BOLETÍN Nº 153 - 2 de agosto de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 669E/2022, de 4 de julio, del director general de Medio Ambiente, por la que se formula informe ambiental estratégico de la “Modificación estructurante del Plan General Municipal de Andosilla. Artículo 77.2 del suelo no urbanizable”, promovido por Jose Miguel Pagola Lopez.

La modificación ha sido aprobada inicialmente del Ayuntamiento de Andosilla con fecha 27 de enero de 2022 y sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 30, de 10 de febrero de 2022.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se considera una modificación menor sometida a evaluación ambiental estratégica simplificada.

El objeto de la modificación es completar la normativa relativa a las construcciones en suelo no urbanizable, estableciendo una regulación más concreta para la implantación de invernaderos de uso agrícola. Para ello incorpora en el artículo 77.2 de la normativa del suelo no urbanizable, un nuevo epígrafe que regula las condiciones particulares y determinaciones a cumplir en la construcción de invernaderos.

El informe emitido por el Servicio de Biodiversidad con fecha 1 de abril de 2022, constata que las vegas del río Ebro y Ega presentan una tendencia, más acusada en el caso del río Ebro, en la implantación de invernaderos ocupando prácticamente la totalidad de las parcelas. En consecuencia, propone una serie de medidas y condiciones orientadas a mejorar la integración ambiental y paisajística de la actividad. Destacando la necesidad de incorporar un plano de ordenación de la actividad, en el que se identifiquen y localicen áreas de vegetación natural, bien existente o como reserva de suelo, destinadas a mejorar la calidad ambiental del entorno, y las medidas de integración ambiental y paisajísticas oportunas. Estas consideraciones han quedado incorporadas adecuadamente en el artículo 77.2h) de la normativa del suelo urbanizable relativa a invernaderos. En consecuencia, el Servicio de Biodiversidad informa que el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada se ha llevado a cabo adecuadamente y emite informe favorable.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 96/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula informe ambiental estratégico de la “Modificación estructurante del Plan General Municipal de Andosilla. Artículo 77.2 del suelo no urbanizable”, promovido por Jose Miguel Pagola Lopez, considerando que no genera afecciones ambientales.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta resolución a la Sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Andosilla, a los efectos oportunos.

Pamplona, 4 de julio de 2022.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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