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BOLETÍN Nº 156 - 5 de agosto de 2022
1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 182/2022, de 5 de julio, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en término municipal de Basaburua.
Con fecha 6 de julio de 2021, don Eduardo Ryan Murúa, en representación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 53 a 60 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, solicitó autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública, para la siguiente instalación eléctrica:
–Peticionário: I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.
–Expediente: SAT11218 (Ref.: 2021-105 Obra 100778428).
–Ubicación de la instalación: Término municipal de Basaburua.
–Finalidad: Mejora de la calidad y seguridad del suministro eléctrico en la zona.
–Características técnicas: proyecto de nueva línea M.T. Cierre entre “4661 L01 Igoa-Arraras-Erasun” y “4668 L06 Irurtzun-Basaburua”, comprende la construcción de una nueva línea de enlace entre las líneas eléctricas denominadas “4661 L01 Igoa-Arraras-Erasun” y “4668 L06 Irurtzun-Basaburua”, distinguiéndose dos tramos en el trazado de la instalación.
- Tramo 1: Aumentar la sección del conductor existente en el tramo aéreo de 163 metros de longitud, comprendido entre los apoyos número 31 existente y número 40, este último existente y a sustituir, de la línea a 13,2 kV denominada “4661 L01 Igoa-Arraras-Erasun”, en la población de Igoa. Se tenderá con conductor de aluminio-acero tipo 100-AL1/17-ST1A, intercalando en dicho vano aéreo un nuevo apoyo número 77.31 de refuerzo mecánico.
- Tramo 2: En el apoyo número 40 pasará a modo subterráneo y se tenderá, con una longitud de línea de 3.105 metros y conductor de aluminio tipo HEPRZ1, hasta el apoyo número 2820 existente de la línea a 13,2 kV denominada “4668 L06 Irurtzun-Basaburua”, en la localidad de Aizaroz, donde terminará en un nuevo paso aéreo-subterráneo. Se unirán ambas líneas mediante un O.C.R. accionado por telemando.
–Presupuesto de ejecución material: 185.791,28 euros.
En la misma instancia, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental, solicitó el inicio del procedimiento de Evaluación de Afecciones Ambientales.
Posteriormente, con fecha 6 de septiembre de 2021, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 118 c) del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se solicitó la tramitación del expediente de autorización de actividades autorizables en suelo no urbanizable para la citada instalación.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la solicitud de I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., el proyecto junto con la relación concreta de bienes y derechos afectados por la nueva línea eléctrica, se sometió al trámite de información pública durante el plazo de treinta días, mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 209 de fecha 6 de septiembre de 2021, en el Diario de Navarra de fecha 7 de septiembre de 2021, así como en la web de Gobierno Abierto de Gobierno de Navarra.
Igualmente, la documentación se remitió al Ayuntamiento de Basaburua para su exposición al público por el mismo periodo de tiempo y consta en el expediente diligencia acreditativa de dicho acto.
El contenido y análisis de las alegaciones recibidas en el trámite de información pública se resume en el anexo I de la presente resolución.
Simultáneamente, en aplicación de los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en orden a que en un plazo de 30 días prestasen su conformidad u oposición a la autorización solicitada y, en su caso, estableciesen el condicionado técnico procedente, se consultó a los siguientes organismos afectados:
–Ayuntamiento de Basaburua.
–Confederación Hidrográfica del Ebro.
–Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras.
–Sección de Evaluación Ambiental.
–Sección de Ordenación del Territorio.
No se recibió respuesta a ninguna de las anteriores solicitudes de informe.
Mediante Resolución 308E/2021, de 27 de diciembre, del director de Servicio de Biodiversidad del Gobierno de Navarra, se formuló Informe de Afecciones Ambientales favorable al proyecto, sujeto al cumplimiento de las condiciones recogidas en la misma al objeto de minimizar las afecciones derivadas de la ejecución del proyecto.
