BOLETÍN Nº 176 - 5 de septiembre de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PUEYO / PUIU

Aprobación definitiva de la modificación de la base de ejecución número 12 del presupuesto de 2022

El Pleno del Ayuntamiento de Pueyo / Puiu, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de julio de 2022, acordó aprobar inicialmente el expediente de modificación de la base de ejecución número 12 del presupuesto del año 2022.

Tras la publicación en el Boletín Oficial de Navarra número 153, del 2 de agosto de 2022, se sometió a exposición pública durante el plazo de 15 días hábiles, sin que se hayan presentado alegaciones en el plazo establecido.

Por lo que en virtud de lo establecido en el artículo 202 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y el artículo 18 del Decreto Foral 270/1998 que la desarrolla, el expediente de modificación de la base de ejecución número 12 del presupuesto del año 2022 queda aprobado definitivamente, entrando en vigor en la fecha de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Se deberá remitir a la Administración de la Comunidad Foral en el plazo de los 15 días siguientes a la aprobación definitiva, copia del expediente de modificación de la base de ejecución número 12 del presupuesto del año 2022.

El expediente de modificación de la base de ejecución número 12 del presupuesto del año 2022, quedará a disposición del público a efectos informativos, desde la aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio.

Pueyo / Puiu, 26 de agosto de 2022.–La alcaldesa, María Rosario Guillén Guillén.

ANEXO

Base 12.–Créditos ampliables.

1. Se consideran partidas ampliables aquellas financiadas con recursos expresamente afectados. En particular se declaran ampliables:

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA AMPLIABLE

CONCEPTO DE INGRESOS

1-1510-2276002 Asesoramiento urbanístico particulares

1-3210001 Tasas licencias urbanísticas particulares

1-1510-60900xx Reparcelación y urbanización UE xx

1-7720001 Cuotas de urbanización

1-1640-2279901 Servicios funerarios

1-3091000 Tasas cementerio

1-9200-2260301 Anuncios diarios particulares

1-3299000 Tasas anuncios particulares

1-9200-2270801 Geserlocal servicios de recaudación

1-3921101 Recargos

1-9200-2270802 Geserlocal expedientes sancionadores

1-3919001 Multas y sanciones Geserlocal

1-9200-2500001 Convenio Hacienda impuestos

1-1160001 Plusvalía

2. El expediente de ampliación de créditos será iniciado por la unidad administrativa que gestione el gasto y en él se acreditará el reconocimiento en firme de mayores derechos sobre los previstos en el presupuesto de ingresos que se encuentren afectados al crédito que se pretende ampliar, previo informe de Intervención. Si no existe unidad administrativa determinada, será la Intervención el que inicie el expediente.

3. La aprobación de los expedientes de ampliación de créditos que afecten al presupuesto del Ayuntamiento le corresponde a la presidencia.

4. Los expedientes de ampliación de créditos que afecten al presupuesto de los organismos autónomos serán aprobados por la presidencia.

5. Las partidas ampliables serán vinculantes en sí mismas si están financiadas a 100 % con los recursos afectados. En otro caso se establece para ellas vinculación cualitativa (pueden tomar crédito de otras partidas de la bolsa, pero no cederlo).

Código del anuncio: L2211597