BOLETÍN Nº 234 - 24 de noviembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 63/2022, de 28 de octubre, de la directora gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, por la que se aprueba el programa "Pactos por los Cuidados en Navarra".

El Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua en el año 2005, comenzó a promover políticas de igualdad en el ámbito municipal, a través del programa "Pactos Locales por la Conciliación", con la firma de 39 Pactos Locales en la Comunidad Foral, que implicaron a más de 170 municipios y concejos y más de 580 entidades de Navarra, incorporando numerosas acciones a la gestión municipal en materia de conciliación y corresponsabilidad entre mujeres y hombres.

En la actualidad no es ya la conciliación, sino el cuidado el que marca y define las políticas de igualdad. Poniéndose de manifiesto además con la pandemia que el reparto de los cuidados está lejos de ser equitativo e igualitario.

Es por esto que el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, en el marco de sus programas inicia un proceso de actualización y transformación de los Pactos Locales por la Conciliación en Pactos Locales por los Cuidados y el diseño, puesta en marcha y desarrollo de un Pacto Foral por los Cuidados.

Siendo el eje fundamental de este programa impulsado por el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres. Poniendo en el centro de las políticas públicas de igualdad la vida y el bienestar de la ciudadanía.

En este sentido, la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre Mujeres y Hombres insta a las Administraciones públicas a aportar recursos que faciliten la sostenibilidad de la vida de todas las personas, así como a reconocer la función social y económica del trabajo doméstico y de los cuidados de personas en situación de dependencia, así como las actividades feminizadas sin remuneración ni reconocimiento profesional.

Estas recomendaciones están formalizadas tanto en el Acuerdo Programático de la legislatura 2019-2023, en el capítulo de igualdad de género que establece el desarrollo de la mencionada ley foral en relación a los cuidados como en el Plan Estratégico para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en Navarra 2022-2027 que recoge específicamente tres objetivos estratégicos en relación a los cuidados corresponsables y a la mejora de las condiciones socioeconómicas y laborales en el sector de los cuidados (Línea Estratégica II- Avanzar hacia un modelo socioeconómico con igualdad de género).

En los referentes normativos prioritarios de este programa se reconoce explícitamente un enfoque integral de esta problemática, que demanda una actuación conjunta y un esfuerzo de coordinación por parte de los poderes públicos, con el apoyo de toda la sociedad, para erradicar los estereotipos y creencias que atribuyen a las mujeres el mandato patriarcal de "cuidar".

En este sentido, el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, con el fin de avanzar hacia un modelo socioeconómico basado en la sostenibilidad de la vida y el valor de los cuidados, en colaboración con los departamentos del Gobierno de Navarra, las entidades locales, mancomunidades o grupos de acción local, desarrolla el programa "Pactos por los Cuidados en Navarra".

Este programa es la propuesta de Navarra para avanzar en igualdad entre mujeres y hombres y poner en el centro de las políticas la vida y el bienestar de la ciudadanía. Tanto en el Pacto Foral como en los distintos Pactos Locales por los Cuidados, se contemplan las directrices a seguir, los objetivos, los departamentos y las entidades participantes, los compromisos y los acuerdos del Pacto por los Cuidados.

En consecuencia, visto el informe propuesta de la Subdirección de Ciudadanía, Empoderamiento y Participación de las mujeres y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 51 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral en relación con lo dispuesto en el Decreto Foral 260/2019, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua,

RESUELVO:

1.º Aprobar la firma del programa Pacto Foral por los Cuidados en Navarra, de acuerdo con el procedimiento y condiciones que se incluyen como anexo I.

2.º Notificar esta resolución a la Subdirección de Ciudadanía, Empoderamiento y Participación de las Mujeres y a la Subdirección Jurídica y de Gestión del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 28 de octubre de 2022.–La directora gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, Eva Istúriz García.

ANEXO I

Primera.–Objeto.

El presente anexo, tiene por objeto fijar los contenidos y las condiciones que han de regir la puesta en práctica del programa Pactos por los Cuidados en Navarra, tanto en el ámbito foral como en las entidades locales y grupos de acción local.

