BOLETÍN Nº 17 - 25 de enero de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 174E/2021, de 27 de diciembre, del consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General Municipal de Cárcar, relativa al artículo 2.4.1 de la Normativa Urbanística Particular, promovida por el Ayuntamiento de Cárcar.

El Ayuntamiento de Cárcar ha presentado ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

El objeto del expediente consiste en la modificación del artículo 2.4.1 de la Normativa Urbanística Particular del Plan General Municipal, relativo al suelo no urbanizable en la categoría de preservación y subcategoría de valor para su explotación natural, para que en el mismo se recojan como actividades autorizables las instalaciones de energía solar y eólica.

Mediante Resolución 1004E/2021, de 13 de octubre, del director general de Medio Ambiente se formula informe ambiental estratégico de la “Modificación Estructurante del Plan Municipal Cárcar. Modificación del régimen de protección en suelo no urbanizable en la categoría de preservación y subcategoría de valor para su explotación natural”, promovida por el Ayuntamiento de Cárcar, considerando que no tiene efectos ambientales significativos.

Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 253 de 4 de noviembre de 2021.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General Municipal de Cárcar, relativa al artículo 2.4.1 de la Normativa Urbanística Particular, promovida por el Ayuntamiento de Cárcar.

2.º Señalar que esta orden foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

3.º Notificar esta orden foral al promotor del expediente y a la Sección de Impacto Ambiental, a los efectos oportunos.

4.º Trasladar la Orden Foral al Ayuntamiento de Cárcar para su conocimiento y efectos; y en concreto para que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra, al efecto de que se produzca la entrada en vigor del instrumento urbanístico aprobado.

5.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de diciembre de 2021.–El consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Aierdi Fernández de Barrena.

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