BOLETÍN Nº 153 - 2 de agosto de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 182/2022, de 5 de julio, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se corrige el error detectado en la Orden Foral 131/2022, de 30 de mayo, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del Tercer Sector en Navarra para proyectos de Innovación Social en el ámbito rural en el marco de los Servicios Sociales durante los años 2022 y 2023.

Por Orden Foral 131/2022, de 30 de mayo, de la consejera de Derechos Sociales, se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del Tercer Sector en Navarra para proyectos de Innovación Social en el ámbito rural en el marco de los Servicios Sociales durante los años 2022 y 2023.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Advertido error de hecho en la citada orden foral, se procede a su corrección.

En consecuencia, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con el Decreto Foral 92/2019, de 14 de agosto, por el que se aprueba la estructura básica del Departamento de Derechos Sociales,

ORDENO:

1.º Corregir el error advertido en la Orden Foral 131/2022, de 30 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del Tercer Sector en Navarra para proyectos de Innovación Social en el ámbito rural en el marco de los Servicios Sociales durante los años 2022 y 2023, en el siguiente sentido:

En la base 4.ª, donde dice:

“La subvención cubrirá el coste de las actividades de los proyectos desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de 2023 (...)”.

Debe decir:

“La subvención cubrirá el coste de las actividades de los proyectos desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023 (...)”.

2.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, haciendo constar que la misma no agota la vía administrativa y que cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.º Trasladar esta orden foral al Servicio del Observatorio de la Realidad Social, así como a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), a los efectos oportunos.

Pamplona, 5 de julio de 2022.–La consejera de Derechos Sociales, M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

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