BOLETÍN Nº 205 - 17 de octubre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 605/2022, de 21 de septiembre, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se modifica la base 15 de la convocatoria de 2021 de ayudas a la inversión de pymes industriales. Identificación BDNS: 551139.

Por Resolución 79/2021, de 25 de febrero, de la directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo se aprobó la convocatoria de 2021 de ayudas a la inversión en pymes industriales (Boletín Oficial de Navarra número 64, de 22 de marzo de 2021 (https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2021/64/5)).

En las bases 3.2 y 14.1 de dicha convocatoria se establecía que el periodo de ejecución y justificación de los proyectos de inversión identificados como "largos" en dichas bases, finalizaba el 31 de agosto de 2022. Si bien, en la base 13.4.c), se concedía a las empresas la posibilidad de solicitar la ampliación de dicho plazo hasta el 30 de noviembre de 2022.

La actual coyuntura económica está ocasionando demoras en la cadena de suministros que puede provocar retrasos en el calendario de ejecución de los proyectos. Como consecuencia de ello, un número significativo de empresas han solicitado una prórroga en el plazo de ejecución y justificación de sus inversiones.

Ante esta situación, resulta oportuno modificar la base 15 "Abono de la subvención" para regular el procedimiento de abono de la subvención a los proyectos a los que se ha ampliado el plazo de ejecución y justificación de las inversiones.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Modificar la base 15 de la convocatoria de 2021 de ayudas a la inversión en pymes industriales, añadiendo a la misma un apartado 4 con la siguiente redacción:

"4. En el caso de los proyectos cuyo periodo de ejecución y justificación finalice entre el 31 de agosto de 2022 y el 30 de noviembre de 2022, el procedimiento de abono de las ayudas será el siguiente:

a) La documentación justificativa establecida en la base 14.2 deberá presentarse en el plazo señalado en la resolución de ampliación del periodo de ejecución y justificación. Una vez presentada, por resolución que se dictará antes del 31 de diciembre de 2022, se ordenará un pago a cuenta de la ayuda por las inversiones justificadas y se declarará la pérdida del derecho al cobro de la ayuda correspondiente a las no justificadas.

b) Antes del 30 de junio de 2023, una vez examinada la mencionada justificación y realizadas las comprobaciones del apartado 2 de esta base, se dictará la resolución de liquidación del pago a cuenta.

En esta resolución se hará constar el cumplimiento por las beneficiarias de las obligaciones que dan derecho al cobro de la subvención y se determinará el importe final de la ayuda. En caso de que este sea inferior al pago a cuenta realizado, procederá el reintegro de la diferencia."

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.

Pamplona, 21 de septiembre de 2022.–La directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.

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