Mediante Resolución 136E/2022, de 17 de abril, de la directora del Servicio de Territorio y Paisaje, se concedió autorización de actividades en suelo no urbanizable para la ejecución del proyecto.
Con fecha 13 de abril de 2022, don Eduardo Ryan Murúa, en representación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., ha presentado instancia acompañada de anexo al proyecto, dirigida al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, indicando que, durante el proceso de tramitación del proyecto, ha recibido requerimientos y alegaciones que conllevan la modificación del trazado original de la línea eléctrica.
Trasladada la documentación recibida a la Sección de Ordenación del Territorio y a la Sección de Impacto Ambiental, constan en el expediente las respectivas respuestas indicando que, las modificaciones presentadas por el promotor, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., se encuentran amparadas por la Resolución 136E/2022, de 17 de abril, de la directora del Servicio de Territorio y Paisaje y por la Resolución 308E/2021, de 27 de diciembre, del director de Servicio de Biodiversidad.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 52/2019, de 18 de noviembre, de la directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3 (Boletín Oficial de Navarra número 234, de 27 de noviembre de 2019), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32 y 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,
RESUELVO:
1. Otorgar autorización administrativa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., para la citada instalación.
2. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación, a los efectos establecidos en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.
3. Reconocer a la empresa I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.
4. Aprobar el proyecto, junto con su anexo, presentado para la ejecución de la instalación, suscrito por el ingeniero industrial don Pedro Cotero Alonso, concediendo un plazo de veinticuatro meses para la ejecución de las obras.
5. Estimar las alegaciones presentadas por don Moisés Azpiroz Arretxea y estimar parcialmente las alegaciones presentada por don Juan Enrique Usechi Santamaría y por el Concejo de Arrarats.
6. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, junto con su anexo, y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
7. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. A esta solicitud se acompañará la documentación establecida en la normativa citada y el certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.
8. La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.
9. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, al Servicio de Biodiversidad, al Servicio de Ordenación del Territorio y Paisaje y a la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, a los efectos oportunos.
10. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.
11. Notificar esta resolución a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., a la Confederación Hidrográfica del Ebro, a don Juan Enrique Usechi Santamaría, a don Moisés Azpiroz Arretxea y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que en contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.
12. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Basaburua y al Concejo de Arrarats, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Pamplona, 5 de julio de 2022.–La directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.
ANEXO I
Alegaciones recibidas
A continuación, se incluye resumen y análisis de las alegaciones recibidas.
Alegación 1.–Don Juan Enrique Usechi Santamaría, actuando en nombre y representación de doña Josefa Blanco Iturzaeta.
Siendo propietaria de la parcela 15 del polígono 10 del término municipal de Basaburua, solicita, entre otros:
Que el trazado subterráneo de la nueva línea eléctrica discurra siguiendo el trazado del camino comunal.
Que se contemple en el proyecto la afección a la conducción municipal de abastecimiento de agua.
Que se repongan o restituyan a su estado original todos los elementos del vallado que se vean afectados.
Que se adopten las medidas necesarias para minimizar los impactos en el arbolado y la vegetación existente.
Que, previamente al levantamiento de las Actas previas a la ocupación, se proceda al replanteo del eje de la traza y estaquillado del borde de las superficies afectadas de necesaria ocupación.
Que se contemple la posibilidad de compatibilizar la presente actuación con la instalación de un punto de transformación en Baja Tensión.
Consta en el expediente respuesta de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., acompañada de anexo al proyecto, que conlleva la modificación del trazado original de la línea eléctrica, en la que manifiesta:
Que la línea será instalada en un camino comunal y no afectará a los propietarios colindantes.
Que, en cuanto a la tubería de suministro de agua, para la ejecución de la obra se recabará toda la información de los servicios existentes a través del Portal de Coordinación de Canalizaciones Subterráneas y se informará del alcance de los trabajos a todos los operadores.
Que, en cuanto al vallado perimetral de la finca, es de absoluta obligación la restauración a su estado inicial, en caso de ser dañado.
