones", "Ofertas de Trabajo", "Empleo público", "Convocatorias de empleo público", en la reseña correspondiente a cada convocatoria.

4.3. Tasas.

La tasa a abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es la siguiente:

–Plazas de nivel A: 25 euros.

–Plazas de nivel B: 22 euros.

–Plazas de nivel C: 15 euros.

–Plazas de nivel D: 10 euros.

–Plazas de nivel E: exentas.

El abono de la tasa se efectuará vía telemática, en el momento de formalizar la solicitud, a través de un sistema seguro de pago telemático.

La falta de abono de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

4.4. Documentación a presentar junto con la solicitud.

4.4.1. En el momento de presentar la solicitud, las personas aspirantes deberán aportar la siguiente documentación escaneada:

1. Documentación que acredite estar en posesión de los requisitos establecidos en el anexo I, al respecto del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, y detallados en la base 3.

2. La documentación que acredite cuantos méritos aleguen, a tenor del baremo establecido en el anexo II de la convocatoria, ordenados según aparezcan en el formulario de autovaloración de méritos (anexo III).

3. Formulario de autovaloración de méritos (anexo III) correctamente completado.

A este respecto deberán aportarse:

–Certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de la respectiva Administración pública, en el que consten de forma detallada los servicios prestados a las Administraciones públicas distintas al Ayuntamiento de Pamplona, en los términos previstos en el baremo del anexo II, incluyendo expresamente la denominación del puesto de trabajo conforme a su plantilla orgánica, nivel de encuadramiento, las fechas de inicio y fin de cada prestación de servicios, así como cualquier dato adicional pertinente.

–Aquellas personas que pretendan acceder a una plaza con requisito de idioma euskera deberán presentar uno de los títulos o certificados acreditativos del nivel exigido para el puesto de trabajo, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de los relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, o de titulación reconocida oficialmente equivalente.

–Aquellas personas que pretendan acceder a una plaza con requisito de un idioma comunitario, deberán presentar uno de los títulos o certificados acreditativos del nivel requerido para la plaza, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de los relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración pública o de titulación reconocida oficialmente equivalente.

No deberán aportarse, puesto que serán facilitados directamente al tribunal por el órgano convocante:

–Certificado de servicios prestados y reconocidos en el Ayuntamiento de Pamplona.

–Certificado de haber aprobado sin plaza un proceso de ingreso en el mismo puesto de trabajo objeto de la convocatoria, en el Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos.

4.4.2. Las personas aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33%, deberán adjuntar en su solicitud de participación documento que la acredite, expedido por órgano competente.

4.4.3. Dicha documentación deberá presentarse de forma telemática a través del enlace establecido en la reseña de la convocatoria, conforme a los apartados establecidos en el baremo de méritos.

4.4.4. No serán tenidos en cuenta ni valorados los méritos que no queden enumerados, alegados y acreditados a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias y en la forma anteriormente mencionada, sin perjuicio de que el tribunal calificador pueda solicitar la ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.

4.4.5. Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

5.–Admisión de personas aspirantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se aprobará la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas de cada convocatoria, y se ordenará su publicación en la ficha web de la correspondiente convocatoria en la Web del Ayuntamiento de Pamplona (www.pamplona.es).

5.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. La presentación de reclamaciones se realizará telemáticamente a través de la ficha de la convocatoria publicada en la web www.pamplona.es.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de cada convocatoria, y se publicará en la ficha web de la correspondiente convocatoria en la web del Ayuntamiento de Pamplona.

En el caso de que no existan personas aspirantes excluidas, se aprobará directamente la lista definitiva de personas admitidas y se publicará en la ficha de la convocatoria en la web del Ayuntamiento de Pamplona.

5.4. No procederá la devolución de las tasas en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.

5.5. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar, en el caso de superar el procedimiento selectivo, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

6.–Tribunal calificador.

