BOLETÍN Nº 211 - 25 de octubre de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LESAKA

Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de ayudas para la captura de zorros

El Pleno del Ayuntamiento de Lesaka, en sesión celebrada el día 4 de agosto de 2022, aprobó inicialmente la Ordenanza reguladora de ayudas para la captura de zorros, publicándose el anuncio en Boletín Oficial de Navarra número 167, de 23 de agosto de 2022.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la citada ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos pertinentes.

Lesaka, 10 de octubre de 2022.–El alcalde, Ladis Satrústegui Alzugaray.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE AYUDAS PARA LA CAPTURA DE ZORROS

Artículo 1. Objeto.

Es objeto de la presente ordenanza la regulación de las ayudas económicas establecidas por este ayuntamiento para la captura de zorros, en aras a la protección de animales domésticos.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Las ayudas se aplicarán exclusivamente a los vecinos del municipio de Lesaka.

Artículo 3. Condiciones generales.

Podrán optar a las ayudas municipales todos aquellos vecinos de la localidad y empadronados en la misma.

Artículo 4. Tipos de ayudas municipales.

Las ayudas municipales consistirán en una subvención de 6,01 euros por zorro.

Artículo 5. Beneficiarios.

Serán beneficiarios de esta ayuda los vecinos empadronados en Lesaka que presenten la prueba de haber capturado zorros. Dicha captura se justificará con la entrega de la cola del zorro y el informe del empleado municipal que lo certifique.

Los beneficiarios deben hallarse al corriente de la totalidad de las obligaciones fiscales y tributarias con el Ayuntamiento de Lesaka.

Artículo 6. Pérdidas de las ayudas.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos de esta ordenanza supondrá la anulación y supresión de las ayudas municipales en el expediente de que se trate.

Artículo 7. Percepción de las ayudas.

La liquidación efectiva de las ayudas correspondientes a cada expediente se producirá a instancia de parte debiendo el Ayuntamiento de Lesaka, una vez calculado el importe que corresponda abonar en la anualidad correspondiente a cada solicitante.

Si se detectara algún incumplimiento se perdería el derecho a las mismas, sin perjuicio de emprender otro tipo de acciones.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.–Las interpretaciones a que se diese lugar la presente ordenanza son competencia exclusiva de este ayuntamiento.

Segunda.–La presente ordenanza entrará en vigor a partir de su aprobación definitiva.

L2213502

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