BOLETÍN Nº 16 - 24 de enero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LEKUNBERRI

Tipos impositivos, tasas, tarifas y precios públicos para 2022

El Pleno del Ayuntamiento de Lekunberri, en sesión de 25 de noviembre de 2021, aprobó inicialmente los Tipos impositivos, tasas, tarifas y precios públicos del ejercicio 2022.

Dicha aprobación inicial fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 279, de 14 de diciembre de 2021 sin que en el período de exposición pública se hayan presentado alegaciones, por lo que el acuerdo de aprobación pasa a ser definitivo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1.b) de la Ley Foral de Administración Local, L F 6-1990 de la Administración Local de Navarra, se procede, a su publicación a los efectos oportunos.

Lekunberri, 5 de enero de 2022.–El alcalde, Gorka Azpiroz Razquin.

TIPOS IMPOSITIVOS 2022

Contribución territorial: 0,2944.

Impuesto actividades económicas.

Aplicar el índice 1,4 a las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Plusvalía.

Tipo de gravamen: 25 por ciento sobre la Base Imponible que resulte de la aplicación.

Los índices y coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, son los establecidos en el Artículo 175.2 de la Ley Foral 3/2019 de 24 de enero, por la que se modifica la Ley Foral 2/1995 de 10 de marzo, de haciendas Locales de Navarra.

Impuesto de construcciones instalaciones y obras.

Tipo de gravamen del 5%.

TASAS

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS DE ALCANTARILLADO

Artículo 7. Aprobar las tarifas y tasas que se relacionan a continuación:

7.1. Tasa de Alcantarillado: 0,338 euros m³.

7.2. Tasa de Alcantarillado mínimos:

–De 0,00 a 5,00 m³: 2,65 euros/trimestre.

–De 5,01 a 10,00 m³: 3,71 euros/trimestre.

–Más de 10,01 m³: 0,338 euros/m³.

ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR SUMINISTRO DE AGUA

5.1. Tasa de Abastecimiento de Agua:

–Domiciliaria mínimos:

• De 0,00 a 5,00 m³: 6,33 euros/trimestre.

• Más de 5,01 m³ a 10,00 m³: 7,43 euros/trimestre.

–Domiciliaria:

• De 10,01 m³ hasta 66,00 m³: 0,679 euros/m³.

• Más de 66,01 m³: 0,937 euros/m³.

–Agua de obra: 1,30 euros/m³.

–Agua Industrial:

• 0-10.000,00 m³: 1,12122 euros/m³.

• 10.001,00-25.000,00 m³: 1,05419 euros/m³.

• 25.001,00-40.000,00 m³: 1,03347 euros/m³.

• 40.001,00-55.000,00 m³: 1,01562 euros/m³.

• Más de 55.001,00 m³: 0,94561 euros/m³.

5.2. Tasa por acometida:

• Domiciliaria: 130,00 euros.

• Industrial: 300,00 euros.

Artículo 14.

1. Las exacciones previstas en el artículo 5 se abonarán de forma trimestral.

2. La exacción correspondiente a la acometida, se abonará por el usuario en el momento de su devengo.

TASAS INSTALACIÓN DE POSTES RECARGA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

Epígrafe I.–Utilización o aprovechamientos especiales en el suelo.

Puntos de carga de vehículos eléctricos y otras utilizaciones o aprovechamientos. La tasa será la suma de los siguientes conceptos:

–Por cada autorización o aprovechamiento autorizable: 50,87 euros.

–Por el uso efectivo del dominio público local: 0,09 euros por metro cuadrado, al día.

TASAS POR CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES Y DESPEDIDAS U HOMENAJES CIVILES

–Por celebración de matrimonio civil: 50 euros.

–Por celebración de despedida u homenaje civil: 50 euros.

Código del anuncio: L2200189