BOLETÍN Nº 17 - 25 de enero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MONTEAGUDO

Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2022

El pasado 29 de diciembre el alcalde presidente del M. I. Ayuntamiento de Monteagudo, dictó la siguiente resolución:

De conformidad con lo que dispone la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, y el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, que regula el cómputo anual de la jornada de trabajo para los empleados al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, sometidos al ámbito de aplicación del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra; la Resolución 217/2021, de 18 de mayo, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2022 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, y restante normativa de aplicación sobre fiestas laborables y sobre días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, y en ejercicio de la potestad que me ha sido conferida en el Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Esta Alcaldía,

HA RESUELTO:

1. Aprobar el calendario laboral de días festivos en el año 2022 para los empleados del Ayuntamiento de Monteagudo y la Agrupación de Ayuntamientos de Barillas, Monteagudo y Tulebras.

–Fiestas de carácter retribuido y no recuperable en la Comunidad Foral de Navarra:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 6 de enero: Epifanía del Señor.
  • 14 y 15 de abril: Jueves Santo y Viernes Santo.
  • 18 de abril: Lunes de Pascua.
  • 25 de julio: Santiago Apóstol.
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
  • 8 de septiembre: Festividad de la Virgen del Camino (festividad local).
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.
  • 3 de diciembre: Festividad de San Francisco Javier, Día de Navarra.
  • 6 de diciembre: Día de la Constitución.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
  • 26 de diciembre: Segunda Fiesta de Navidad.

–Al igual que los días señalados en el punto anterior, se considerarán inhábiles a efectos de cómputo de plazos los sábados y domingos. Además, las oficinas permanecerán cerradas los días de las fiestas patronales de Monteagudo, es decir, del 16 al 19 de agosto. Y todas aquellas fechas que por necesidades de servicio así se precise, circunstancia que deberá ser comunicado con la debida antelación.

2. El horario de atención al público en las oficinas municipales de Monteagudo será de las 11:45 a las 13:45 horas, de lunes a viernes laborables.

El personal de la Agrupación se regirá por los horarios de los Ayuntamientos en los que presten sus servicios.

3. El cómputo anual de la jornada completa de trabajo será de 1.592 horas efectivas, que se llevará a cabo:

–Por parte del personal de oficinas realizará en horario de mañana, de lunes a viernes. Este trabajará de forma obligatoria de 8:00 a 15:00 horas, quedando 20 minutos de trabajo diarios a elección de dicho personal, con carácter flexible, previa o posteriormente al horario aquí establecido.

Al realizarse la jornada laboral de modo continuado, se tendrá derecho a una pausa de veinte minutos como máximo. Esta interrupción no podrá afectar a las necesidades del servicio. Dicha pausa podrá compensarse con los veinte minutos de trabajo flexible.

El personal que presta sus servicios en agrupación con otros ayuntamientos repartirá su jornada entre los ayuntamientos integrantes de la misma en la proporción establecida por la Agrupación.

–Para los empleados de servicios múltiples, la jornada de 7:20 horas se desarrollará en horario partido (8:30-14:00 y 15:30-17:20 horas de enero a mayo y de septiembre a diciembre. Durante los meses de verano (junio, julio y agosto) los trabajadores podrán tener horario continuo de modo excepcional y siempre que las necesidades del servicio lo permitan y, siempre que al menos uno de ellos desarrolle su trabajo en jornada partida.

–Durante las fiestas patronales y otros eventos extraordinarios, podrá establecerse otra jornada según las necesidades del servicio.

Serán funciones del personal de servicios múltiples a desempeñar en su jornada laboral: la apertura del cementerio los martes y jueves no festivos en horario de 9:00 a 17:20 horas y la apertura del punto limpio de vertido de residuos en horario de 8:30-14:00 y de 15:30-17:20 horas. Los funcionarios deberán supervisar los vertidos que se realizan en los contenedores.

Todo ello sin perjuicio de las autorizaciones individuales que, modificando el anterior criterio general, se concedan en aplicación de medidas de apoyo a la conciliación de la vida laboral personal y familiar, u otras de aplicación.

No obstante, el presente calendario laboral podrá ser modificado por necesidades de servicio, y de conformidad con la normativa vigente en la materia.

4. Todas las ausencias y las salidas del centro de trabajo por motivos particulares deben responder a alguno de los supuestos contemplados en el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero.

Tanto la falta de puntualidad en el inicio o fin de la jornada de trabajo, como la dedicación parcial de tiempo de la jornada de trabajo a asuntos particulares, debidamente autorizados, podrán compensarse a elección del empleado, mediante la recuperación en tiempo de trabajo de un periodo de tiempo adicional igual al utilizado, o mediante el descuento de los importes proporcionales correspondientes en los haberes del empleado.

Recordar al personal la obligación de todo trabajador de fichar y cumplir con el horario laboral. Cualquier alteración del mismo deberá comunicarse. Las faltas de asistencia al trabajo deberán justificarse y comunicarse tan pronto como sea posible.

5. Ordenar la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios oficiales del ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra y notificarlo a los empleados para su conocimiento.

Monteagudo, 10 de enero de 2022.–El alcalde, Mariano Herrero Ibáñez.

Código del anuncio: L2200281