BOLETÍN Nº 221 - 9 de noviembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 273/2022, de 20 de octubre, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se modifica la Orden Foral 127/2022, de 26 de mayo de la consejera de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para inversiones que aseguren la accesibilidad universal a la vivienda a personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia contempladas en la línea de inversión 3 denominada "Plan España país accesible" del Componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión" del Plan de Recuperación.

Mediante Orden Foral 127/2022, de 26 de mayo, de la consejera de Derechos Sociales, se aprobó la convocatoria de subvenciones para inversiones que aseguren la accesibilidad universal a la vivienda a personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia contempladas en la línea de inversión 3 denominada "Plan España país accesible" del Componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión" del Plan de Recuperación.

La base 9 de dicha convocatoria contempla que en el caso de que se llegase a la fecha de la finalización del plazo de la convocatoria, y el presupuesto no se hubiese agotado, el plazo podrá ser ampliado.

Visto el informe de la Sección de programas y Gestión de Subvenciones, en relación con la modificación de los plazos previstos en las bases de la Orden Foral 127/2022, de 26 de mayo de la consejera de Derechos Sociales, a fin de poder subvencionar inversiones que aseguren la accesibilidad universal a la vivienda a personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia en el año 2023.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente y por el Decreto Foral 268/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales,

ORDENO:

1. Modificar la Orden Foral 127/2022, de 26 de mayo de la consejera de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para inversiones que aseguren la accesibilidad universal a la vivienda a personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia contempladas en la línea de inversión 3 denominada "Plan España país accesible" del Componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión" del Plan de Recuperación, transformación y Resiliencia, en el sentido de ampliar los plazos previstos en las siguientes bases:

a) Base 6.2., relacionado con los gastos subvencionables, que pasa a tener la siguiente redacción:

"Se consideran gastos subvencionables aquellos efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado en la base 16, apartados 2 y 3 de esta orden foral que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada, resulten estrictamente necesarios, y se correspondan con actuaciones iniciadas y realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de marzo de 2023."

b) Base 9.1. Plazo y lugar de presentación de solicitudes, que pasa a tener la siguiente redacción:

"El plazo para la presentación de solicitudes se inicia a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, y finaliza el 31 de marzo de 2023, o a la fecha en que se haya agotado la cuantía total destinada a esta convocatoria, si esta última es anterior."

c) Base 12.1. Conceptos subvencionables, que pasa a tener la siguiente redacción:

"Será subvencionable exclusivamente el gasto realizado y finalizado por estas actuaciones, en el periodo comprendido entre 1 de enero de enero de 2022 y el 31 de marzo de 2023, y y que sea correctamente justificado mediante la presentación de la documentación acreditativa del gasto realizado y del pago efectivamente realizado por el solicitante de subvención, tal y como exige la base 15 de esta convocatoria."

d) Base 15.1. Documentación acreditativa del gasto realizado, que pasa a tener la siguiente redacción:

"Los gastos realizados se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.

En cumplimiento del Decreto Foral 23/2013, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, toda factura justificativa del gasto satisfecho por la persona solicitante de la de subvención contendrá los siguientes datos:

i. Número de la factura.

ii. Fecha de emisión de la factura.

La fecha de emisión deberá estar comprendida entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de marzo de 2023".

e) Base 16.3. Abono de la subvención concedida, que pasa a tener la siguiente redacción:

"En todo caso, el plazo para la presentación de la documentación económica justificativa relativa a las actuaciones de accesibilidad subvencionadas, finalizará el 30 de junio de 2023".

f) Base 17.3. denominada modificación de las subvenciones concedidas, que pasa a tener la siguiente redacción:

"La fecha límite para dictar la resolución de modificación es el 20 de marzo de 2023."

2. Publicar en el Boletín Oficial de Navarra esta orden foral, que tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.

3. Contra esta orden foral, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Trasladar esta orden foral a la Sección Programas y Gestión de Subvenciones de la Subdirección de Gestión y Recursos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, al Negociado de Asuntos Administrativos y al Centro Contable de la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria de la Secretaría General Técnica del Departamento de Derechos Sociales y al Servicio de Coordinación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de Contabilidad Nacional de la Dirección General de Intervención, a los efectos oportunos.

Pamplona, 20 de octubre de 2022.–La consejera de Derechos Sociales, M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

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