BOLETÍN Nº 206 - 18 de octubre de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA

Constitución de depósitos

Con fecha 3 de octubre de 2022, el presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona adoptó la Resolución 461/2022, cuyo texto íntegro es el siguiente:

Se hace preciso articular el procedimiento necesario que permita dar soporte a la gestión de depósitos en metálico exigidos para la realización de actuaciones por parte de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, regulando tanto la constitución del depósito como su cancelación.

La constitución y cancelación de estos depósitos constituirán cobros y pagos realizados por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

El control, gestión y registro de los depósitos constituidos de esta manera, será realizada por los órganos de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona competentes para la realización de las actuaciones a las que se refieran los depósitos.

El artículo 20.6 de los Estatutos de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona determina que entre las atribuciones que ostenta el presidente de la Mancomunidad se encuentra la de "Disponer gastos, dentro de los límites de su competencia y ordenar pagos, autorizar documentos que impliquen formalización de ingresos y rendir cuentas, así como el desarrollo y la gestión económica conforme al presupuesto aprobados".

Por todo esto,

HE RESUELTO:

1. Autorizar que se puedan constituir depósitos por particulares que pongan a disposición de otros particulares y que tengan por objeto dar cumplimiento a obligaciones que sean asumidas por órganos de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

Igualmente, podrán constituirse depósitos por órganos de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a favor de particulares.

2. A estos efectos, el órgano gestor que deba reconocer el efectivo cumplimiento, emitirá la correspondiente carta de pago vinculada al procedimiento administrativo de que se trate.

3. Los depósitos se constituirán mediante el ingreso de su importe en la Tesorería de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. El depósito se entenderá constituido desde el momento en que se produzca el ingreso en la mencionada Tesorería.

En el caso de que la obligación de constituir un depósito en metálico corresponda a un órgano de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, el depósito se entenderá constituido con el pago de la obligación presupuestaria que se reconozca al efecto. Dicho pago se realizará utilizando los mecanismos internos de pago por formalización.

Los órganos gestores deberán mantener un registro y control de los depósitos en metálico constituidos.

4. La cancelación del depósito será acordada por el órgano gestor cuando se cumplan las condiciones establecidas para ello, lo que dará origen, previa fiscalización de la Intervención, al pago correspondiente a favor del tercero que corresponda.

5. Notificar la presente resolución a Servicios de la Comarca de Pamplona S. A., a los efectos oportunos.

6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento".

Pamplona, 4 de octubre de 2022.–El presidente, David Campión Ventura.

Código del anuncio: L2213304