6.1. El tribunal calificador será nombrado, con posterioridad a la aprobación de las presentes convocatorias y antes de la aprobación de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, y estará constituido por un número impar de miembros, no inferior a tres, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes. Dicho nombramiento será publicado en la ficha web de cada convocatoria en la web municipal del Ayuntamiento de Pamplona.

6.2. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia de la persona que ejerza la Presidencia y de la que ejerza la Secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, pudiendo ser también personas sustitutas las designadas como vocales suplentes en el supuesto de darse la situación de ser necesaria una segunda suplencia.

6.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las actuaciones que competan al mismo. Dichas personas asesoras colaborarán con el tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

7.–Desarrollo del procedimiento excepcional de concurso de méritos: méritos a valorar.

7.1. Los presentes procedimientos excepcionales de concurso de méritos se desarrollarán en una única fase de valoración de méritos o concurso, que consistirá en la valoración de méritos alegados por las personas aspirantes de conformidad con el baremo que figura en el anexo II de la convocatoria.

7.2. Los tribunales valorarán los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes.

Los méritos alegados se calificarán y puntuarán por los tribunales de acuerdo con el baremo establecido en el anexo II de la presente convocatoria.

En la valoración de los méritos se tendrán en cuenta únicamente los obtenidos hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

La documentación acreditativa de dichos méritos, establecida en la base 4.4. se presentará de forma telemática a través del enlace establecido en la reseña de la convocatoria.

En ningún caso los tribunales podrán dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada en el baremo.

Los tribunales podrán solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes.

8.–Calificación.

8.1. Concluida la calificación del concurso de méritos, el tribunal publicará, en la ficha web de la correspondiente convocatoria, la valoración provisional de méritos y se concederá un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para que las personas interesadas puedan formular reclamaciones y alegar lo que a su derecho convenga en relación con las valoraciones.

8.2. Concluido el plazo de 5 días hábiles, se resolverán, en su caso, las alegaciones presentadas, y se procederá a realizar la valoración definitiva de méritos. A continuación, el tribunal trasladará las puntuaciones obtenidas por cada aspirante con el fin de efectuar los trámites de acreditación de requisitos y de elección de vacantes.

8.3. Los empates que se produzcan en la puntuación de las personas participantes se dirimirán a favor de la persona concursante con mayor puntuación en el apartado de méritos profesionales, y en caso de ser coincidente, éste se resolverá mediante sorteo único celebrado al efecto por el Tribunal Calificador.

8.4. De este procedimiento no se derivará la constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.–Elección de vacantes y acreditación de requisitos.

9.1. Una vez cumplimentado el trámite anterior, se convocará el acto de elección de vacantes de la correspondiente convocatoria, mediante la determinación de la relación de plazas vacantes a elegir, del listado de personas aspirantes convocadas a la elección, siguiendo el orden de preferencia que tienen en la elección de vacantes e indicando los requisitos que han sido acreditados por las personas aspirantes y del plazo de 10 días que se concede para la elección de las vacantes.

Esta información se hará pública en la ficha de la convocatoria en la página web del Ayuntamiento de Pamplona (www.pamplona.es)

Posteriormente, las personas aspirantes comunicarán, en el plazo señalado, su orden de preferencia por las vacantes del puesto de trabajo de la correspondiente convocatoria.

9.2. Las personas aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 con cabida en el número de plazas determinadas para el procedimiento de ingreso, convocadas al acto de elección de vacantes, tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre el resto de las personas aspirantes.

No obstante, lo anterior, en el caso de que haya personas aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les ofertarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

9.3. De forma simultánea al plazo de 10 días hábiles para la elección de vacantes, las personas aspirantes deberán presentar, a través de la vía que a tal efecto se establezca, la siguiente documentación:

a) Copia compulsada de la titulación exigida o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de haber estado en condiciones de obtenerlo con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

10.–Propuesta de nombramiento o contratación y presentación de documentos.

