BOLETÍN Nº 184 - 15 de septiembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 202/2022, de 7 de septiembre, del director general de Formación Profesional, por la que se modifica la Resolución 129/2022 del director general de Formación Profesional, por la que se aprueban las bases que van a regular el procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos para cursar enseñanzas deportivas de régimen especial, en el curso 2022-2023, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Mediante la Resolución 129/2022 de 6 de junio, del director general de Formación Profesional, se proponen las fechas de matrícula de las enseñanzas de media montaña y escala en la cuales se propone como fecha de matriculación del 12 al 15 de septiembre del 2022.

Atendiendo a una petición formulada desde la dirección del CIP FP Sakana BHI, la directora del Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional presenta informe favorable para que se dicte una resolución que modifique la Resolución 129/2022, de 6 de junio, afectando a las fechas de matriculación de las enseñanzas.

En virtud de las facultades atribuidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Modificar el plazo de matriculación establecido en la Resolución 129/2022 de 6 de junio, del director general de Formación Profesional, por la que se aprueban las bases que van a regular el procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos para cursar enseñanzas deportivas de régimen especial, en el curso 2022-2023, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, disponiendo como plazo de matriculación los días del 27 al 29 de septiembre del 2022.

2.º Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, Servicio de Cualificaciones y Proyectos de Formación Profesional, al Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional; asimismo al Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas, al Servicio de Desarrollo de Competencias Profesionales, y al Servicio de Activación Laboral y Coordinación Territorial, todos ellos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare; a la Sección de Ordenación Académica, a la Sección de Inclusión, a la Sección de Enseñanzas Artísticas, a la Sección de Gestión Jurídico-Administrativa; al Negociado de Escolarización, al Negociado de Orientación y al Negociado de Gestión de la Información Escolar, a los efectos oportunos.

Pamplona, 7 de septiembre de 2022.–El director general de Formación Profesional, Tomás Rodríguez Garraza.

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