BOLETÍN Nº 2 - 4 de enero de 2022

3. Administración del Estado

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO

Información pública de la solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del proyecto PEol-725 AC que comprende los parques eólicos AIKO y ATREO, de 49,5 MW cada uno, en las provincias de Zaragoza y Navarra.

El proyecto está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, en virtud de lo definido en el artículo 7.1.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

A los efectos de lo establecido en los artículos 53.1.a) de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y los artículos 124 y 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del expediente PEol-725 AC, cuyas características se señalan a continuación:

Peticionario: Energía Inagotable de Aiko, S.L. (CIF: B88620786) y Energía Inagotable de Atreo, S.L. (CIF: B88622360), pertenecientes al grupo Forestalia Renovables, con domicilio social en Madrid, calle José Ortega y Gasset número 20, 2.º planta, 28.006, y domicilio a efectos de notificación en Zaragoza, calle Coso 33, 7.º, 50.003, teléfonos 976 308 449 y 663 484 273 y correo electrónico tramitaciones@forestalia.com. Se considera Energía Inagotable de Atreo, S.L. la representante de las mercantiles.

Objeto de la petición: Solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del proyecto PEol-725 AC que comprende los parques eólicos AIKO y ATREO, de 49,5 MW cada uno, en las provincias de Zaragoza y Navarra.

Órgano competente: El órgano sustantivo competente para resolver la autorización administrativa previa es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El órgano ambiental competente para emitir la declaración de impacto ambiental es el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Órgano tramitador: Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, sita en la Plaza del Pilar, 13, 50071 –Zaragoza y Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra, sita en Plaza de las Merindades, s/n, 31071– Pamplona.

Descripción de las Instalaciones:

Parque eólico Atreo (Energía Inagotable de Atreo, S.L.) de 49,5 MW, en los términos municipales de Castiliscar y Sádaba, en la provincia de Zaragoza y Carcastillo, en la provincia de Navarra. Consta de 9 aerogeneradores GE158-5,5 MW de 120,9 metros de altura de buje y 158 metros de diámetro de rotor.

Presupuesto estimado: 40.620.716,55 euros

Parque eólico Aiko (Energía Inagotable de Aiko, S.L.) de 49,5 MW, en los términos municipales de Carcastillo, en la provincia de Navarra, y Sádaba, en la provincia de Zaragoza. Consta de 9 aerogeneradores GE158-5,5 MW de 120,9 metros de altura de buje y 158 metros de diámetro de rotor.

Presupuesto estimado: 41.476.881,99 euros.

La infraestructura de evacuación hasta la red de transporte, no forma parte del alcance de esta solicitud, los cuáles se relacionan a continuación:

–Subestación eléctrica “SET Alera”, (incluido dentro del expediente del PE Keneo, PEol-722).

–Línea aérea de alta tensión “LAAT 400 kV Nudo Malpica - Nudo Olite”, (incluido dentro del expediente del PE Keneo, PEol-722).

–Tramo Línea Aérea de Alta Tensión “LAAT 400 kV Nudo Olite - SET Castejón Promotores”, (incluido dentro del expediente del PE Keneo, PEol-722).

–SET Castejón Promotores: (incluido dentro del expediente SAT - 11133), presentado en la Comunidad Foral de Navarra ante el Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial (Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3).

–Línea Aérea 400 kV SET Castejón Promotores - SET Castejón (REE): (incluido dentro del expediente 5041), presentado en la Comunidad Foral de Navarra ante el Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial (Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3).

Los citados parques eólicos cuentan con permiso de acceso de la red de transporte en la subestación eléctrica Castejón 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España S.A., otorgado con fecha 4 de marzo de 2021.

Finalidad: Generación de energía para su comercialización.

Tanto la autorización administrativa previa del presente proyecto, como la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, cuya aprobación son competencia del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, están sometidas al trámite de información pública, realizándose de manera conjunta la información pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental, conforme al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Lo que se hace público para conocimiento general y para que puedan ser examinados el proyecto, el estudio de impacto ambiental, y por tanto todos los documentos, técnicos y ambientales, bien en el Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza y Delegación del Gobierno en Navarra, concertando cita previa o en el siguiente enlace:

https://www.mptfp.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/aragon/proyectos-ci/proyectos.html

Ante estas Áreas, se podrán presentar, bien en soporte físico por escrito, en el registro general de las mismas, o bien a través del registro electrónico de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es, o en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de treinta días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Se advierte que las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y otros sujetos identificados en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Con tal motivo, las alegaciones formuladas por cualquiera de ellos en este trámite de información pública deben obligatoriamente presentarse por medios electrónicos.

Zaragoza, 15 de diciembre de 2021.–El director del Área de Industria y Energía, René Gómez López de Munain.

Código del anuncio: E2117538