10.1. Una vez finalizado el trámite de elección de vacantes y de acreditación, el tribunal elevará, junto con el expediente completo, la propuesta de nombramiento o de contratación en favor de las personas aspirantes con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas.

La referida propuesta de nombramiento o de contratación se publicará en la web del Ayuntamiento de Pamplona (www.pamplona.es).

10.2. Las personas aspirantes propuestas presentarán, a través del Registro General del Ayuntamiento de Pamplona y en el plazo de los 10 días hábiles siguientes al de publicación de la propuesta de nombramiento en la web, los siguientes documentos:

a) Copia del documento nacional de identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad de la persona aspirante.

b) Informe médico oficial justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

c) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de una Administración pública.

d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

10.3. Las personas aspirantes que, dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombradas o contratadas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

10.4. En el caso previsto en el apartado anterior, se cubrirá la baja con la persona aspirante, que cumpla los requisitos de la plaza que haya quedado vacante, incluida inmediatamente a continuación en la relación de personas aprobadas a que se refieren las bases 8 y 9, procediéndose con la misma en la forma señalada en los apartados anteriores.

10.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones para el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, sea requerida para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada a la persona aspirante propuesta y aportada por ésta en la forma establecida en apartado 10.2. de esta convocatoria.

11.–Nombramiento o contratación, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

11.1. Se procederá al nombramiento como personal funcionario, o a la contratación como personal laboral fijo para desempeñar el puesto de trabajo, y se adjudicarán las vacantes a las personas aspirantes que cumplan lo establecido en las bases anteriores.

11.2. El nombramiento y la toma de posesión o contratación conferirán a las personas designadas el carácter de personal funcionario o contratado laboral fijo de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes, debiendo ser dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliadas al régimen de derechos pasivos de cualquier montepío de las Administraciones públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

11.3. El nombramiento o, en su caso, la contratación, se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, teniendo en cuenta que dicha publicación surtirá los mismos efectos que la notificación en atención a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

11.4. Las personas aspirantes nombradas o contratadas deberán tomar posesión del puesto de trabajo en el día que a tal efecto se fije en la resolución de nombramiento.

11.5. Quienes, dentro del plazo concedido, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de personal funcionario o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Pamplona. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 10.4 de la convocatoria.

11.6. En el caso de las personas aspirantes que adquieran la condición de personal funcionario o laboral fijo y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declaradas, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, en los supuestos previstos en la normativa vigente, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 10.4 de la convocatoria.

11.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento o contratación, adjudicándose directamente al nuevo personal funcionario o contratado laboral fijo las plazas resultantes de dichas situaciones.

11.8. Quienes accedan a alguna de las plazas objeto de la presente convocatoria para las que sea preceptivo el conocimiento de euskera, solamente podrán participar posteriormente en la provisión de las vacantes para las que el conocimiento de dicho idioma sea preceptivo para su desempeño.

Esta previsión no se aplicará en aquellos supuestos en los que, sin tener en cuenta el conocimiento del idioma exigido, el resultado del proceso selectivo le hubiera permitido a la persona interesada la obtención de una plaza que no tuviera establecido dicho requisito.

12.–Publicidad de las actuaciones.

Sin perjuicio de aquellos trámites que deban ser objeto de publicación oficial a través del Boletín Oficial de Navarra, la información relativa a las resoluciones y actuaciones del tribunal, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para las personas interesadas, será publicada en la correspondiente ficha de la convocatoria, accesible en la web del Ayuntamiento de Pamplona (www.pamplona.es).

13.–Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto o acuerdo recurrido.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas, que no emanen del tribunal calificador, cabe interponer, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Tanto la interposición como la resolución de cualquiera de los recursos interpuestos serán publicadas en la web municipal a los efectos de notificar y emplazar a las personas interesadas de este proceso selectivo.

Pamplona, 25 de noviembre de 2022. La secretaria de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona, Ana María Elizalde Urmeneta.