Que se evita la afección sobre la vegetación y el arbolado tras la modificación del trazado inicial, discurriendo la línea por el camino comunal.
Que el replanteo y estaquillado se ejecutaran previo inicio de ejecución de la obra.
Que, en cuanto a la transformación a Baja Tensión, tratándose el proyecto de un cierre de líneas y no de una electrificación de la zona para suministro particular, no se considera la opción de instalar un nuevo centro de transformación. La solicitud de un punto de transformación en Baja Tensión se deberá realizar en la forma establecida.
El Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, concluye que todas las solicitudes realizadas por el alegante han sido aceptadas, salvo la solicitud de instalación de un punto de transformación en Baja Tensión.
Alegación 2.–Don Moisés Azpiroz Arretxea.
Siendo propietario de la parcela 368 del polígono 14, término municipal de Basaburua, manifiesta que, la nueva línea transcurrirá por el camino en el que existe una conducción de abastecimiento de agua a su finca no recogida en el proyecto, por lo que solicita se tenga en cuenta en el proyecto y ejecución de las obras.
En respuesta a la anterior alegación, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., ha manifestado que para la ejecución de la obra se recabará toda la información de los servicios existentes a través del Portal de Coordinación de Canalizaciones Subterráneas y se informará del alcance de los trabajos a todos los operadores, de la misma manera que se solicitará la correspondiente licencia de obra. Por lo tanto, se considera estimada la alegación formulada.
Alegación 3.–Concejo de Arrarats.
Siendo los caminos públicos, por los que transcurre la línea, pertenecientes al Concejo de Arrarats, manifiesta:
La obra deberá mantener el estado de conservación actual de los caminos o mejorarlo.
No será necesaria la solicitud de autorización alguna al propietario o responsable de las infraestructuras eléctricas que por ellos pasen.
No afectará a los cierres de parcelas colindantes al camino, ni durante las obras ni con posterioridad.
Exige la protección de las viviendas cercanas a la nueva línea de tensión con respecto a los efectos sobre la salud y seguridad.
Considera oportuno que, la nueva línea eléctrica, se adecúe a posibles tomas particulares de fincas colindantes.
Consta en el expediente la contestación del promotor, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., mediante la que, de conformidad con las solicitudes realizadas, manifiesta:
Que, con respecto a los caminos públicos, dentro de las actuaciones de la obra proyectada quedan incluidas las labores del restablecimiento de las condiciones físico-mecánicas si hubiesen quedado dañados.
Que los caminos por los que discurre la línea no generan nuevas limitaciones en cuanto al paso y uso de los mismos, y quedan incluidos los trabajos de restablecimiento original de las afecciones del trazado. Asimismo, las futuras mejoras de los caminos no quedan condicionadas por la línea proyectada y la línea quedará debidamente señalada. Ante obras que requieran excavación del terreno, en el caso de que la línea se vea afectada por las mismas, se deberá solicitar autorización a IDE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., por seguridad de los operarios y posibles cortes de suministro.
Que la nueva línea no presenta afección a los cierres de las parcelas colindantes al camino, y en el caso de que estas sean dañadas en el trascurso de la obra, deberán ser restituidos.
Que, en lo que respecta a la seguridad de las viviendas cercanas a los caminos, el conductor utilizado es HEPRZ1 12/20 kV 3 (1x240) mm² Al + H16 y dispone de Certificado de Conformidad con la Legislación nacional vigente en materia de seguridad industrial en el ámbito eléctrico, otorgado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y que el proyecto cumple con los reglamentos vigentes y sus instrucciones técnicas complementarias.
Que, con respecto a la electrificación de la zona y su posible desarrollo rural en el futuro, dependerán de la planificación urbanística que desarrolle el Ayuntamiento de Basaburua.
El Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, concluye que todas las solicitudes realizadas han sido aceptadas, salvo la referente a la adecuación de la nueva línea para posibles tomas particulares y electrificación de la zona.
Código del anuncio: F2209919
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