Segunda.–Finalidad.

La finalidad de este programa es invitar a participar a los distintos Departamentos del Gobierno de Navarra y a las entidades sociales, públicas y privadas de la Comunidad Foral y apoyar a las entidades locales o grupos de acción local y demás agentes del entorno local en la búsqueda de soluciones compartidas para afrontar los retos y necesidades en materia de cuidados. Adaptando para ello el modelo de cuidados a la realidad y al momento político y social en el que nos encontramos, que requiere respuestas y propuestas nuevas y urgentes que permitan a todas las personas vivir con el mayor bienestar y equilibrio posibles. El programa busca repartir y compartir los cuidados, adaptando las propuestas políticas de igualdad a la realidad social y cultural del momento de la ciudadanía navarra.

El programa se pone en marcha para formular un Pacto Foral por los Cuidados y Pactos Locales por los Cuidados en distintas entidades locales, en los que se definan anualmente las diferentes medidas, las personas y organismos implicados, así como los presupuestos oportunos.

Los pactos se impulsan desde el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua para materializar el compromiso de la Comunidad Foral de Navarra y sus entidades locales con los cuidados, en coordinación e interlocución con la sociedad, como una dimensión central para la sostenibilidad de la vida, en la consecución de la igualdad real y efectiva.

Los pactos tendrán en cuenta y considerarán la optimización de los recursos disponibles en la Comunidad Foral de Navarra y en los distintos municipios en materia de cuidados.

Tercera.–Entidades participantes.

En el ámbito foral, podrán solicitar la participación en el programa todos los departamentos y/o direcciones generales del Gobierno de Navarra, entidades sociales, públicas y privadas de la Comunidad Foral de Navarra, asociaciones de empresas o comercios, federaciones, comités de entidades o coordinadoras de asociaciones de carácter social.

En el Pacto Foral por los Cuidados, será considerado Coordinador el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, representado por la persona titular de la Subdirección de Ciudadanía, Empoderamiento y Participación de las Mujeres. La dirección del Pacto Foral corresponderá a la directora-gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua y la Consejería del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.

En el ámbito local, podrán solicitar la participación en el programa todas las entidades locales de Navarra reguladas por la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de la Administración Local de Navarra.

Las entidades locales podrán acogerse a la posibilidad de firmar un Pacto Local por los Cuidados para su desarrollo e implantación en una sola localidad o bien, por razones espaciales, poblacionales o de otra índole, podrán acogerse a la posibilidad de firmar Pactos Locales que impliquen a las diferentes localidades que integran la Mancomunidad o Grupo de Acción Local.

En los Pactos Locales por los Cuidados, será considerada entidad local coordinadora el Ayuntamiento, representado por su alcalde o alcaldesa, o la mancomunidad o grupo de acción local, representada por su presidenta o presidente.

En los Pactos Mancomunados o de grupos de acción local será considerada entidad local Coordinadora la Mancomunidad, representada por el alcalde o alcaldesa que ejerce la presidencia de esta, o por la presidencia del grupo de acción local.

Las entidades coordinadoras serán las interlocutoras del Pacto con el Instituto Navarro para la Igualdad y la referencia en su localidad para convocar a todas las entidades y personas que elaborarán de forma consensuada el Pacto Local por los Cuidados.

Cuarta.–Programación.

Anualmente, cada Pacto firmado establecerá los procedimientos y programará, coordinará y organizará las acciones que se incluyen en el programa anual de trabajo, que será consensuado por los Departamentos, Ayuntamientos, Mancomunidades o grupos de acción local y las entidades sociales, públicas y privadas participantes, según sus necesidades y situación específica, con apoyo y asesoramiento del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua y de la asistencia técnica contratada por este organismo.