ANEXO I

Características de las plazas convocadas

NÚMERO MÁXIMO DE PLAZAS

PUESTOS DE TRABAJO

NIVEL

TITULACIÓN REQUERIDA

RÉGIMEN

REQUISITOS

3

ARQUITECTO/A

A

Título de Licenciatura o Grado en Arquitectura

Funcionarial

2

LICENCIADO/A EN DERECHO

A

Título de Licenciatura o Grado en Derecho

Funcionarial

1

ECONOMISTA

A

Título de Licenciatura o Grado en Economía o Ciencias Políticas y Económicas (Sección De Economía), Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (Sección de Económicas y Comerciales), Ciencias Económicas y Empresariales, Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Actuariales y Financieras o Investigación y Técnicas de Mercado.

Funcionarial

1

PSICÓLOGO/A

A

Título de Licenciatura o Grado en Psicología

Funcionarial

1

INTERVENTOR/A MUNICIPAL

A

Título de Licenciatura o Grado en Derecho, Ade, Economía, Ciencias Actuariales y Financieras o en Ciencias Económicas y Empresariales

Funcionarial

2

TITULADO/A SUPERIOR TÉCNICO/A CULTURA

A

Título de Licenciatura o Grado De Bellas Artes, Filosofía, Historia, Historia Del Arte, Humanidades, Historia y Ciencias De La Música, Teoría de la Literatura y Literatura Comparada, Comunicación Audiovisual, Derecho, Economía, Pedagogía, Periodismo, Psicología y Relaciones Publicas y Sociología.

Funcionarial

1

FARMACEÚTICO/A GESTOR

A

Título de Licenciatura o Grado en Farmacia

Funcionarial

1

TÉCNICO/A NUEVAS TECNOLOGÍAS RESPONSABLE PÁGINA WEB

A

Título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Grado o título declarado equivalente

Funcionarial

1

DIRECTOR/A ESCUELA-TALLER CONSTRUCCIÓN

A

Título de Licenciatura o Grado en Arquitectura

Laboral

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

5

TITULADO/A GRADO MEDIO CON INCOMPATIBILIDAD

B

Plazas adscritas al área de Hacienda: Título de Diplomatura o Grado en Empresariales o equivalente en Derecho, ADE o Económicas y Empresariales. Plazas adscritas al resto de áreas: Título universitario de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o título declarado equivalente.

Funcionarial

1

TÉCNICO/A EN EMPRESAS Y ACTIVIDADES TURÍSTICAS

B

Diplomado o Graduado en Turismo

Funcionarial

1

INGENIERO/A TÉCNICO/A OBRAS PÚBLICAS

B

Título de Diplomatura o Grado en Ingeniería Técnica de Obras Públicas

Funcionarial

5

ARQUITECTO/A TÉCNICO/A

B

Título de Arquitectura Técnica o de Grado en Arquitectura

4 Funcionarial - 1 Laboral

2

INGENIERO/A TÉCNICO/A QUÍMICO/A

B

Título de Ingeniería Técnica Química o Grado en Ingeniería Química

Funcionarial

1

INGENIERO/A TÉCNICO/A INDUSTRIAL

B

Título de Ingeniería Técnica Industrial o Grado en Ingeniería Industrial

Funcionarial

13

TITULADO/A GRADO MEDIO CON COMPLEMENTO TRABAJO SOCIAL

B

Título de Grado o Diplomatura en Trabajo Social

12 Funcionarial -

1 Laboral

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

PROFESOR/A DE ARTES Y OFICIOS (DIBUJO)

B

Título universitario de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o título declarado equivalente.

Funcionarial

3

PROFESOR/A ESCUELA ESPECIAL MÚSICA LENGUAJE MUSICAL

B

Título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente y Título Profesional de Grado Medio en cualquier especialidad musical o Título de Estudios Superiores en cualquier especialidad musical o, en su caso, el Título de Profesor de Grado Medio en cualquier especialidad musical expedido en conformidad con el Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música.

