BOLETÍN Nº 187 - 20 de septiembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1749/2022, de 14 de septiembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la prórroga de la encomienda de gestión formalizada por convenio, de 27 de julio de 2018, de la Universidad Pública de Navarra al Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), para la valoración de los méritos aportados para el reconocimiento del tramo retributivo de investigación de excelencia regulado en el artículo 7.5 del decreto foral 37/2009, de 20 de abril.

De conformidad con la cláusula primera relativa a la formalización de la prórroga de la encomienda, es preceptiva la publicación en el Boletín Oficial de Navarra, y por tanto se hace remisión de la misma al mencionado diario oficial en los siguientes términos literales, una vez realizada la firma de las partes, con fecha 26 de julio de 2022:

PRÓRROGA DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN FORMALIZADA POR CONVENIO, DE 27 DE JULIO DE 2018, DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA AL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y ACREDITACIÓN (ANECA), PARA LA VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS APORTADOS PARA EL RECONOCIMIENTO DEL TRAMO RETRIBUTIVO DE INVESTIGACIÓN DE EXCELENCIA REGULADO EN EL ARTÍCULO 7.5 DEL DECRETO FORAL 37/2009, DE 20 DE ABRIL

Reunidos

De una parte, don Ramón Gonzalo García, Rector Magnífico, actuando en nombre y representación de la Universidad Pública de Navarra (en adelante UPNA), nombrado por el Decreto Foral 68/2019, de 5 de junio, y conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por el Decreto Foral 110/2003, de 12 de mayo, y modificados por Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 21 de marzo de 2011.

De otra parte, doña Mercedes Siles Molina, en nombre y representación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en adelante ANECA), Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Universidades. Interviene en calidad de Directora, nombrada por el Consejo Rector de ANECA el 19 de febrero de 2020, y actuando en virtud de las atribuciones que le atribuye el Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo ANECA.

Ambas partes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente, subscriben en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, al efecto

Exponen

I. Que las partes suscribieron el 27 de julio de 2018 una encomienda de gestión formalizada por convenio, al amparo del artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por la cual la UPNA encargó a ANECA que evaluara los méritos de investigación del personal docente investigador de la UPNA para la atribución del tramo retributivo de Investigación de Excelencia regulado en el artículo 7.5 del Decreto Foral 37/2009, de 20 de abril, n los términos previstos en la normativa autonómica aplicable, encomienda que fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 196, de 9 de octubre de 2018.

II. Que la cláusula octava del convenio que formaliza la encomienda establece que tendrá una vigencia de cuatro años, desde la fecha de su, y que en cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un nuevo periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

III. Que estando próxima la fecha de finalización de la vigencia prevista para el 27 de julio de 2022, es voluntad de las Partes proceder a la prórroga de la encomienda por otro periodo adicional de cuatro (4) años, es decir, hasta el 28 de julio de 2026.

Y, en consecuencia, las partes intervinientes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga de la encomienda (en lo sucesivo, la Prórroga) con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.–Prórroga de la encomienda de gestión.

Las partes, por medio de la presente prórroga, acuerdan prorrogar la duración de la encomienda de gestión formalizada por convenio con fecha de 27 de julio de 2018, y publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 9 de octubre de 2018, por un periodo de cuatro (4) años, a contar desde la finalización del periodo inicialmente acordado para la misma conforme a su cláusula octava, es decir, desde el próximo 28 de julio de 2022 hasta el 28 de julio de 2026.

Esta prórroga se perfeccionará con la firma de las partes, y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, siguiendo lo establecido en el citado artículo 11.3.b.

Segunda.–Subsistencia del resto de la encomienda.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo establecido en el convenio que formaliza la encomienda, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y en prueba de conformidad, firman las Partes la presente Prórroga a un solo efecto, en el lugar y en las fechas de firma electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante. Por la Universidad Pública de Navarra, Ramón Gonzalo García. Por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, la Directora, Mercedes Siles Molina. 26 de julio de 2022.

Pamplona, 14 de septiembre de 2022.–El rector, Ramón Gonzalo García.

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