El plan de trabajo para el diseño y puesta en marcha de un Pacto básicamente comprenderá los siguientes pasos:

1. Solicitud de participación en el programa Pactos por los Cuidados en Navarra al Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

2. Solicitud de adhesión a los pactos y declaración de compromisos.

3. Constitución de los órganos y procedimiento organizativo del pacto.

4. Diseño y redacción del pacto. Contenidos:

5. Programa de trabajo anual.

6. Firma del pacto. Publicidad y difusión.

7. Puesta en marcha y desarrollo del pacto.

8. Seguimiento y evaluación.

9. Adhesiones al pacto una vez iniciado.

10. Renovación del pacto.

Quinta.–Asistencia técnica.

El Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua facilitará a las entidades locales y grupos de acción local, a los Departamentos del Gobierno de Navarra y a las entidades firmantes de los Pactos el apoyo necesario para el inicio del proceso de diseño y puesta en marcha de los pactos. Será asimismo responsable del Plan de Comunicación y el diseño de los diferentes documentos teóricos, informativos y divulgativos del programa Pactos por los Cuidados en Navarra.

Para ello, el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua contratará la asistencia técnica para el asesoramiento, formación y coordinación en la puesta en marcha del programa Pactos por los Cuidados en Navarra, tanto en el Pacto Foral como en los Pactos Locales por los Cuidados.

El Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua cuenta además con una persona Técnica de Igualdad contratada como responsable del programa, que coordinará y supervisará el trabajo de la asistencia técnica.

–Pactos locales por los cuidados. La entidad local o grupo de acción local será responsable, con su personal y medios, de impulsar, dinamizar y facilitar el desarrollo del programa según las pautas y orientaciones que se irán estableciendo de forma consensuada con la persona técnica del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua y la asistencia técnica, según el calendario que se apruebe cada año.

–Pacto Foral por los Cuidados. Cada departamento del Gobierno de Navarra y entidad firmante será responsable, con su personal y medios, de impulsar, dinamizar y facilitar el desarrollo del programa según las pautas y orientaciones que se irán estableciendo de forma consensuada con la persona técnica del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua y la asistencia técnica, según el calendario que se apruebe cada año.

Durante su desarrollo, el Pacto Foral y cada uno de los pactos locales contarán con el apoyo y el asesoramiento del personal técnico del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua y la asistencia técnica del programa Pactos por los Cuidados en Navarra.

Además de las acciones de publicidad y difusión generales establecidas por el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, las entidades locales que así lo consideren podrán realizar sus propias acciones de difusión local del programa a través de ruedas de prensa u otras presentaciones públicas. Para ello deberán tener en cuenta las siguientes condiciones:

–En las ruedas de prensa y otras presentaciones públicas se colocará en lugar visible el cartel informativo del programa, facilitado por el Instituto navarro para la Igualdad.

–Se informará de la financiación del Gobierno de Navarra a través del Instituto Navarro para la Igualdad.

–En todos los casos, serán respetadas la imagen y marca del programa, así como incluidos, los logos del Gobierno de Navarra, del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, del programa Pactos por los Cuidados en Navarra, junto con los de la entidad local.

–En cualquier caso, se deberá informar al Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua de la acción de difusión a través de correo electrónico, aportándose posteriormente cuantas pruebas documentales se deriven de ella.

Sexta.–Duración y renovación de los pactos.

Tanto el Pacto Foral como los pactos locales por los cuidados, tendrán una vigencia de 4 años desde la fecha de firma. Cada año, se diseñará, elaborará y aprobará un programa de Trabajo anual con medidas concretas y medibles a poner en marcha en cada uno de esos cuatro años de vigencia del Pacto.

Pasado este período, el Pacto se renovará de forma tácita por otros cuatro años, salvo renuncia expresa de una de las partes.

Séptima.–Criterios de participación en el programa.

Pacto Foral por los Cuidados. Podrán solicitar su participación en el programa:

–Departamentos y/o direcciones generales del Gobierno de Navarra.

–Entidades sociales, públicas o privadas de la Comunidad Foral de Navarra.

–Asociaciones de empresas o comercios.

–Federaciones, comités de entidades o coordinadoras de asociaciones de carácter social.