Funcionarial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

PROFESOR/A ESCUELA ESPECIAL MÚSICA PIANO

B

Título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente y Título Profesional de Grado Medio en la especialidad de piano o Título de Estudios Superiores de la Especialidad de piano o, en su caso, el Título de Profesor de Grado Medio en esa especialidad expedido en conformidad con el Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música.

Funcionarial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

PROFESOR/A ESCUELA ESPECIAL MÚSICA (TP) CONTRABAJO

B

Título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente y Título Profesional de Grado Medio en la especialidad de contrabajo o Título de Estudios Superiores de la Especialidad de contrabajo o, en su caso, el Título de Profesor de Grado Medio en esa especialidad expedido en conformidad con el Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música.

Laboral - Jornada parcial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

2

PROFESOR/A ESCUELA ESPECIAL MÚSICA CLARINETE

B

Título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente y Título Profesional de Grado Medio en la especialidad de clarinete o Título de Estudios Superiores de la Especialidad de clarinete o, en su caso, el Título de Profesor de Grado Medio en esa especialidad expedido en conformidad con el Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música.

Funcionarial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

PROFESOR/A ESCUELA ESPECIAL MÚSICA CONJUNTO CORAL

B

Título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente y Título Profesional de Grado Medio en cualquier especialidad musical o Título de Estudios Superiores en cualquier especialidad musical o, en su caso, el Título de Profesor de Grado Medio en cualquier especialidad musical expedido en conformidad con el Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música.

Funcionarial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

PROFESOR/A ESCUELA ESPECIAL MÚSICA BATERÍA

B

Título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente y Título Profesional de Grado Medio en cualquier especialidad musical o Título de Estudios Superiores en especialidad de batería.

Funcionarial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

PROFESOR/A ESCUELA ESPECIAL MÚSICA BAJO ELÉCTRICO

B

Título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente y Título Profesional de Grado Medio en la especialidad de bajo eléctrico o Título de Estudios Superiores esa especialidad.

Funcionarial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

PROFESOR/A ESCUELA ESPECIAL MÚSICA GUITARRA ELECTRICA

B

Título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente y Título Profesional de Grado Medio en la especialidad de guitarra eléctrica o Título de Estudios Superiores en esa especialidad.

Funcionarial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

PROFESOR/A ESCUELA ESPECIAL MÚSICA GUITARRA

B

Título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente y Título Profesional de Grado Medio en la especialidad de guitarra o Título de Estudios Superiores de la Especialidad de guitarra o, en su caso, el Título de Profesor de Grado Medio en esa especialidad expedido en conformidad con el Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música.

Funcionarial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

PROFESOR/A ESCUELA TALLER

B

Diplomatura o Grado en Magisterio

Laboral - Jornada parcial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

TÉCNICO/A PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES

B

Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Equivalente y formación de Técnico/a en Prevención de Riesgos Laborales Nivel Superior

Funcionarial

2

TÉCNICO/A DE EMPLEO

B

Título universitario de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o título declarado equivalente

Funcionarial

2

INSPECTOR/A TRIBUTARIO/A

B

Título de Diplomatura o Grado en Empresariales o equivalente en Derecho, Ade o Económicas y Empresariales

Funcionarial

14

OFICIAL ADMINISTRATIVO/A - OFICIAL ADMINISTRATIVO/A COMPTO

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente

Funcionarial

1

AYUDANTE TÉCNICO/A LABORATORIO

C

Técnico/a Superior o Equivalente en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad, en Laboratorio Clínico y Biomédico, en Salud Ambiental, en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico o en Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria

Funcionarial

17

TÉCNICO/A SUPERIOR INTEGRACIÓN SOCIAL

C

Título de Formación Profesional de Grado Superior o Equivalente en Integración Social

Funcionarial

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

2

OFICIAL INSPECTOR/A (URBANISMO)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente

Funcionarial

1

ENCARGADO/A MANTENIMIENTO DESINFECCIÓN

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente

Funcionarial

1

ENCARGADO/A EMPLEO SOCIAL (SOLDADURA)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

ENCARGADO/A EMPLEO SOCIAL (OBRAS)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

ENCARGADO/A EMPLEO SOCIAL (LIMPIEZA)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

ENCARGADO/A EMPLEO SOCIAL (ENCUADERNACIÓN)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

ENCARGADO/A EMPLEO SOCIAL (TAPICERÍA)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

ENCARGADO/A EMPLEO SOCIAL (COMEDOR SOCIAL)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

ENCARGADO/A EMPLEO SOCIAL (CORTE Y CONFECCIÓN)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

ENCARGADO/A EMPLEO SOCIAL (RÍOS Y VIVEROS)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

MONITOR/A ESCUELA TALLER (JARDINERÍA)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

1

MONITOR/A ESCUELA TALLER (SOLDADURA)

C

Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

2

MONITOR/A ESCUELA TALLER (ALMACÉN Y PIEDRA)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

2

MONITOR/A ESCUELA TALLER (ALBAÑILERÍA)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

2

MONITOR/A ESCUELA TALLER (POLIMANTENIMIENTO)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

2

MONITOR/A ESCUELA TALLER (CARPINTERÍA)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

19

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A - AUXILIAR ADMINISTRAT. COMPTO

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

2

ORDENANZA DE REPROGRAFÍA

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

12

ORDENANZA OFICINAS MUNICIPALES

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

3

OFICIAL PROFESIONAL DESINFECCIÓN MANTENIMIENTO

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

44

AUXILIAR FUNCIONAMIENTO INSTALACIONES MUNICIPALES

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

4

AUXILIAR SEPULTURERO/A

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

1

INSPECTOR/A AUXILIAR (PARQUE MÓVIL)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

1

INSPECTOR/A AUXILIAR (MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

2

OFICIAL EMPLEO SOCIAL (OBRAS)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

2

OFICIAL EMPLEO SOCIAL (RÍOS)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

OFICIAL EMPLEO SOCIAL (FONTANERÍA)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

OFICIAL EMPLEO SOCIAL (ELECTRICIDAD)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

OFICIAL EMPLEO SOCIAL (LIMPIEZA)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

4

OFICIAL EMPLEO SOCIAL (PINTURA)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

OFICIAL EMPLEO SOCIAL (SOLDADURA)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

OFICIAL EMPLEO SOCIAL (ENCUADERNACIÓN)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral

1

OFICIAL EMPLEO SOCIAL (COMEDOR SOCIAL)

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes y un año de experiencia acreditada como oficial de primera en la especialidad

Laboral - Jornada parcial

5

AUXILIAR MANTENIMIENTO CONSERVACIÓN URBANA

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

2

AUXILIAR DE ZOONOSIS

D

Título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

2

PEÓN/A SERVICIOS MULTIPLES PORTERO CEMENTERIO

E

Certificado de Escolaridad, título de Graduado en ESO, título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

1

PEÓN/A SERVICIOS MÚLTIPLES LABORATORIO

E

Certificado de Escolaridad, título de Graduado en ESO, título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes

Funcionarial

6

TRABAJADOR/A FAMILIAR-TRABAJADOR/A FAMILIAR A TIEMPO PARCIAL

D

Titulación de Técnico/a en Atención Socio-Sanitaria o Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería, o de Técnico/a en Atención Sociosanitaria. O estar en posesión del Certificado de Profesionalidad de Atención Socio-Sanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales (Código Sscs0208) o de Atención Socio-Sanitaria a Personas en el Domicilio (Código Sscs0108) y además tener el Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Título declarado Equivalente.