Estos departamentos/Entidades solicitarán la participación al INAI/NABI a través del documento facilitado para ello en la web https://pactoscuidados.igualdadnavarra.es/.

Será la dirección del Pacto Foral quien valore la aceptación de participación en el pacto y la asamblea quien valide y acepte dicha adhesión.

Pactos Locales por los Cuidados. Se establecen los requisitos para la participación en el programa:

Año 2023:

Se aceptarán solicitudes de participación en el programa Pactos por los Cuidados en Navarra, por riguroso orden de solicitud oficial al INAI/NABI, a través del documento facilitado a tal efecto en la web https://pactoscuidados.igualdadnavarra.es/. El plazo de solicitud de participación para el año 2023, finalizará el 31/12/2022.

Podrán enviar esta solicitud:

–Entidades locales o grupos de acción local que han tenido en algún momento un pacto local por la conciliación, firmado y formalizado con el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

–Entidades locales o grupos de acción local con técnica de igualdad en su estructura orgánica.

A partir del año 2024:

Se aceptarán un máximo de 20 solicitudes al año, enviadas entre el 1 de enero y el 15 de febrero del año en vigor. La valoración de las solicitudes se realizará conforme a los siguientes criterios:

–En primer lugar, tendrán prioridad las entidades locales o grupos de acción local que han tenido en algún momento un pacto local por la conciliación (PLxC), firmado y formalizado con el INAI/NABI.

–En segundo lugar, entidades locales con una población igual o superior a 3000 habitantes, mancomunidades, grupos de acción local o agrupaciones municipales* que no hayan tenido nunca PLxC, en el siguiente orden:

  • Aquellas que cuenten en su estructura orgánica con una técnica de igualdad.
  • Aquellas que cuenten en su estructura orgánica con una concejalía, comisión, área de igualdad o con funciones en materia de igualdad.
  • Aquellas que dispongan de presupuesto específico para temas de Igualdad.

En caso de empate dentro de cada grupo, se dará prioridad a las solicitudes de entidades locales, Mancomunidades, grupos de acción local o Agrupaciones Municipales con mayor población.

–En el caso de mancomunidades y agrupaciones de entidades locales, a excepción de aquellas que cuenten con técnica de igualdad, deberá constituirse una mesa de trabajo para la gestión del pacto por los cuidados, en la que obligatoriamente deberán estar representados todos los municipios que forman parte de esa entidad local o agrupación de entidades. Esta representación se concretará integrando dentro de esta mesa a las alcaldías o concejalías con competencias de igualdad, de todos los municipios. Dicha mesa de trabajo será la encargada de aprobar la planificación de las acciones de los programas de trabajo anuales en todo el territorio.

El número total de habitantes de las entidades locales agrupadas no podrá superar, en ningún caso, los 12.000 habitantes.

El número máximo de entidades locales agrupadas será de cinco. Con el fin de favorecer a territorios despoblados, este número podrá ampliarse hasta un máximo de diez en el caso de que al menos la mitad de las entidades agrupadas tengan un índice de densidad de población igual o inferior a 25 habitantes por kilómetro cuadrado. Para determinar el índice de densidad, se tomará como referente los indicadores demográficos elaborados por el Instituto de Estadística de Navarra, publicados en su página web.

Octava.–Compromiso de cooperación e información.

La entidad local, grupo de acción local, departamento de Gobierno de Navarra o entidad firmante de cada pacto deberá cooperar con el Instituto Navarro para la Igualdad en el adecuado desarrollo del pacto por los cuidados y facilitar cuanta información se solicite con objeto de favorecer al organismo autónomo el seguimiento de la actuación.

Deberán presentar al Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua toda la documentación que se genere y/o se requiera para su conocimiento y gestión del programa, así como todos los materiales de difusión y comunicación en relación al Pacto que se lleven a cabo.

En el caso de los pactos locales, una vez firmado cada pacto, la entidad local podrá participar en los procesos de subvenciones, sensibilización, formación, etc., establecidos por el Instituto navarro para la Igualdad en el marco del programa "Pactos Locales por los Cuidados".

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