Laboral -

2 Plazas a jornada parcial

ANEXO II

Baremo de méritos

a) Méritos profesionales:

Se valorarán los servicios prestados a las Administraciones públicas hasta la fecha de publicación de la respectiva convocatoria, hasta un máximo de 60 puntos, de acuerdo con la siguiente puntuación:

a.1) Servicios prestados, con carácter temporal, en el mismo puesto de trabajo objeto de la convocatoria, en el Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos: a razón de 3 puntos por año completo de servicios.

a.2) Servicios prestados en otros puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos: a razón de 0,50 puntos por año completo de servicios.

a.3) Servicios prestados en el mismo puesto de trabajo, en otras Administraciones Públicas: a razón de 1 punto por año completo de servicios.

Notas:

1. La puntuación máxima de este apartado a) no podrá ser superior a 60 puntos.

2. Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

3. Se valorarán los servicios prestados desde la fecha de inicio de cada prestación de servicios hasta su finalización, con independencia del porcentaje de jornada realizado.

4. No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

5. Se valorará la experiencia en los puestos de Auxiliar Administrativo y Oficial Administrativo por igual (sin perjuicio de que el acceso para cada una de las 2 convocatorias tenga requisitos de titulación diferentes).

6. Los periodos en los que la persona aspirante haya estado en situación de servicios especiales para la formación o situación especial en activo se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo efectivamente desempeñado.

Los periodos en que la persona aspirante haya estado en situación de servicios especiales por otros motivos, excedencia especial o desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.

7. Serán incompatibles las puntuaciones otorgadas por los anteriores subapartados cuando se refieran al mismo periodo, otorgándose en cada caso la superior de ellas.

b) Otros méritos: hasta un máximo de 40 puntos.

b.1) Haber aprobado sin plaza el último proceso de ingreso en el mismo puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos: 20 puntos.

b.2) Otras titulaciones académicas:

b.2.1) Titulaciones oficiales y títulos de master, del mismo nivel o superior, sin valorar la titulación que da acceso a la convocatoria, a razón de 5 puntos por titulación oficial, hasta un máximo de 2 titulaciones: máximo 10 puntos.

b.2.2) Acciones formativas, relacionadas con el puesto objeto de la convocatoria, de duración igual o superior a 50 horas y cuya fecha sea posterior a 1 de enero de 2010, a razón de 5 puntos por acción formativa, hasta un máximo de 2 formaciones: máximo 10 puntos.

–Se entenderán relacionadas con el puesto de trabajo todas aquellas acciones formativas de carácter transversal relacionadas con informática, igualdad o prevención. También computaran aquellas de carácter específico relacionadas con el puesto de trabajo.

b.3) Inglés, francés, alemán y euskera: el conocimiento del inglés, francés o alemán, como lenguas de trabajo de la Unión Europea, así como el conocimiento del euskera se valorará, respecto de las plazas en las que el conocimiento de dichos idiomas no haya sido declarado preceptivo en la plantilla orgánica, en los puestos de trabajo de Trabajador/a Social y Técnico/a de Integración Social: hasta un máximo de 0,50 puntos por cada uno de los idiomas.

Notas a los apartados b2 y b3:

La posesión de un título o certificado que acredite un nivel de conocimiento equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, recibirá la máxima valoración señalada en los apartados anteriores para cada uno de los idiomas.

De no poseerse dicha titulación o certificado, se valorará en 1/5 de la puntuación máxima la posesión de un título o certificado equivalente al nivel A1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en 2/5 la posesión del equivalente al nivel A2, en 3/5 la posesión del equivalente al nivel B1 y en 4/5 la del nivel B2.

c) Una vez realizada la valoración de méritos conforme a lo establecido en los apartados anteriores, a la puntuación obtenida por las personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento se añadirá un total de 1,5 puntos en concepto de factor de corrección.

ANEXO III

Documento de autovaloración de méritos

https://sedeelectronica.pamplona.es/FichaTramite.aspx?id=EP2000063

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